Procedimiento sancionatorioExpediente D-116-2025
Procedimiento sancionatorio CURTIEMBRE RUFINO MELERO
Expediente: D-116-2025
Fecha inicio: 14-05-2025
Fecha término: —
Multa: Sin multa aplicada
Estado de pago: Sin información de pago
Estado: En curso
Unidad fiscalizable: CURTIEMBRE RUFINO MELERO
Titular: CURTIEMBRE RUFINO MELERO S.A.
Comuna / Región: Curicó — Región del Maule
Programa de cumplimiento: Sin programa de cumplimiento
Registro Público de Sanciones: Sin sanción en Registro Público
Documentos 45
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Nombre documento
Tipo documento
Fecha
Descargar
6
SOLICITUD DE REUNION DE ASISTENCIA AL CUMPLIMIENTO CURTIEMBRE RUFINO MELERO S.A 28 DE MAYO
Solicitud de Asistencia al Cumplimiento
28-05-2025
7
Acta Reunión de Asistencia al Cumplimiento Rufino Melero 03 06 2025
Registro de Asistencia al Cumplimiento
03-06-2025
12
Res. Ex 2 D 116 2025 Reserva PDC Rufino Melero D 116 2025
Resolución que tiene por incorporados los antecedentes que indica
17-06-2025
24
FORMULARIO SOLICITUD DE REUNIaON DE ASISTENCIA AL CUMPLIMIENTO ROL D 116 2025 RUFINO MELERO S.A 10 DE OCTUBRE
Otros
10-10-2025
25
Acta Reunión de Asistencia al Cumplimiento Rufino Melero 15 10 2025
Registro de Asistencia al Cumplimiento
15-10-2025
Hechos considerados 6
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Hecho
Instrumento infringido
Infracción (Art. 35 LOSMA)
Clasificación (Art. 36 LOSMA)
1
No haber adoptado acciones de mantención adecuada de la Planta de Tratamiento de Riles, frente a episodios de derrames.
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
2
El titular no ha realizado la desconexión de la red eléctrica, de vapor y de agua, de caldera a combustión de leña ni se ha procedido a su eliminación mediante destinatario autorizado.
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
Gravee) Incumplan gravemente las medidas para eliminar o minimizar los efectos adversos de un proyecto o actividad, de acuerdo a lo previsto en la respectiva Resolución de Calificación Ambiental.
3
Incumplimientos asociados al Plan de Gestión de Olores, en tanto: a. No cumple con la periodicidad para el monitoreo olores con panelistas en terreno, habiendo ejecutado 2 actividades en 2022, y 1 actividad en 2023; b. No realiza la revisión anual del Plan de Gestión de Olores; c. No realiza el Taller de Olores a la comunidad; y d. No realiza análisis y gestión ante superaciones del umbral de 3 u.o./m³.
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
Gravee) Incumplan gravemente las medidas para eliminar o minimizar los efectos adversos de un proyecto o actividad, de acuerdo a lo previsto en la respectiva Resolución de Calificación Ambiental.
4
No realiza medición de emisiones de MP, de acuerdo con la periodicidad establecida en el artículo 25 del D.S. N° 44/2017, mediante un muestreo isocinético, respecto de la caldera SSMAU-116, durante los siguientes periodos: a. 20 de diciembre de 2022 al 19 de mayo de 2023; b. 20 de mayo de 2023 al 19 de diciembre de 2023; y c. 20 de diciembre de 2023 al 19 de mayo de 2024.
c) El incumplimiento de las medidas e instrumentos previstos en los Planes de Prevención y, o de Descontaminación, normas de calidad y emisión, cuando corresponda.
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
5
Superación del límite máximo de emisión de MP respecto de la caldera SSMAU-116, en muestreo de 26 de julio de 2024.
c) El incumplimiento de las medidas e instrumentos previstos en los Planes de Prevención y, o de Descontaminación, normas de calidad y emisión, cuando corresponda.
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
6
La obtención, con fechas 10 de mayo y 10 de octubre de 2024, de Niveles de Presión Sonora Corregidos (NPC) de 57 y 53 dB(A), respectivamente, efectuadas en horario nocturno, en condición externa, en un receptor ubicado en zona rural.
h) El incumplimiento de las Normas de Emisión, cuando corresponda
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
Fiscalizaciones asociadas 8
Expediente de fiscalización
Año actividad
Detalle
Medidas provisionales asociadas 0
No se registran medidas provisionales asociadas.
Sanciones 0
No se registran sanciones aplicadas.