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Procedimiento sancionatorioExpediente F-038-2016

Procedimiento sancionatorio PLANTA PRODUCTORA DE INULINA-ORAFTI

Expediente: F-038-2016
Fecha inicio: 26-10-2016
Fecha término: 30-10-2018
Multa: Sin multa aplicada
Estado de pago: Sin información de pago
Estado: Terminado - PDC Satisfactorio
Comuna / Región: Pemuco — Región de Ñuble
Programa de cumplimiento: Ver PdC →
Registro Público de Sanciones: Sin sanción en Registro Público

Documentos 17

#
Nombre documento
Tipo documento
Fecha
Descargar
1
Designación de fiscal instructora Titular y Suplente
Otros
24-10-2016
2
Formulación de Cargos
Formulación de Cargos
26-10-2016
3
Seguimiento Correos de Chile
Otros
01-11-2016
4
Solicitud de Ampliación de Plazos
Otros
14-11-2016
5
Registro de reunión de asistencia
Otros
14-11-2016
6
Acoge Ampliación de Plazo
Otros
15-11-2016
7
Programa de Cumplimiento
PDC Presentación
23-11-2016
8
Memo deriva programa de Cumplimiento
Otros
12-12-2016
9
Observaciones al Programa de Cumplimiento
PDC - Observaciones de la SMA
12-12-2016
10
Programa de Cumplimiento Refundido
PDC Refundido
22-12-2016
11
Observaciones al Programa de Cumplimiento
PDC - Observaciones de la SMA
28-12-2016
12
Programa de Cumplimiento Refundido
PDC Refundido
06-01-2017
13
Aprueba Programa de Cumplimiento
PDC Aprobación
20-01-2017
14
Programa de cumplimiento refundido con correcciones de oficio
PDC Refundido
30-01-2017
15
Informa cumplimiento satisfactorio de programa de cumplimiento
Informa ejecución satisfactoria de PDC
13-09-2018
16
Res Ex 1380 Declara ejecución satisfactoria PDC
Resolución Final PDC
30-10-2018
17
Not Res Ex 1380
Otros
14-11-2018

Hechos considerados 4

#
Hecho
Instrumento infringido
Infracción (Art. 35 LOSMA)
Clasificación (Art. 36 LOSMA)
1
El establecimiento industrial, no informó el autocontrol correspondiente al mes de julio de 2015.
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
2
El establecimiento industrial excede el volumen máximo de descarga indicado en su programa de monitoreo durante el período controlado del mes de noviembre y diciembre del año 2015, tal como lo indica la tabla N°3 de la presente resolución.
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
3
El establecimiento industrial no informó los remuestreos del período de control del mes de noviembre del año 2013, junio del año 2014 y junio del año 2015, tal como se indica en la Tabla N° 4 de la presente resolución.
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
4
El establecimiento industrial no cumple con la frecuencia de monitoreo establecida en la Res. Ex. N° 2032/2011 SISS, para los parámetros pH, temperatura y DBO5, tal como lo indica la Tabla N° 5 de la presente resolución.
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.

Fiscalizaciones asociadas 1

Expediente de fiscalización
Año actividad
Detalle
DFZ-2017-526-VIII-PC-EI
2018

Medidas provisionales asociadas 0

No se registran medidas provisionales asociadas.

Sanciones 0

No se registran sanciones aplicadas.
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