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Procedimiento sancionatorioExpediente F-022-2016

Procedimiento sancionatorio BLOQUE FELL - GEOPARK

Expediente: F-022-2016
Fecha inicio: 01-06-2016
Fecha término: 22-05-2025
Multa: Sin multa aplicada
Estado de pago: Sin información de pago
Estado: Terminado - PDC Satisfactorio
Unidad fiscalizable: BLOQUE FELL - GEOPARK
Comuna / Región: San Gregorio — Región de Magallanes y la Antártica Chilena
Programa de cumplimiento: Ver PdC →
Registro Público de Sanciones: Sin sanción en Registro Público

Documentos 27

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Nombre documento
Tipo documento
Fecha
Descargar
1
Formulación de Cargos
Formulación de Cargos
01-06-2016
2
Antecedentes formulación de cargos
Otros
01-06-2016
3
Registro Envío carta certificada Res. Ex. No. 1
Notificación Formulación de Cargos
13-06-2016
4
Solicita ampliación de plazos
Otros
14-06-2016
5
Formulario Solicitud Reunión de Asistencia
Otros
17-06-2016
6
Escrito acompaña personería
Otros
17-06-2016
7
Res. Ex. N° 2 Resuelve Ampliación de Plazos
Otros
20-06-2016
8
Registro reunión de asistencia
Otros
28-06-2016
9
Programa de Cumplimiento
PDC Presentación
06-07-2016
10
Res N° 3. Incorpórese observaciones al Programa de Cumplimiento
PDC - Observaciones de la SMA
12-08-2016
11
Registro Envío carta certificada Res. Ex. No. 3
Otros
12-08-2016
12
Solicita reunión de asistencia
Otros
22-08-2016
13
Lista de asistencia
Otros
26-08-2016
14
Solicita ampliación de plazo
Otros
30-08-2016
15
Res N° 4. Concede ampliación de plazo
Otros
31-08-2016
16
Programa de Cumplimiento Refundido
PDC Refundido
06-09-2016
17
Acompaña documentos
Otros
12-09-2016
18
Anexos
Otros
12-09-2016
19
Res N° 6. Aprueba Programa de Cumplimiento
PDC Aprobación
29-09-2016
20
Programa de Cumplimiento Refundido
PDC Refundido
19-10-2016
21
Solicita ampliación de plazo
Otros
03-04-2017
22
Res N° 6. Resuelve ampliación de plazo
Otros
12-04-2017
23
Solicita ampliación de plazo
Otros
12-06-2017
24
Res N° 7. Resuelve ampliación de plazo
Otros
19-06-2017
25
Memo N° 220 Propone ejecución satisfactoria PDC
Informa ejecución satisfactoria de PDC
15-04-2025
26
Resolución Declara ejecución del PdC
Resolución Final PDC
22-05-2025
27
Notificación Res 990
Otros
16-06-2025

