Procedimiento sancionatorioExpediente D-064-2016
Procedimiento sancionatorio MINERA LOS PELAMBRES
Expediente: D-064-2016
Fecha inicio: 13-10-2016
Fecha término: 17-07-2023
Multa: Sin multa aplicada
Estado de pago: Sin información de pago
Estado: Terminado - PDC Satisfactorio
Unidad fiscalizable: MINERA LOS PELAMBRES
Titular: MINERA LOS PELAMBRES
Comuna / Región: Illapel — Región de Coquimbo
Programa de cumplimiento: Ver PdC →
Registro Público de Sanciones: Sin sanción en Registro Público
Documentos 67
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Nombre documento
Tipo documento
Fecha
Descargar
3
Registro de notificación de formulación de cargos
Notificación Formulación de Cargos
20-10-2016
14
Previo a resolver, incorporense observaciones al PDC, se pronuncia sobre reserva de información que indica, tiene por acompañados los documentos y tiene presente la designación de apoderados
PDC - Observaciones de la SMA
01-06-2017
23
Tiene por presentado PDC, tiene por acompañados documentos, y previo a resolver decreta diligencia que indica
Otros
12-07-2017
25
Actas de notificación personal de Res. Ex. 5 a Minera Los Pelambres e interesados
Otros
12-07-2017
36
Escrito MLP. Evacua traslado, formula observaciones a actas de diligencia, y acompaña informe pericial
Otros
23-08-2017
37
Escrito MLP. Acompaña informe pericial y solicita ajustes a acción N° 7 de PDC refundido
Otros
01-09-2017
38
Tiene por evacuado el traslado, y tiene por acompañados documentos que indica
Otros
15-09-2017
48
Escrito MLP. Se hace presente impedimento y solicita aumento de plazo para ejecución de acción
Otros
12-10-2018
50
Se pronuncia sobre escritos presentados por Minera Los Pelambres S.A., en el marco del procedimiento sancionatorio
Otros
26-10-2018
58
Se pronuncia sobre escrito presentado por Minera Los Pelambres en el marco del programa de cumplimiento
Otros
28-05-2019
59
Resuelve recurso de reposición presentado por Minera Los Pelambres S.A., en el marco del programa de cumplimiento
Otros
28-05-2019
Hechos considerados 9
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Hecho
Instrumento infringido
Infracción (Art. 35 LOSMA)
Clasificación (Art. 36 LOSMA)
1
Extraer agua de los pozos PRP-1, PRP-2 y PRP-3, no verificándose la condición de obtener valores de monitoreo iguales al 80% de los límites establecidos en la NCh 1.333 Of. 78, para los parámetros SO4, Mo, Cu y pH, sin contar con los derechos de aguas subterráneas respectivos
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
Gravee) Incumplan gravemente las medidas para eliminar o minimizar los efectos adversos de un proyecto o actividad, de acuerdo a lo previsto en la respectiva Resolución de Calificación Ambiental.
2
No contar con el acuerdo de CONAF, en relación con las especificaciones para la plantación y el respectivo manejo de Palma Chilena (Jubaea chilensis Baillon)
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
Gravee) Incumplan gravemente las medidas para eliminar o minimizar los efectos adversos de un proyecto o actividad, de acuerdo a lo previsto en la respectiva Resolución de Calificación Ambiental.
3
Cumplimiento deficiente de la medida de compensación consistente en la reforestación de especies de Canelo (Drimys winteri) en la parte baja de la Quebrada Bodega, ubicada en el Fundo Monte Aranda, constatándose alrededor de 30 ejemplares vivos
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
Gravee) Incumplan gravemente las medidas para eliminar o minimizar los efectos adversos de un proyecto o actividad, de acuerdo a lo previsto en la respectiva Resolución de Calificación Ambiental.
4
Al 29 de julio de 2014, no se encontraba ejecutada la medida de compensación consistente en realizar las plantaciones de ejemplares de Guayacán (Porlieria chilensis) y Algarrobo (Prosopis chilensis), y ejemplares de flora de zona semiárida en el Fundo Monte Aranda
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
Gravee) Incumplan gravemente las medidas para eliminar o minimizar los efectos adversos de un proyecto o actividad, de acuerdo a lo previsto en la respectiva Resolución de Calificación Ambiental.
5
No comunicar a la SMA dentro de las primeras 24 horas, acerca del incidente ocurrido entre el 12 y 14 de agosto de 2015, consistente en el afloramiento de aguas desde el área industrial hacia el estero Piuquenes
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
Gravee) Incumplan gravemente las medidas para eliminar o minimizar los efectos adversos de un proyecto o actividad, de acuerdo a lo previsto en la respectiva Resolución de Calificación Ambiental.
6
Modificar la modalidad de entrega de aguas al río Cuncumen, haciéndolo a través del canal de bajos caudales, y modificar la localización del punto de monitoreo de aguas superficiales denominado Nodo 9
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
7
Los Informes Integrados de Monitoreo Ambiental N° XVII y N° XVIII, no contienen los resultados de monitoreos de los siguientes puntos, parámetros y/o periodos: - 18 AS: No se reportaron monitoreos durante todo el primer semestre de 2014. - QNW1 y QNW2:No se reportaron monitoreos durante el primer y segundo semestre de 2014 - PEL-1.1: No se reportaron monitoreos de junio 2014, ni durante el segundo semestre 2014. - RCH-129: No se reportaron monitoreos durante el primer y segundo semestre 2013; ni tampoco durante el primer y segundo semestre 2014. - 22AS, 23AS y 24AS: No se reportaron monitoreos de los parámetros pH y CE, durante todo el segundo semestre 2014. - 24 AS: No se reportaron monitoreos para el período enero a marzo de 2014. - 25 AS: No se reportó el monitoreo del parámetro caudal, durante el primer semestre 2014. - 26 AS: No se reportó el monitoreo de junio de 2014 - DGA-3: No se reportaron monitoreos durante el primer y segundo semestre 2013; ni tampoco durante el primer y segundo semestre de 2014
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
8
Existencia de siete pozos construidos en los tranques de relaves Quillayes y el Chinche para extracción de aguas, los cuales no están comprendidos en las resoluciones de calificación ambiental asociadas al proyecto
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
9
No entregar información solicitada por la SMA, producto de la contingencia ambiental ocurrida entre el 12 y 14 de agosto de 2015, respecto a datos actualizados de la calidad de aguas en el estero Piuquenes, aguas abajo del afloramiento antes de confluencia con río Pelambres
Requerimientos de Información
j) El incumplimiento de los requerimientos de información que la Superintendencia dirija a los sujetos fiscalizados, de conformidad a esta ley
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
Fiscalizaciones asociadas 3
Medidas provisionales asociadas 0
No se registran medidas provisionales asociadas.
Sanciones 0
No se registran sanciones aplicadas.