Procedimiento sancionatorioExpediente F-029-2016
Procedimiento sancionatorio CAROZZI PLANTA TENO
Expediente: F-029-2016
Fecha inicio: 07-09-2016
Fecha término: 30-11-2018
Multa: Sin multa aplicada
Estado de pago: Sin información de pago
Estado: Terminado - PDC Satisfactorio
Unidad fiscalizable: CAROZZI PLANTA TENO
Titular: EMPRESAS CAROZZI S.A.
Comuna / Región: Teno — Región del Maule
Programa de cumplimiento: Ver PdC →
Registro Público de Sanciones: Sin sanción en Registro Público
Documentos 21
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Nombre documento
Tipo documento
Fecha
Descargar
Hechos considerados 7
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Hecho
Instrumento infringido
Infracción (Art. 35 LOSMA)
Clasificación (Art. 36 LOSMA)
1
Evacuar, en un canal colindante a la Planta y sin autorización, aguas provenientes de lavado de patio sin tratamiento previo.
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
Gravee) Incumplan gravemente las medidas para eliminar o minimizar los efectos adversos de un proyecto o actividad, de acuerdo a lo previsto en la respectiva Resolución de Calificación Ambiental.
2
Existencia de una tubería de descarga de Riles que corresponde a un punto de descarga no autorizada.
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
Gravee) Incumplan gravemente las medidas para eliminar o minimizar los efectos adversos de un proyecto o actividad, de acuerdo a lo previsto en la respectiva Resolución de Calificación Ambiental.
3
No se cumple con la distancia mínima de separación de 20 metros entre el área de aplicación de lodos y cauce superficial (recurso para bebida animal) ubicado en el límite norte del área de aplicación.
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
Gravee) Incumplan gravemente las medidas para eliminar o minimizar los efectos adversos de un proyecto o actividad, de acuerdo a lo previsto en la respectiva Resolución de Calificación Ambiental.
4
El establecimiento industrial, no informó con la frecuencia requerida en su programa de monitoreo la totalidad de los parámetros comprometidos en el mismo, durante los períodos controlados de los meses de octubre y noviembre del año 2013, febrero, septiembre y diciembre de 2014 y enero de 2015, conforme a lo señalado en la Tabla N°2 de la presente resolución.
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
5
El establecimiento industrial presentó superación del límite máximo permitido en el D.S. N° 90/2000, en uno o más contaminantes, durante los meses de octubre de 2013 y junio de 2014, tal como se presenta en la Tabla N°4 de la presente resolución.
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
6
No se informaron los remuestreos correspondientes de los meses de enero y marzo del año 2014, tal como se puede observar en la tabla N°4 de la presente resolución.
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
7
No se remite información a SMA asociada a la RCA 115/1998, desde el 24 de marzo de 2014 a la fecha.
e) El incumplimiento de las normas e instrucciones generales que la Superintendencia imparta en ejercicio de las atribuciones que le confiere la ley
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
Fiscalizaciones asociadas 2
Medidas provisionales asociadas 0
No se registran medidas provisionales asociadas.
Sanciones 0
No se registran sanciones aplicadas.