Hechos considerados 27

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Hecho
Instrumento infringido
Infracción (Art. 35 LOSMA)
Clasificación (Art. 36 LOSMA)
1
Efluentes líquidos de las plantas de tratamiento de aguas servidas generados durante la perforación de los pozos Yagán 3, Manekenk 2 y Yagán Norte 5, superan límites máximos permitidos en la NCh1.333.Of78 para uso en riego, particularmente, Sodio Porcentual y Coliformes Fecales.
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
2
Deficiencias en el sistema de estabilización y control de erosión de los suelos removidos para la construcción de pozos, líneas de flujo y caminos, ya que: a) Capa vegetal y horizonte orgánico extraídos por la construcción del camino de acceso a los Pozos Yagan 3 y X1 no fueron sembrados con semillas de pasto. b) No se efectuó adición de semillas al momento de restituirse el perfil de suelo, luego de finalizado el cierre de la línea de flujo comprendida entre el pozo Yagán 2 y la plataforma del pozo Yagán X-1. c) La restitución del suelo removido para la construcción de la línea de flujo comprendida entre el pozo Yagán Norte 5 y su punto de empalme con la línea de flujo proveniente del pozo Yagán X-1, no se efectuó siguiendo el mismo orden en que se encontraban sus capas antes de la excavación. d) Capa vegetal y el suelo extraídos durante la construcción de las plataformas de los pozos Konawentru X-1, 2, 3D 7 y 9, no se encuentran protegidos con una cubierta de malla raschell ni almacenadas adecuadamente. e) No se actualizó el Plan de intervención de Cobertura Vegetal asociado a la construcción de la línea de flujo del pozo Konawentru 9, pese a que la intervención se hizo en época de suelos saturados (junio). f) La restitución del suelo originalmente removido para la construcción de la línea de flujo comprendida entre el pozo Konawentru X-1 y la Batería Pampa Larga, no se efectuó siguiendo el mismo orden en que se encontraban los perfiles antes de la excavación
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
3
Deficiencias en el sistema de manejo de derrames de sustancias peligrosas en agua y suelo, ya que: a) El pretil de seguridad de los 2 estanques vinculados al pozo Yagán 2 no se encuentra revestido con geomembrana impermeable y no cuenta con capacidad para contener el volumen total de ambos estanques en caso de derrame. b) El sistema de carga de crudo desde los estanques vinculados al pozo Yagán 2 hacia las unidades de transporte, no contaba con un sistema de drenaje hacia un sumidero de concreto ni con una manguera conectada a un tapón de seguridad.
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
Gravee) Incumplan gravemente las medidas para eliminar o minimizar los efectos adversos de un proyecto o actividad, de acuerdo a lo previsto en la respectiva Resolución de Calificación Ambiental.
4
Construcción de instalaciones de superficie de los pozos Manekenk 2, Yagán XP-4 y Yagán 3 no contempladas en las RCAs respectivas.
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
5
Intervención de hallazgos de carácter arqueológico sin autorización ni realización de acciones de salvataje.
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
Gravee) Incumplan gravemente las medidas para eliminar o minimizar los efectos adversos de un proyecto o actividad, de acuerdo a lo previsto en la respectiva Resolución de Calificación Ambiental.
6
Informes de Monitoreo de Cubierta Vegetal asociados a la construcción de la línea de flujo comprendida entre el pozo Konawentru 9 y el punto de empalme con la línea de flujo proveniente del pozo Konawentru A-4; del ducto comprendido entre el pozo Konawentru 7 y el punto de empalme con la línea de flujo proveniente del pozo Konawentru A-4; y del ducto comprendido entre el pozo Konawentru X-1 y la Batería Pampa Largacarecen, carecen de información relevante para su análisis, particularmente fecha de realización del monitoreo y metodología de determinación del prendimiento obtenido.
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
7
Desarrollo de obras de modificación de cauce sin contar con la autorización sectorial correspondiente.
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
8
Desarrollo de actividades y modificación de proyectos, para los cuales la ley exige RCA, sin contar con ella, como consecuencia de la ejecución de actividades de fractura hidráulica en los siguientes pozos: Tetera a-4; Kiuaku x-1; Yagan Norte x-1; Yagan Norte 9D; Bump Hill x-1; Yagan Norte 6D; Molino Norte x-1; Konawentru 5D; Konawentru 7; Konawentru 9; Pampa Larga a-12; Yagan XP-4; Ovejero 3; Konawentru 11D; Konawentru Oeste x-1; Loij x-1; Konawentru 3D; Molino 8; Nika a-5; Cerro Iturbe Oeste x-1; y Konawentru 18.
Elusión
b) La ejecución de proyectos y el desarrollo de actividades para los que la ley exige Resolución de Calificación Ambiental, sin contar con ella. Asimismo, el incumplimiento del requerimiento efectuado por la Superintendencia según lo previsto en las letras i), j) y k) del artículo 3°
Graved) Involucren la ejecución de proyectos o actividades del artículo 10 de la ley N° 19.300 al margen del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, si no están comprendidos en los supuestos de la letra F) del número anterior.
9
