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Procedimiento sancionatorioExpediente D-058-2016

Procedimiento sancionatorio TALLER DE REDES BADINOTTI

Expediente: D-058-2016
Fecha inicio: 08-09-2016
Fecha término: 10-08-2018
Multa: Sin multa aplicada
Estado de pago: Sin información de pago
Estado: Terminado - PDC Satisfactorio
Unidad fiscalizable: TALLER DE REDES BADINOTTI
Comuna / Región: Aysén — Región de Aysén del General Carlos Ibáñez del Campo
Programa de cumplimiento: Ver PdC →
Registro Público de Sanciones: Sin sanción en Registro Público

Documentos 14

#
Nombre documento
Tipo documento
Fecha
Descargar
1
Formulación de Cargos
Formulación de Cargos
08-09-2016
2
Antecedentes Formulación de Cargos
Otros
08-09-2016
3
Res N° 2. Señala nuevo domicilio y notifica
Otros
22-09-2016
4
Notificación FDC
Otros
27-09-2016
5
Programa de Cumplimiento
PDC Presentación
11-10-2016
6
Memorándum N° 1. Deriva PDC a Jefatura
Otros
18-10-2016
7
Res N° 3. Incorpórese observaciones al Programa de Cumplimiento
PDC - Observaciones de la SMA
21-11-2016
8
Programa de Cumplimiento Refundido
PDC Refundido
13-12-2016
9
Solicitud que indica
Otros
26-12-2016
10
Res N° 4. Aprueba Programa de Cumplimiento
PDC Aprobación
04-01-2017
11
Programa de Cumplimiento Refundido
PDC Refundido
23-01-2017
12
Memo ejecución satisfactoria
Informa ejecución satisfactoria de PDC
27-07-2018
13
Res Ex 979 Declara ejecución satisfactoria PDC
Resolución Final PDC
10-08-2018
14
Not Res Ex 979
Otros
27-08-2018

Hechos considerados 4

#
Hecho
Instrumento infringido
Infracción (Art. 35 LOSMA)
Clasificación (Art. 36 LOSMA)
1
Acumulación de redes y restos de material orgánico, fuera de la zona de acopio delimitada para ello.
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
2
Falta de aplicación de cal diluida en las redes sucias y de cal en polvo en los contenedores de residuos mayores.
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
Gravee) Incumplan gravemente las medidas para eliminar o minimizar los efectos adversos de un proyecto o actividad, de acuerdo a lo previsto en la respectiva Resolución de Calificación Ambiental.
3
Superación del volumen de descarga autorizado durante los meses de diciembre de 2013, febrero, junio, agosto, septiembre, octubre, noviembre y diciembre del año 2014 y enero, febrero, marzo, abril, mayo, junio, julio, agosto, septiembre, octubre, noviembre y diciembre de 2015.
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
4
No informar los remuestreos que correspondía efectuar los meses de junio y agosto de 2015.
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.

Fiscalizaciones asociadas 2

Expediente de fiscalización
Año actividad
Detalle
DFZ-2014-141-XI-RCA-IA
2014
DFZ-2017-5796-XI-PC-EI
2018

Medidas provisionales asociadas 0

No se registran medidas provisionales asociadas.

Sanciones 0

No se registran sanciones aplicadas.
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