Procedimiento sancionatorioExpediente D-267-2025
Procedimiento sancionatorio PARQUE EOLICO EL ARRAYAN
Expediente: D-267-2025
Fecha inicio: 21-10-2025
Fecha término: —
Multa: Sin multa aplicada
Estado de pago: Sin información de pago
Estado: En curso
Unidad fiscalizable: PARQUE EOLICO EL ARRAYAN
Comuna / Región: Ovalle — Región de Coquimbo
Programa de cumplimiento: Sin programa de cumplimiento
Registro Público de Sanciones: Sin sanción en Registro Público
Documentos 24
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Nombre documento
Tipo documento
Fecha
Descargar
5
Comprobante Notificación Titular Res. Ex. N°1
Notificación Formulación de Cargos
22-10-2025
8
Formulario Solicitud de Asistencia al cumplimiento
Solicitud de Asistencia al Cumplimiento
06-11-2025
9
Anexos Solicitud de Asistencia al cumplimiento
Solicitud de Asistencia al Cumplimiento
06-11-2025
10
Acta Reunión de asistencia al cumplimiento
Registro de Asistencia al Cumplimiento
10-11-2025
Hechos considerados 4
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Hecho
Instrumento infringido
Infracción (Art. 35 LOSMA)
Clasificación (Art. 36 LOSMA)
1
Actividades de habilitación y cierre de los botaderos no se ejecutó en conformidad a lo dispuesto en las RCA N°77/2010 ni su modificación, habiéndose constado: (i) Aumento de la altura de los botaderos (8 a 13 veces mayor a lo autorizado); (ii) Aumento del volumen de material autorizado para disposición (entre 23 a 44 veces más); (iii) Aumento de pendientes de taludes (entre 22 - 62%);
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
Gravee) Incumplan gravemente las medidas para eliminar o minimizar los efectos adversos de un proyecto o actividad, de acuerdo a lo previsto en la respectiva Resolución de Calificación Ambiental.
2
Modificación unilateral de la densidad de individuos para actividad de revegetación de especies arbustivas, respecto de lo comprometido en la RCA N°77/2010 para el sector de botaderos.
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
Gravee) Incumplan gravemente las medidas para eliminar o minimizar los efectos adversos de un proyecto o actividad, de acuerdo a lo previsto en la respectiva Resolución de Calificación Ambiental.
3
Inadecuada ejecución del Plan de Trabajo para corta de formaciones xerofíticas aprobado mediante Resolución N°2/PT-15/13, considerando que: (i) Ha existido intervención y compactación del suelo natural fuera de las superficies solicitadas; (ii) No se han ejecutado los trabajos de estabilización granular a la carpeta de rodado del camino en los sectores con pendientes mayores al 12%, para evitar el desencadenamiento de procesos de erosión sobre las áreas intervenidas; y, (iii) No se han ejecutado obras para asegurar la canalización y disipación de las aguas de escorrentía superficial.
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
4
No reportar monitoreos semestrales para componente calidad del efluente de la Planta de Tratamiento de Aguas Servidas (PTAS), respecto a los periodos 2022, 2023, 2024 a la fecha.
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
Fiscalizaciones asociadas 2
Medidas provisionales asociadas 0
No se registran medidas provisionales asociadas.
Sanciones 0
No se registran sanciones aplicadas.