Procedimiento sancionatorioExpediente D-178-2025
Procedimiento sancionatorio MINA EL TURCO
Expediente: D-178-2025
Fecha inicio: 15-07-2025
Fecha término: —
Multa: Sin multa aplicada
Estado de pago: Sin información de pago
Estado: En curso
Unidad fiscalizable: MINA EL TURCO
Titular: MIGRIN S.A.
Comuna / Región: Cartagena — Región de Valparaíso
Programa de cumplimiento: Sin programa de cumplimiento
Registro Público de Sanciones: Sin sanción en Registro Público
Documentos 4
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Nombre documento
Tipo documento
Fecha
Descargar
Hechos considerados 4
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Hecho
Instrumento infringido
Infracción (Art. 35 LOSMA)
Clasificación (Art. 36 LOSMA)
1
No gestionar ante la autoridad sanitaria la obtención de un pronunciamiento respecto de la pertinencia del cese o continuidad del monitoreo de MP10.
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
2
No ejecutar donación económica a una organización beneficiaria destinada a la protección del humedal de Cartagena.
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
3
Incumplir el Programa Anual de Cierre, por cuanto: 1.-No ha aplicado guano sobre la capa vegetal en el sector informado como área cerrada en el programa anual de cierre para el año 2023, de una superficie total de 2,7 ha. 2.- No ha aplicado guano sobre la capa vegetal en el sector informado como área cerrada en el programa anual de cierre para el año 2024, de una superficie total de 8,85 ha. 3.-No ha generado cobertura vegetal mediante la actividad de revegetación, luego de la aplicación de guano en los sectores de cierre.
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
Gravee) Incumplan gravemente las medidas para eliminar o minimizar los efectos adversos de un proyecto o actividad, de acuerdo a lo previsto en la respectiva Resolución de Calificación Ambiental.
4
No presentar a CONAF los Planes de Corrección para el lote A 3 por una superficie de 2,51 y 0,79 ha respectivamente y para el lote B de una superficie de 2,05 ha producto de la corta no autorizada de bosque nativo esclerófilo.
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
Gravee) Incumplan gravemente las medidas para eliminar o minimizar los efectos adversos de un proyecto o actividad, de acuerdo a lo previsto en la respectiva Resolución de Calificación Ambiental.
Fiscalizaciones asociadas 2
Medidas provisionales asociadas 0
No se registran medidas provisionales asociadas.
Sanciones 0
No se registran sanciones aplicadas.