Falta de envío de antecedentes de titulares de RCA, ya que: a) El titular no ha actualizado a través del “Sistema RCA” de la SMA, los antecedentes relativos al nombre y RUT de su Representante Legal, para ninguno de sus proyectos. b) El titular no ha actualizado el estado de ejecución del proyecto aprobado mediante RCA N°035/2014 (“Desarrollo del pozo Yagán XP-4”).
e) El incumplimiento de las normas e instrucciones generales que la Superintendencia imparta en ejercicio de las atribuciones que le confiere la ley
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
10
Falta de envío de los siguientes monitoreos a través del Sistema de Seguimiento Ambiental: a) Muestreos de la PTAS durante perforación pozos Manekenk 2, Yagan 5 y Yagan 3. b) Informe con los resultados del primer monitoreo de cobertura vegetacional (parcial) realizado al trazado del ducto comprendido entre el pozo Yagán Norte 5 y punto de empalme con línea de flujo proveniente del pozo Yagán X-1. c) Informe de las cementaciones aisladoras y perfil estratigráfico correspondiente a la perforación del pozo Manekenk 2. d) Informe de Monitoreo de Cubierta Vegetal asociado a la construcción de la línea de flujo del pozo Konawentru 9. e) Primer monitoreo de cobertura vegetacional (parcial) realizado al trazado del ducto comprendido entre el pozo Konawentru 7 y el punto de empalme con la línea de flujo proveniente del pozo Konawentru A-4. f) informe con los resultados del segundo monitoreo de cobertura vegetacional (final) realizado al trazado del ducto comprendido entre el pozo Konawentru X-1 y la Batería Pampa Larga.
e) El incumplimiento de las normas e instrucciones generales que la Superintendencia imparta en ejercicio de las atribuciones que le confiere la ley
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
11
Efluentes líquidos de las plantas de tratamiento de aguas servidas generados durante la perforación de los pozos Yagán 3, Manekenk 2 y Yagán Norte 5, superan límites máximos permitidos en la NCh1.333.Of78 para uso en riego, particularmente, Sodio Porcentual y Coliformes Fecales.
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
12
Deficiencias en el sistema de estabilización y control de erosión de los suelos removidos para la construcción de pozos, líneas de flujo y caminos, ya que: a) Capa vegetal y horizonte orgánico extraídos por la construcción del camino de acceso a los Pozos Yagan 3 y X1 no fueron sembrados con semillas de pasto. b) No se efectuó adición de semillas al momento de restituirse el perfil de suelo, luego de finalizado el cierre de la línea de flujo comprendida entre el pozo Yagán 2 y la plataforma del pozo Yagán X-1. c) La restitución del suelo removido para la construcción de la línea de flujo comprendida entre el pozo Yagán Norte 5 y su punto de empalme con la línea de flujo proveniente del pozo Yagán X-1, no se efectuó siguiendo el mismo orden en que se encontraban sus capas antes de la excavación. d) Capa vegetal y el suelo extraídos durante la construcción de las plataformas de los pozos Konawentru X-1, 2, 3D 7 y 9, no se encuentran protegidos con una cubierta de malla raschell ni almacenadas adecuadamente. e) No se actualizó el Plan de intervención de Cobertura Vegetal asociado a la construcción de la línea de flujo del pozo Konawentru 9, pese a que la intervención se hizo en época de suelos saturados (junio). f) La restitución del suelo originalmente removido para la construcción de la línea de flujo comprendida entre el pozo Konawentru X-1 y la Batería Pampa Larga, no se efectuó siguiendo el mismo orden en que se encontraban los perfiles antes de la excavación
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
13
Intervención de hallazgos de carácter arqueológico sin autorización ni realización de acciones de salvataje.
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
Gravee) Incumplan gravemente las medidas para eliminar o minimizar los efectos adversos de un proyecto o actividad, de acuerdo a lo previsto en la respectiva Resolución de Calificación Ambiental.
14
Deficiencias en el sistema de estabilización y control de erosión de los suelos removidos para la construcción de pozos, líneas de flujo y caminos, ya que: a) Capa vegetal y horizonte orgánico extraídos por la construcción del camino de acceso a los Pozos Yagan 3 y X1 no fueron sembrados con semillas de pasto. b) No se efectuó adición de semillas al momento de restituirse el perfil de suelo, luego de finalizado el cierre de la línea de flujo comprendida entre el pozo Yagán 2 y la plataforma del pozo Yagán X-1. c) La restitución del suelo removido para la construcción de la línea de flujo comprendida entre el pozo Yagán Norte 5 y su punto de empalme con la línea de flujo proveniente del pozo Yagán X-1, no se efectuó siguiendo el mismo orden en que se encontraban sus capas antes de la excavación. d) Capa vegetal y el suelo extraídos durante la construcción de las plataformas de los pozos Konawentru X-1, 2, 3D 7 y 9, no se encuentran protegidos con una cubierta de malla raschell ni almacenadas adecuadamente. e) No se actualizó el Plan de intervención de Cobertura Vegetal asociado a la construcción de la línea de flujo del pozo Konawentru 9, pese a que la intervención se hizo en época de suelos saturados (junio). f) La restitución del suelo originalmente removido para la construcción de la línea de flujo comprendida entre el pozo Konawentru X-1 y la Batería Pampa Larga, no se efectuó siguiendo el mismo orden en que se encontraban los perfiles antes de la excavación
