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Procedimiento sancionatorioExpediente F-027-2025

Procedimiento sancionatorio EDIFICIO AILLACARA

Expediente: F-027-2025
Fecha inicio: 31-07-2025
Fecha término:
Multa: Sin multa aplicada
Estado de pago: Sin información de pago
Estado: En curso
Unidad fiscalizable: EDIFICIO AILLACARA
Comuna / Región: Temuco — Región de La Araucanía
Programa de cumplimiento: Sin programa de cumplimiento
Registro Público de Sanciones: Sin sanción en Registro Público

Documentos 8

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Nombre documento
Tipo documento
Fecha
Descargar
1
Formulación de Cargos
Formulación de Cargos
31-07-2025
2
Designación de Fiscal Instructor y Suplente
Otros
31-07-2025
3
Antecedentes
Otros
31-07-2025
4
Notificación Titular
Notificación Formulación de Cargos
29-08-2025
5
Dictamen
Dictamen
20-04-2026
6
MEMO DERIVACIÓN DICTAMEN A SUPERINTENDENTE
Memo DSC
20-04-2026
7
Res. Ex. N° 1285 SMA 2026 resuelve procedimiento administrativo sancionatorio
Resolución Sancionatoria
05-05-2026
8
Notificación Res. Ex. N° 1285 SMA 2026 titular
Notificación de Resolución Sancionatoria al Titular
12-05-2026

Hechos considerados 2

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Hecho
Instrumento infringido
Infracción (Art. 35 LOSMA)
Clasificación (Art. 36 LOSMA)
1
No haber realizado mediciones de MP, de acuerdo a la periodicidad establecida D.S. N° 08/2015, mediante un muestreo isocinético que permita acreditar el cumplimiento de los límites de emisión establecidos en el artículo 45 del D.S. N°08/2015, respecto de la Caldera de calefacción que utiliza petróleo diésel marca Buderus modelo GE 515, potencia 253.700 Kcal/h (equivalente a 295 kWt), para el periodo comprendido entre el 17 de noviembre de 2021 y el 16 de noviembre de 2023, con fecha límite para acreditar la medición a más tardar el 16/11/2023.
c) El incumplimiento de las medidas e instrumentos previstos en los Planes de Prevención y, o de Descontaminación, normas de calidad y emisión, cuando corresponda.
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
2
No se ha completado el catastro de fuentes estacionarias en el Sistema de Seguimiento Atmosférico (SISAT) de la Superintendencia del Medio Ambiente.
Otro
e) El incumplimiento de las normas e instrucciones generales que la Superintendencia imparta en ejercicio de las atribuciones que le confiere la ley
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.

Fiscalizaciones asociadas 1

Expediente de fiscalización
Año actividad
Detalle
DFZ-2025-906-IX-PPDA
2025

Medidas provisionales asociadas 0

No se registran medidas provisionales asociadas.

Sanciones 0

No se registran sanciones aplicadas.
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