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Procedimiento sancionatorioExpediente F-015-2013

Procedimiento sancionatorio CONJUNTO ARMONICO BELLAVISTA

Expediente: F-015-2013
Fecha inicio: 08-08-2013
Fecha término: 03-02-2015
Multa: Sin multa aplicada
Estado de pago: Sin información de pago
Estado: Terminado - PDC Satisfactorio
Unidad fiscalizable: CONJUNTO ARMONICO BELLAVISTA
Comuna / Región: Recoleta — Región Metropolitana
Programa de cumplimiento: Ver PdC →
Registro Público de Sanciones: Sin sanción en Registro Público

Documentos 12

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Nombre documento
Tipo documento
Fecha
Descargar
1
Memorándum UIPS Designa Instructor
Otros
19-02-2013
2
Denuncia Patricio Hermann
Otros
25-06-2013
3
Formulación de Cargos
Formulación de Cargos
08-08-2013
4
Programa de Cumplimiento
PDC Presentación
29-08-2013
5
Memo UIPS N° 223 deriva Programa de Cumplimiento
Otros
29-08-2013
6
Ord UIPS N° 605 aceptación bajo condición
PDC - Observaciones de la SMA
29-08-2013
7
ESCRITO_BELLAVISTA_02_SEPT_PROGRAMA DE CUMPLIMIENTO CORREGIDO
Otros
02-09-2013
8
PdC Desarrollo Inmobiliario Bellavista
PDC Refundido
02-09-2013
9
ORD UIPS 626_Cumplimiento de las condiciones_suspende procedimiento
PDC Aprobación
05-09-2013
10
notificacion_personal_ORD UIPS 626
Otros
05-09-2013
11
Memorándum D.S.C N° 4/2015
Informa ejecución satisfactoria de PDC
03-02-2015
12
Resolución Exenta N° 62 SMA
Resolución Final PDC
03-02-2015

Hechos considerados 2

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Hecho
Instrumento infringido
Infracción (Art. 35 LOSMA)
Clasificación (Art. 36 LOSMA)
1
"Ejecución de obras que debieron haberse sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, sin haberlo hecho hasta la fecha. Para el proyecto ""Conjunto Armónico Bellavista"" se construyeron 1090 estacionamientos, a pesar de que estaban autorizados 453."
Elusión
b) La ejecución de proyectos y el desarrollo de actividades para los que la ley exige Resolución de Calificación Ambiental, sin contar con ella. Asimismo, el incumplimiento del requerimiento efectuado por la Superintendencia según lo previsto en las letras i), j) y k) del artículo 3°
Graved) Involucren la ejecución de proyectos o actividades del artículo 10 de la ley N° 19.300 al margen del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, si no están comprendidos en los supuestos de la letra F) del número anterior.
2
No cumplir con el requerimiento de información realizado por esta Superintendencia a través de la Resolución N° 574.
j) El incumplimiento de los requerimientos de información que la Superintendencia dirija a los sujetos fiscalizados, de conformidad a esta ley
Gravef) Conlleven el no acatamiento de las instrucciones, requerimientos y medidas urgentes dispuestas por la Superintendencia.

Fiscalizaciones asociadas 0

No se registran fiscalizaciones asociadas.

Medidas provisionales asociadas 0

No se registran medidas provisionales asociadas.

Sanciones 0

No se registran sanciones aplicadas.
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