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
15
Deficiencias en el sistema de manejo de derrames de sustancias peligrosas en agua y suelo, ya que: a) El pretil de seguridad de los 2 estanques vinculados al pozo Yagán 2 no se encuentra revestido con geomembrana impermeable y no cuenta con capacidad para contener el volumen total de ambos estanques en caso de derrame. b) El sistema de carga de crudo desde los estanques vinculados al pozo Yagán 2 hacia las unidades de transporte, no contaba con un sistema de drenaje hacia un sumidero de concreto ni con una manguera conectada a un tapón de seguridad.
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
Gravee) Incumplan gravemente las medidas para eliminar o minimizar los efectos adversos de un proyecto o actividad, de acuerdo a lo previsto en la respectiva Resolución de Calificación Ambiental.
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Deficiencias en el sistema de estabilización y control de erosión de los suelos removidos para la construcción de pozos, líneas de flujo y caminos, ya que: a) Capa vegetal y horizonte orgánico extraídos por la construcción del camino de acceso a los Pozos Yagan 3 y X1 no fueron sembrados con semillas de pasto. b) No se efectuó adición de semillas al momento de restituirse el perfil de suelo, luego de finalizado el cierre de la línea de flujo comprendida entre el pozo Yagán 2 y la plataforma del pozo Yagán X-1. c) La restitución del suelo removido para la construcción de la línea de flujo comprendida entre el pozo Yagán Norte 5 y su punto de empalme con la línea de flujo proveniente del pozo Yagán X-1, no se efectuó siguiendo el mismo orden en que se encontraban sus capas antes de la excavación. d) Capa vegetal y el suelo extraídos durante la construcción de las plataformas de los pozos Konawentru X-1, 2, 3D 7 y 9, no se encuentran protegidos con una cubierta de malla raschell ni almacenadas adecuadamente. e) No se actualizó el Plan de intervención de Cobertura Vegetal asociado a la construcción de la línea de flujo del pozo Konawentru 9, pese a que la intervención se hizo en época de suelos saturados (junio). f) La restitución del suelo originalmente removido para la construcción de la línea de flujo comprendida entre el pozo Konawentru X-1 y la Batería Pampa Larga, no se efectuó siguiendo el mismo orden en que se encontraban los perfiles antes de la excavación
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
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Intervención de hallazgos de carácter arqueológico sin autorización ni realización de acciones de salvataje.
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
Gravee) Incumplan gravemente las medidas para eliminar o minimizar los efectos adversos de un proyecto o actividad, de acuerdo a lo previsto en la respectiva Resolución de Calificación Ambiental.
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Deficiencias en el sistema de estabilización y control de erosión de los suelos removidos para la construcción de pozos, líneas de flujo y caminos, ya que: a) Capa vegetal y horizonte orgánico extraídos por la construcción del camino de acceso a los Pozos Yagan 3 y X1 no fueron sembrados con semillas de pasto. b) No se efectuó adición de semillas al momento de restituirse el perfil de suelo, luego de finalizado el cierre de la línea de flujo comprendida entre el pozo Yagán 2 y la plataforma del pozo Yagán X-1. c) La restitución del suelo removido para la construcción de la línea de flujo comprendida entre el pozo Yagán Norte 5 y su punto de empalme con la línea de flujo proveniente del pozo Yagán X-1, no se efectuó siguiendo el mismo orden en que se encontraban sus capas antes de la excavación. d) Capa vegetal y el suelo extraídos durante la construcción de las plataformas de los pozos Konawentru X-1, 2, 3D 7 y 9, no se encuentran protegidos con una cubierta de malla raschell ni almacenadas adecuadamente. e) No se actualizó el Plan de intervención de Cobertura Vegetal asociado a la construcción de la línea de flujo del pozo Konawentru 9, pese a que la intervención se hizo en época de suelos saturados (junio). f) La restitución del suelo originalmente removido para la construcción de la línea de flujo comprendida entre el pozo Konawentru X-1 y la Batería Pampa Larga, no se efectuó siguiendo el mismo orden en que se encontraban los perfiles antes de la excavación
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
