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Procedimiento sancionatorioExpediente F-009-2017

Procedimiento sancionatorio PISCICULTURA RIO HOLLEMBERG

Expediente: F-009-2017
Fecha inicio: 13-03-2017
Fecha término: 04-08-2020
Multa: Sin multa aplicada
Estado de pago: Sin información de pago
Estado: Terminado - PDC Satisfactorio
Unidad fiscalizable: PISCICULTURA RIO HOLLEMBERG
Comuna / Región: Natales — Región de Magallanes y la Antártica Chilena
Programa de cumplimiento: Ver PdC →
Registro Público de Sanciones: Sin sanción en Registro Público

Documentos 19

#
Nombre documento
Tipo documento
Fecha
Descargar
1
Formulación de Cargos
Formulación de Cargos
13-03-2017
2
Antecedentes formulación de cargos
Otros
13-03-2017
3
Notificación FdC
Otros
23-03-2017
4
Res N° 2. Resuelve ampliación de plazo
Otros
27-03-2017
5
Solicita reunión de asistencia
Otros
28-03-2017
6
Lista de asistencia
Otros
30-03-2017
7
Lista de asistencia
Otros
04-04-2017
8
Programa de Cumplimiento
PDC Presentación
10-04-2017
9
Memo N° 320. Deriva PDC a Jefatura
Otros
26-05-2017
10
Res N° 3. Incorpórese observaciones al Programa de Cumplimiento
PDC - Observaciones de la SMA
31-05-2017
11
Solicita reunión de asistencia
Otros
12-06-2017
12
Acta de participantes reunión de asistencia
Otros
14-06-2017
13
Res N° 4. Resuelve ampliación de plazo
Otros
19-06-2017
14
Cumple lo ordenado
PDC Refundido
22-06-2017
15
Acompaña documentos
Otros
30-06-2017
16
Res N° 5. Aprueba Programa de Cumplimiento
PDC Aprobación
06-07-2017
17
Programa de Cumplimiento Refundido
PDC Refundido
18-07-2017
18
Memo Ejecución PDC Piscicultura Rio Hollemberg VF
Informa ejecución satisfactoria de PDC
01-06-2020
19
Resolución declara ejecución satisfactoria de PDC
Resolución Final PDC
04-08-2020

Hechos considerados 2

#
Hecho
Instrumento infringido
Infracción (Art. 35 LOSMA)
Clasificación (Art. 36 LOSMA)
1
El caudal del efluente de descarga de la Planta de Tratamiento de Riles no ha sido monitoreado diariamente, sino de forma mensual, desde la entrada en vigencia de la R.E. Nº 393/2014, que estableció el Plan de Monitoreo Provisorio de Acuimag S.A., hasta la fecha.
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
2
Ejecución de actividades no consideradas en la evaluación ambiental del proyecto, que modifican sustantivamente la extensión y magnitud de sus impactos, a saber: a) Modificación de la bocatoma que capta agua desde el río Hollemberg por medio de la construcción de una barrera de concreto de dimensiones 0,65 m. de ancho, 2.2 m. de alto y 31.15 m. de largo, la cual interviene completamente el cauce del rio; y b) Abastecimiento de agua desde fuentes no contempladas en la evaluación ambiental del proyecto, a través de su extracción desde el Lago Sofía entre los días 23 de octubre de 2015 y 6 de julio de 2016 y desde un pozo profundo ubicado en el sector de borde costero inmediatamente adyacente a la Piscicultura y fuera de su cierre perimetral, entre los días 28 de mayo y 28 de junio de 2016.
Elusión
b) La ejecución de proyectos y el desarrollo de actividades para los que la ley exige Resolución de Calificación Ambiental, sin contar con ella. Asimismo, el incumplimiento del requerimiento efectuado por la Superintendencia según lo previsto en las letras i), j) y k) del artículo 3°
Graved) Involucren la ejecución de proyectos o actividades del artículo 10 de la ley N° 19.300 al margen del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, si no están comprendidos en los supuestos de la letra F) del número anterior.

Fiscalizaciones asociadas 3

Expediente de fiscalización
Año actividad
Detalle
DFZ-2015-391-XII-RCA-IA
2015
DFZ-2016-2770-XII-RCA-IA
2016
DFZ-2018-1126-XII-PC-EI
2019

Medidas provisionales asociadas 0

No se registran medidas provisionales asociadas.

Sanciones 0

No se registran sanciones aplicadas.
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