Procedimiento sancionatorioExpediente F-056-2015
Procedimiento sancionatorio ENTRELAGOS
Expediente: F-056-2015
Fecha inicio: 17-12-2015
Fecha término: 13-05-2021
Multa: Sin multa aplicada
Estado de pago: Sin información de pago
Estado: Terminado - PDC Satisfactorio
Unidad fiscalizable: ENTRELAGOS
Titular: CHOCOLATERIA ENTRELAGOS
Comuna / Región: Valdivia — Región de Los Ríos
Programa de cumplimiento: Ver PdC →
Registro Público de Sanciones: Sin sanción en Registro Público
Documentos 22
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Nombre documento
Tipo documento
Fecha
Descargar
10
Res. Ex. 3, realiza observaciones al programa de cumplimiento
PDC - Observaciones de la SMA
16-02-2016
15
Res. Ex. 4, Reitera Observaciones a Programa de Cumplimiento
PDC - Observaciones de la SMA
21-03-2016
21
Memo deriva PdC ejecutado satisfactoriamente a Superintendente F 056 2015
Informa ejecución satisfactoria de PDC
14-04-2021
Hechos considerados 3
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Hecho
Instrumento infringido
Infracción (Art. 35 LOSMA)
Clasificación (Art. 36 LOSMA)
1
El establecimiento industrial, presentó superaciones de los límites máximos establecidos en la Tabla N° 2 del D.S. N° 46/2002, en uno o más parámetros y/o contaminantes, durante el período controlado de los siguientes meses: Enero, Febrero, Marzo, Abril, Mayo, Junio, Septiembre, Octubre, Noviembre y Diciembre del año 2013, y Enero, Febrero, Marzo, Abril, Mayo, Junio, Julio y Agosto del año 2014.
g) El incumplimiento de las leyes, reglamento y demás normas relacionadas con las descargas de residuos líquidos industriales
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
2
El establecimiento industrial, no informó los remuestreos en los meses en que excedió los límites máximos establecidos en la Tabla N° 2, del D.S. N° 46/2002, correspondiendo estos a los siguientes: Enero, Febrero, Marzo, Abril, Mayo, Junio, Septiembre, Octubre, Noviembre y Diciembre del año 2013, y Enero, Febrero, Marzo, Abril, Mayo, Junio, Julio y Agosto del año 2014
g) El incumplimiento de las leyes, reglamento y demás normas relacionadas con las descargas de residuos líquidos industriales
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
3
El establecimiento industrial excedió el volumen de descarga límite diario indicado en la Resolución Exenta SISS N° 4.919/2011, que establece programa de monitoreo de la calidad del efluente generado, durante los períodos controlados correspondiente a los meses de Enero, Febrero, Marzo, Abril, Mayo, Junio, Septiembre, Octubre, Noviembre y Diciembre del año 2013, y Enero, Febrero, Marzo, Abril, Mayo, Junio, Julio, Agosto, Septiembre, Octubre, Noviembre y Diciembre del año 2014
g) El incumplimiento de las leyes, reglamento y demás normas relacionadas con las descargas de residuos líquidos industriales
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
Fiscalizaciones asociadas 1
Expediente de fiscalización
Año actividad
Detalle
Medidas provisionales asociadas 0
No se registran medidas provisionales asociadas.
Sanciones 0
No se registran sanciones aplicadas.