Procedimiento sancionatorioExpediente D-073-2016
Procedimiento sancionatorio PLANTA DE PROCESAMIENTO DE SALES METALICAS
Expediente: D-073-2016
Fecha inicio: 21-11-2016
Fecha término: 31-03-2025
Multa: Sin multa aplicada
Estado de pago: Sin información de pago
Estado: En curso
Unidad fiscalizable: PLANTA DE PROCESAMIENTO DE SALES METALICAS
Titular: MINERA MONTECARMELO SOCIEDAD ANONIMA
Comuna / Región: Puchuncaví — Región de Valparaíso
Programa de cumplimiento: Sin programa de cumplimiento
Registro Público de Sanciones: Sin sanción en Registro Público
Documentos 61
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Nombre documento
Tipo documento
Fecha
Descargar
6
Seguimiento Correos de Chile Resolución Exenta No 1 Rol D_073_2016 a Minera Montecarmelo SA
Otros
21-11-2016
17
Res. Ex. N° 5 / Rol D_073_2016 Levanta suspensión de procedimiento sancionatorio
Reabre Procedimiento Sancionatorio Suspendido
24-01-2019
18
Res. Ex. N° 6 / Rol D_073_2016 Requiere con carácter de urgente información que indica
Solicitud de diligencias (sin término probatorio)
26-02-2019
19
Seguimiento Correos de Chile Res. Ex. N° 6 / Rol D_073_2016 a Minera Montecarmelo S.A.
Otros
26-02-2019
21
Res. Ex. N° 7 / Rol D_073_2016 Resuelve solicitud de ampliación de plazos
Otros
14-03-2019
23
Res. Ex. N° 8 / Rol D_073_2016 Provee presentación que indica y solicita información
Otros
01-04-2019
25
Res. Ex. N° 9 / Rol D_073_2016 Resuelve solicitud de ampliación de plazo
Otros
16-04-2019
27
Res. Ex. 518/2020 SMA, Dispone suspensión de plazos en procedimientos y actuaciones que indica
Suspensión
23-03-2020
28
Res. Ex. 548/2020 SMA, Dispone suspensión de plazos en procedimientos y actuaciones que indica
Otros
30-03-2020
29
Res. Ex. 575/2020 SMA, Dispone suspensión de plazos en procedimientos y actuaciones que indica
Otros
07-04-2020
30
Se levanta suspensión de procedimiento
Reabre Procedimiento Sancionatorio Suspendido
01-05-2020
31
Se levanta suspensión de procedimiento
Reabre Procedimiento Sancionatorio Suspendido
01-05-2020
32
Se levanta suspensión de procedimiento
Reabre Procedimiento Sancionatorio Suspendido
01-05-2020
33
Res. Ex. N° 10 / Rol D_073_2016 Oficio a SEREMI Salud Región de Valparaíso
Otros
30-12-2021
38
Res. Ex. N° 12 / Rol D_073_2016 Resuelve solicitud de ampliación de plazo
Otros
01-03-2022
40
Res. Ex. N° 13 / Rol D_073_2016 Cierre de investigación
Término de la Investigación
07-02-2023
44
Registro notificación a titular
Notificación de Resolución Sancionatoria al Titular
30-03-2023
49
RES EX 241 2025 DECLARA ADMISIBLE RECURSO DE REPOSICIÓN Y CONFIERE TRASLADO
Otros
14-02-2025
Hechos considerados 9
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Hecho
Instrumento infringido
Infracción (Art. 35 LOSMA)
Clasificación (Art. 36 LOSMA)
1
Utilización de forma de procesamiento distinta de la autorizada, para la solución resultante de la lixiviación primaria.
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
2
Almacenamiento de ripios resultantes de lixiviación primaria en lugares distintos al contemplado en la resolución de calificación ambiental.
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
Gravee) Incumplan gravemente las medidas para eliminar o minimizar los efectos adversos de un proyecto o actividad, de acuerdo a lo previsto en la respectiva Resolución de Calificación Ambiental.
3
Manejo de residuos peligrosos distinto al autorizado en la RCA N° 230/2004, consistente en: a. Recepción no autorizada y almacenamiento en lugares no autorizados de residuos que el titular identifica como “carbonato de sodio” y como “laminilla de fierro”. b. Almacenamiento en lugares no autorizados de residuos, tales como tambores con residuos de lubricantes usados y planchas de filtros de prensa. c. Bodega de residuos peligrosos con dimensiones menores a las establecidas en la resolución de calificación ambiental. d. Incumplimiento de las condiciones de rotulación de residuos peligrosos. e. Inexistencia de registro foliado que acredite el retiro y disposición final de residuos peligrosos.
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
Gravee) Incumplan gravemente las medidas para eliminar o minimizar los efectos adversos de un proyecto o actividad, de acuerdo a lo previsto en la respectiva Resolución de Calificación Ambiental.
4
Sistema de recolección y conducción de aguas lluvias no operativo, lo que provocó con fecha 28 de julio de 2016 un derrame de sustancias, tanto al interior como hacia el exterior del predio de la planta de Minera Montecarmelo, afectando aproximadamente 10 hectáreas de predios vecinos.
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
Gravea) Hayan causado daño ambiental, susceptible de reparación.
5
No implementación de las medidas de seguimiento consistentes en: a. Realizar monitoreo bimensual en pozos de muestreo de aguas subterráneas b. Caracterización química de compósito mensual de ripios agotados.
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
Gravee) Incumplan gravemente las medidas para eliminar o minimizar los efectos adversos de un proyecto o actividad, de acuerdo a lo previsto en la respectiva Resolución de Calificación Ambiental.
6
Forestación en forma de cierre perimetral no se realiza con la especie comprometida.
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
7
Elusión al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental por modificaciones de consideración al proyecto evaluado ambientalmente, consistentes en la recepción y reciclaje de baterías de plomo, las cuales constituyen residuos peligrosos distintos a aquellos cuyo tratamiento se autorizó en la resolución de calificación ambiental.
b) La ejecución de proyectos y el desarrollo de actividades para los que la ley exige Resolución de Calificación Ambiental, sin contar con ella. Asimismo, el incumplimiento del requerimiento efectuado por la Superintendencia según lo previsto en las letras i), j) y k) del artículo 3°
Graved) Involucren la ejecución de proyectos o actividades del artículo 10 de la ley N° 19.300 al margen del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, si no están comprendidos en los supuestos de la letra F) del número anterior.
8
No entrega de información a la Superintendencia del Medio Ambiente en relación al estado del proyecto “Procesamiento de Sales Metálicas”, calificado favorablemente mediante RCA N° 230/2004.
e) El incumplimiento de las normas e instrucciones generales que la Superintendencia imparta en ejercicio de las atribuciones que le confiere la ley
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
9
No implementación de medidas provisionales consistentes en: a. No retiro y disposición en lugar autorizado de residuos peligrosos; b. Sistema de recolección y conducción de aguas lluvias no fue reparado ni habilitado; c. No remisión de la información solicitada en relación al cese en la recepción de residuos o materiales distintos de aquellos autorizados mediante la RCA; d. No generación de fichas técnicas, ni rotulación de residuos peligrosos; y e. No realización del muestreo y análisis de aguas subterráneas.
-
l) El incumplimiento de las obligaciones derivadas de las medidas provisionales previstas en el artículo 48
Gravef) Conlleven el no acatamiento de las instrucciones, requerimientos y medidas urgentes dispuestas por la Superintendencia.
Fiscalizaciones asociadas 3
Medidas provisionales asociadas 1
Expediente
Estado
Fecha inicio
Detalle
Sanciones 0
No se registran sanciones aplicadas.