Procedimiento sancionatorioExpediente D-004-2013
Procedimiento sancionatorio VERTEDERO DICHAM
Expediente: D-004-2013
Fecha inicio: 02-05-2013
Fecha término: 11-10-2013
Multa: 25 U.T.A.
Estado de pago: Pagada
Estado: Terminado - Sanción
Unidad fiscalizable: VERTEDERO DICHAM
Titular: FERNANDO PATRICIO HERNANDEZ DIAZ
Comuna / Región: Chonchi — Región de Los Lagos
Programa de cumplimiento: Sin programa de cumplimiento
Registro Público de Sanciones: Ver sanción →
Documentos 23
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Fecha
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23
Resolución Exenta N970 Acredita pago de multa
Resolución Acredita Pago de Multa Total
24-09-2015
Hechos considerados 10
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Hecho
Instrumento infringido
Infracción (Art. 35 LOSMA)
Clasificación (Art. 36 LOSMA)
1
A1. Las celdas selladas no cuentan con recubrimiento final de tierra. Asimismo, no han sido compactadas, ni cuentan con la pendiente adecuada para facilitar el escurrimiento de aguas lluvias hacia los sistemas de drenaje perimetrales.
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
2
A2. Se han dispuesto residuos tales como cabos, redes y plásticos, entre otros, en la superficie, en reemplazo del recubrimiento de tierra establecido.
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
Gravee) Incumplan gravemente las medidas para eliminar o minimizar los efectos adversos de un proyecto o actividad, de acuerdo a lo previsto en la respectiva Resolución de Calificación Ambiental.
3
B. En la celda operativa no existe recubrimiento diario mediante capas de tierra ni compactación.
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
Gravee) Incumplan gravemente las medidas para eliminar o minimizar los efectos adversos de un proyecto o actividad, de acuerdo a lo previsto en la respectiva Resolución de Calificación Ambiental.
4
C. Las celdas operativas y cerradas no cuentan con un sistema o red de canales que permita la circulación de aguas lluvias por el vertedero. No se han construido los canales de desagüe acordados en el contorno de cada zanja.
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
Gravee) Incumplan gravemente las medidas para eliminar o minimizar los efectos adversos de un proyecto o actividad, de acuerdo a lo previsto en la respectiva Resolución de Calificación Ambiental.
5
D. No hay un adecuado control de los residuos que ingresan al vertedero, toda vez que el titular no cuenta con certificados que acrediten el porcentaje de humedad de los lodos requerido.
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
Gravee) Incumplan gravemente las medidas para eliminar o minimizar los efectos adversos de un proyecto o actividad, de acuerdo a lo previsto en la respectiva Resolución de Calificación Ambiental.
6
E1. Ausencia de caminos interiores (caminos de inspección, perimetrales, interiores interceldas) contemplados en la RCA 547/07 /
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
Gravee) Incumplan gravemente las medidas para eliminar o minimizar los efectos adversos de un proyecto o actividad, de acuerdo a lo previsto en la respectiva Resolución de Calificación Ambiental.
7
E2. Caminos cuya vialidad interna no está funcionando correctamente, toda vez que se evidenció restos de cabos, bins, plumavit, biksas plásticas y tambores que obstruyen en el transito
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
Gravee) Incumplan gravemente las medidas para eliminar o minimizar los efectos adversos de un proyecto o actividad, de acuerdo a lo previsto en la respectiva Resolución de Calificación Ambiental.
8
E3. No hay presencia de señalética necesaria para evitar riesgos de accidentes y guiar a los vehiculos en su trayecto al interioir del poryecto.
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
Gravee) Incumplan gravemente las medidas para eliminar o minimizar los efectos adversos de un proyecto o actividad, de acuerdo a lo previsto en la respectiva Resolución de Calificación Ambiental.
9
F. No haber remitido a esta Superintendencia , dentro del plazo y con la frecuencia y periodicidad establecida en la RCA 436/10 el informe anual de monitoreo de aguas subterráneas que debe realizarse durante toda la vida útil del proyecto y hasta 5 años después de que el proyecto termine.
e) El incumplimiento de las normas e instrucciones generales que la Superintendencia imparta en ejercicio de las atribuciones que le confiere la ley
Gravef) Conlleven el no acatamiento de las instrucciones, requerimientos y medidas urgentes dispuestas por la Superintendencia.
10
G. No haber remitido a esta Superintendencia la información solicitada a través de la RE 574
e) El incumplimiento de las normas e instrucciones generales que la Superintendencia imparta en ejercicio de las atribuciones que le confiere la ley
Gravef) Conlleven el no acatamiento de las instrucciones, requerimientos y medidas urgentes dispuestas por la Superintendencia.
