Procedimiento sancionatorioExpediente D-009-2017
Procedimiento sancionatorio PUERTO LIRQUEN
Expediente: D-009-2017
Fecha inicio: 20-02-2017
Fecha término: 17-07-2023
Multa: Sin multa aplicada
Estado de pago: Sin información de pago
Estado: Terminado - PDC Satisfactorio
Unidad fiscalizable: PUERTO LIRQUEN
Titular: PORTUARIA LIRQUEN S.A.
Comuna / Región: Penco — Región del Biobío
Programa de cumplimiento: Ver PdC →
Registro Público de Sanciones: Sin sanción en Registro Público
Documentos 41
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Nombre documento
Tipo documento
Fecha
Descargar
39
Declara ejecución satisfactoria de PDC y pone fin al procedimiento sancionatorio
Resolución Final PDC
17-07-2023
Hechos considerados 3
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Hecho
Instrumento infringido
Infracción (Art. 35 LOSMA)
Clasificación (Art. 36 LOSMA)
1
Utilización de sistema de drenaje de aguas lluvias para el transporte y descarga de residuos líquidos provenientes bodegas, del patio de lavado de maquinarias, y de la planta de tratamiento de aguas servidas generando lo siguiente: -Descarga, no autorizada, de residuos líquidos en sector playa. -Infiltración, no autorizada, de residuos líquidos en antiguo pique minero.
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
Gravee) Incumplan gravemente las medidas para eliminar o minimizar los efectos adversos de un proyecto o actividad, de acuerdo a lo previsto en la respectiva Resolución de Calificación Ambiental.
2
No se ha dispuesto la construcción de una barrera acústica reflectante y transparente en todo el perímetro oeste de la población Carlos Condell, de una altura de 3 [m] y una extensión mínima de 290 [m].
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
Gravee) Incumplan gravemente las medidas para eliminar o minimizar los efectos adversos de un proyecto o actividad, de acuerdo a lo previsto en la respectiva Resolución de Calificación Ambiental.
3
Portuaria Lirquén S.A. no remite los resultados asociados a los informes de seguimiento de emisiones de ruido en los años 2013, 2014 y 2015.
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
Gravísimae) Hayan impedido deliberadamente la fiscalización, encubierto una infracción o evitado el ejercicio de las atribuciones de la Superintendencia.
Fiscalizaciones asociadas 2
Medidas provisionales asociadas 0
No se registran medidas provisionales asociadas.
Sanciones 0
No se registran sanciones aplicadas.