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Deficiencias en el sistema de estabilización y control de erosión de los suelos removidos para la construcción de pozos, líneas de flujo y caminos, ya que: a) Capa vegetal y horizonte orgánico extraídos por la construcción del camino de acceso a los Pozos Yagan 3 y X1 no fueron sembrados con semillas de pasto. b) No se efectuó adición de semillas al momento de restituirse el perfil de suelo, luego de finalizado el cierre de la línea de flujo comprendida entre el pozo Yagán 2 y la plataforma del pozo Yagán X-1. c) La restitución del suelo removido para la construcción de la línea de flujo comprendida entre el pozo Yagán Norte 5 y su punto de empalme con la línea de flujo proveniente del pozo Yagán X-1, no se efectuó siguiendo el mismo orden en que se encontraban sus capas antes de la excavación. d) Capa vegetal y el suelo extraídos durante la construcción de las plataformas de los pozos Konawentru X-1, 2, 3D 7 y 9, no se encuentran protegidos con una cubierta de malla raschell ni almacenadas adecuadamente. e) No se actualizó el Plan de intervención de Cobertura Vegetal asociado a la construcción de la línea de flujo del pozo Konawentru 9, pese a que la intervención se hizo en época de suelos saturados (junio). f) La restitución del suelo originalmente removido para la construcción de la línea de flujo comprendida entre el pozo Konawentru X-1 y la Batería Pampa Larga, no se efectuó siguiendo el mismo orden en que se encontraban los perfiles antes de la excavación
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
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Informes de Monitoreo de Cubierta Vegetal asociados a la construcción de la línea de flujo comprendida entre el pozo Konawentru 9 y el punto de empalme con la línea de flujo proveniente del pozo Konawentru A-4; del ducto comprendido entre el pozo Konawentru 7 y el punto de empalme con la línea de flujo proveniente del pozo Konawentru A-4; y del ducto comprendido entre el pozo Konawentru X-1 y la Batería Pampa Largacarecen, carecen de información relevante para su análisis, particularmente fecha de realización del monitoreo y metodología de determinación del prendimiento obtenido.
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
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Deficiencias en el sistema de estabilización y control de erosión de los suelos removidos para la construcción de pozos, líneas de flujo y caminos, ya que: a) Capa vegetal y horizonte orgánico extraídos por la construcción del camino de acceso a los Pozos Yagan 3 y X1 no fueron sembrados con semillas de pasto. b) No se efectuó adición de semillas al momento de restituirse el perfil de suelo, luego de finalizado el cierre de la línea de flujo comprendida entre el pozo Yagán 2 y la plataforma del pozo Yagán X-1. c) La restitución del suelo removido para la construcción de la línea de flujo comprendida entre el pozo Yagán Norte 5 y su punto de empalme con la línea de flujo proveniente del pozo Yagán X-1, no se efectuó siguiendo el mismo orden en que se encontraban sus capas antes de la excavación. d) Capa vegetal y el suelo extraídos durante la construcción de las plataformas de los pozos Konawentru X-1, 2, 3D 7 y 9, no se encuentran protegidos con una cubierta de malla raschell ni almacenadas adecuadamente. e) No se actualizó el Plan de intervención de Cobertura Vegetal asociado a la construcción de la línea de flujo del pozo Konawentru 9, pese a que la intervención se hizo en época de suelos saturados (junio). f) La restitución del suelo originalmente removido para la construcción de la línea de flujo comprendida entre el pozo Konawentru X-1 y la Batería Pampa Larga, no se efectuó siguiendo el mismo orden en que se encontraban los perfiles antes de la excavación
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
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Construcción de instalaciones de superficie de los pozos Manekenk 2, Yagán XP-4 y Yagán 3 no contempladas en las RCAs respectivas.
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
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Construcción de instalaciones de superficie de los pozos Manekenk 2, Yagán XP-4 y Yagán 3 no contempladas en las RCAs respectivas.
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
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Construcción de instalaciones de superficie de los pozos Manekenk 2, Yagán XP-4 y Yagán 3 no contempladas en las RCAs respectivas.
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
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Informes de Monitoreo de Cubierta Vegetal asociados a la construcción de la línea de flujo comprendida entre el pozo Konawentru 9 y el punto de empalme con la línea de flujo proveniente del pozo Konawentru A-4; del ducto comprendido entre el pozo Konawentru 7 y el punto de empalme con la línea de flujo proveniente del pozo Konawentru A-4; y del ducto comprendido entre el pozo Konawentru X-1 y la Batería Pampa Largacarecen, carecen de información relevante para su análisis, particularmente fecha de realización del monitoreo y metodología de determinación del prendimiento obtenido.
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
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Desarrollo de obras de modificación de cauce sin contar con la autorización sectorial correspondiente.
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
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Desarrollo de obras de modificación de cauce sin contar con la autorización sectorial correspondiente.
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.

Fiscalizaciones asociadas 3

Expediente de fiscalización
Año actividad
Detalle
DFZ-2014-2250-XII-RCA-IA
2014
DFZ-2015-174-XII-RCA-IA
2015
DFZ-2018-3006-XII-PC
2023

Medidas provisionales asociadas 0

No se registran medidas provisionales asociadas.

Sanciones 0

No se registran sanciones aplicadas.
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