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Procedimiento sancionatorioExpediente F-079-2024

Procedimiento sancionatorio EMISARIO SUBMARINO PESQUERA SAN JOSE - LA PAMPILLA

Expediente: F-079-2024
Fecha inicio: 09-12-2024
Fecha término: 26-09-2025
Multa: 21.3 U.T.A.
Estado de pago: Pendiente
Estado: Terminado - Sanción
Titular: ORIZON S.A.
Comuna / Región: Coquimbo — Región de Coquimbo
Programa de cumplimiento: Sin programa de cumplimiento
Registro Público de Sanciones: Ver sanción →

Documentos 20

#
Nombre documento
Tipo documento
Fecha
Descargar
1
Resolucion Exenta D.S.C. N°2178
Otros
08-10-2021
2
Notificacion Res. Ex N°2178
Otros
23-02-2022
3
Memorandum designacion Fiscales Instructores Titular y Suplente
Otros
09-12-2024
4
Formulación de Cargos
Formulación de Cargos
09-12-2024
5
Notificacion por Carta Certificada
Notificación Formulación de Cargos
12-12-2024
6
Solicitud invalidación notificación por carta certificada
Otros
17-03-2025
7
Anexos Antecedentes solicitud y personería
Otros
17-03-2025
8
Anexos respuesta al requerimiento de información
Otros
17-03-2025
9
2. Res Ex. N2 Rol F 079 2024 Oficia a SII
Otros
23-04-2025
10
OF. ORD. N 863 SII Respuesta a Res. Ex N2 Rol F 079 2024
Otros
29-04-2025
11
Res. Ex. N 2 Resuelve solicitudes invalidacion
Otros
18-07-2025
12
Notificacion Res. Ex. N 2 Resuelve solicitudes invalidacion
Otros
18-07-2025
13
Recurso Reposicion Orizon
Otros
25-07-2025
14
Téngase Presente Orizon S.A.
Otros
25-08-2025
15
Res. Ex. N°4 RECHAZA recurso de reposición interpuesta por ORIZON
Otros
08-09-2025
16
Notififacion Res. Ex. N°4
Otros
08-09-2025
17
Res. Ex. N° 5. Cierre investigación Pesquera San Jose Orizon S.A.
Término de la Investigación
09-09-2025
18
Notif Res. Ex. N° 5. Cierre investigación Pesquera San Jose Orizon S.A.
Otros
09-09-2025
19
Resolución sancionatoria
Resolución Sancionatoria
26-09-2025
20
Notificación titular
Notificación de Resolución Sancionatoria al Titular
29-09-2025

Hechos considerados 2

#
Hecho
Instrumento infringido
Infracción (Art. 35 LOSMA)
Clasificación (Art. 36 LOSMA)
1
NO REPORTAR TODOS LOS PARÁMETROS DE SU PROGRAMA DE MONITOREO: El establecimiento industrial no reportó el parámetro pH de su Programa de Monitoreo 951/2009, durante el mes noviembre de 2022, según se detallan en la Tabla N° 1 del anexo I de la presente Resolución.
g) El incumplimiento de las leyes, reglamento y demás normas relacionadas con las descargas de residuos líquidos industriales
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
2
SUPERAR LOS LÍMITES MÁXIMOS PERMITIDOS PARA LOS PARÁMETROS DE SU PROGRAMA DE MONITOREO: El establecimiento industrial presentó superación del límite máximo permitido por la Tabla N° 5 del artículo 1 numeral 4.2 del D.S. N° 90/2000, para los parámetros y períodos que a continuación se indican, y que se detallan en la Tabla N° 2 del Anexo I de esta Resolución; no configurándose los supuestos señalados en el numeral 6.4.2 del D.S. N° 90/2000: a) Sólidos Suspendidos Totales, en los meses de mayo, noviembre, diciembre de 2022; y, enero, febrero, abril, mayo y diciembre de 2023. b) Índice Fenol: en los meses de mayo y noviembre de 2022; y,marzo, abril y mayo de 2023. c) Cadmio: diciembre de 2023.
g) El incumplimiento de las leyes, reglamento y demás normas relacionadas con las descargas de residuos líquidos industriales
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.

Fiscalizaciones asociadas 5

Expediente de fiscalización
Año actividad
Detalle
DFZ-2020-2250-IV-NE
2020
DFZ-2020-2251-IV-NE
2020
DFZ-2020-2252-IV-NE
2020
DFZ-2023-657-IV-NE
2023
DFZ-2024-531-IV-NE
2024

Medidas provisionales asociadas 0

No se registran medidas provisionales asociadas.

Sanciones 2

#
Hecho
Instrumento
Infracción (Art. 35)
Clasificación (Art. 36)
Sanción
UTA
1
NO REPORTAR TODOS LOS PARÁMETROS DE SU PROGRAMA DE MONITOREO: El establecimiento industrial no reportó el parámetro pH de su Programa de Monitoreo 951/2009, durante el mes noviembre de 2022, según se detallan en la Tabla N° 1 del anexo I de la presente Resolución.
g) El incumplimiento de las leyes, reglamento y demás normas relacionadas con las descargas de residuos líquidos industriales
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
Multa de una a diez mil U.T.A.
1.3
2
SUPERAR LOS LÍMITES MÁXIMOS PERMITIDOS PARA LOS PARÁMETROS DE SU PROGRAMA DE MONITOREO: El establecimiento industrial presentó superación del límite máximo permitido por la Tabla N° 5 del artículo 1 numeral 4.2 del D.S. N° 90/2000, para los parámetros y períodos que a continuación se indican, y que se detallan en la Tabla N° 2 del Anexo I de esta Resolución; no configurándose los supuestos señalados en el numeral 6.4.2 del D.S. N° 90/2000: a) Sólidos Suspendidos Totales, en los meses de mayo, noviembre, diciembre de 2022; y, enero, febrero, abril, mayo y diciembre de 2023. b) Índice Fenol: en los meses de mayo y noviembre de 2022; y,marzo, abril y mayo de 2023. c) Cadmio: diciembre de 2023.
g) El incumplimiento de las leyes, reglamento y demás normas relacionadas con las descargas de residuos líquidos industriales
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
Multa de una a diez mil U.T.A.
20
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