Fiscalizaciones asociadas 0
No se registran fiscalizaciones asociadas.
Medidas provisionales asociadas 0
No se registran medidas provisionales asociadas.
Sanciones 10
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Hecho
Instrumento
Infracción (Art. 35)
Clasificación (Art. 36)
Sanción
UTA
1
A1. Las celdas selladas no cuentan con recubrimiento final de tierra. Asimismo, no han sido compactadas, ni cuentan con la pendiente adecuada para facilitar el escurrimiento de aguas lluvias hacia los sistemas de drenaje perimetrales.
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
Multa de una a diez mil U.T.A.
1
2
A2. Se han dispuesto residuos tales como cabos, redes y plásticos, entre otros, en la superficie, en reemplazo del recubrimiento de tierra establecido.
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
Gravee) Incumplan gravemente las medidas para eliminar o minimizar los efectos adversos de un proyecto o actividad, de acuerdo a lo previsto en la respectiva Resolución de Calificación Ambiental.
Multa de una a diez mil U.T.A.
5
3
B. En la celda operativa no existe recubrimiento diario mediante capas de tierra ni compactación.
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
Gravee) Incumplan gravemente las medidas para eliminar o minimizar los efectos adversos de un proyecto o actividad, de acuerdo a lo previsto en la respectiva Resolución de Calificación Ambiental.
Multa de una a diez mil U.T.A.
1
4
C. Las celdas operativas y cerradas no cuentan con un sistema o red de canales que permita la circulación de aguas lluvias por el vertedero. No se han construido los canales de desagüe acordados en el contorno de cada zanja.
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
Gravee) Incumplan gravemente las medidas para eliminar o minimizar los efectos adversos de un proyecto o actividad, de acuerdo a lo previsto en la respectiva Resolución de Calificación Ambiental.
Multa de una a diez mil U.T.A.
5
5
D. No hay un adecuado control de los residuos que ingresan al vertedero, toda vez que el titular no cuenta con certificados que acrediten el porcentaje de humedad de los lodos requerido.
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
Gravee) Incumplan gravemente las medidas para eliminar o minimizar los efectos adversos de un proyecto o actividad, de acuerdo a lo previsto en la respectiva Resolución de Calificación Ambiental.
Multa de una a diez mil U.T.A.
1
6
E1. Ausencia de caminos interiores (caminos de inspección, perimetrales, interiores interceldas) contemplados en la RCA 547/07 /
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
Gravee) Incumplan gravemente las medidas para eliminar o minimizar los efectos adversos de un proyecto o actividad, de acuerdo a lo previsto en la respectiva Resolución de Calificación Ambiental.
Multa de una a diez mil U.T.A.
5
7
E2. Caminos cuya vialidad interna no está funcionando correctamente, toda vez que se evidenció restos de cabos, bins, plumavit, biksas plásticas y tambores que obstruyen en el transito
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
Gravee) Incumplan gravemente las medidas para eliminar o minimizar los efectos adversos de un proyecto o actividad, de acuerdo a lo previsto en la respectiva Resolución de Calificación Ambiental.
Multa de una a diez mil U.T.A.
1
8
E3. No hay presencia de señalética necesaria para evitar riesgos de accidentes y guiar a los vehiculos en su trayecto al interioir del poryecto.
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
Gravee) Incumplan gravemente las medidas para eliminar o minimizar los efectos adversos de un proyecto o actividad, de acuerdo a lo previsto en la respectiva Resolución de Calificación Ambiental.
Multa de una a diez mil U.T.A.
6
9
F. No haber remitido a esta Superintendencia , dentro del plazo y con la frecuencia y periodicidad establecida en la RCA 436/10 el informe anual de monitoreo de aguas subterráneas que debe realizarse durante toda la vida útil del proyecto y hasta 5 años después de que el proyecto termine.
e) El incumplimiento de las normas e instrucciones generales que la Superintendencia imparta en ejercicio de las atribuciones que le confiere la ley
Gravef) Conlleven el no acatamiento de las instrucciones, requerimientos y medidas urgentes dispuestas por la Superintendencia.
Absolución
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10
G. No haber remitido a esta Superintendencia la información solicitada a través de la RE 574
e) El incumplimiento de las normas e instrucciones generales que la Superintendencia imparta en ejercicio de las atribuciones que le confiere la ley
Gravef) Conlleven el no acatamiento de las instrucciones, requerimientos y medidas urgentes dispuestas por la Superintendencia.
Absolución
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