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Procedimiento sancionatorioExpediente F-011-2017

Procedimiento sancionatorio CITA - RSU ECOBIO

Expediente: F-011-2017
Fecha inicio: 16-03-2017
Fecha término: 15-03-2022
Multa: Sin multa aplicada
Estado de pago: Sin información de pago
Estado: Terminado - PDC Satisfactorio
Unidad fiscalizable: CITA - RSU ECOBIO
Titular: ECOBIO S.A.
Comuna / Región: Chillán Viejo — Región de Ñuble
Programa de cumplimiento: Ver PdC →
Registro Público de Sanciones: Sin sanción en Registro Público

Documentos 53

#
Nombre documento
Tipo documento
Fecha
Descargar
1
Otros
Otros
15-03-2017
2
Formulación de Cargos
Formulación de Cargos
16-03-2017
3
Resoluciones Programa de Monitoreo
Otros
16-03-2017
4
Notificación FDC
Notificación Formulación de Cargos
17-03-2017
5
Solicitud ampliación de plazo
Otros
27-03-2017
6
Res. Ex. N° 2 Ampliación de Plazo
Otros
29-03-2017
7
Presentación PDC Ecobio
PDC Presentación
07-04-2017
8
Anexos PDC
Otros
07-04-2017
9
Presentación de Ecobío S.A.
Otros
02-05-2017
10
Res. Ex. N° 3
Otros
05-05-2017
11
Denuncias
Otros
05-05-2017
12
Memo DSC N° 283
Otros
11-05-2017
13
Res. Ex. N° 4 Observaciones al PDC
PDC - Observaciones de la SMA
16-05-2017
14
Not. Res. Ex. N° 4
Otros
16-05-2017
15
Carta Ulises Lari
Otros
17-05-2017
16
Solicitud Reunión de Asistencia
Otros
18-05-2017
17
Carta Ulises Lari Complementaria
Otros
18-05-2017
18
Registro reunión asistencia 23 de mayo de 2017
Otros
23-05-2017
19
Solicitud ampliación de plazo
Otros
23-05-2017
20
Solicitud nuevo plazo
Otros
23-05-2017
21
Anexos Solicitud Nuevo Plazo
Otros
23-05-2017
22
Carta Certificada Rodrigo Becerra
Otros
24-05-2017
23
Seguimiento Notificación Rodrigo Becerra
Otros
24-05-2017
24
Res. Ex. N° 5 Se pronuncia sobre escritos Ulises lari
Otros
25-05-2017
25
Res. Ex. N° 6 Se pronuncia sobre solicitud de ampliación de plazo
Otros
25-05-2017
26
Res. Ex. N° 7 Se pronuncia sobre solicitud nuevo plazo
Otros
26-05-2017
27
Certificado de Residencia Ulises Lari
Otros
31-05-2017
28
Respuesta a Requerimiento Res. Ex. N° 7
Otros
31-05-2017
29
Anexos Respuesta a Requerimiento
Otros
31-05-2017
30
Res. Ex. N° 8 Otorga el carácter de Interesado
Otros
01-06-2017
31
Presenta Programa de Cumplimiento Refundido
PDC Refundido
01-06-2017
32
Anexos PDC Refundido
Otros
01-06-2017
33
Res. Ex. N° 9 Resuelve solicitud de nuevo plazo
Otros
05-06-2017
34
Aclara inconsistencias y responde a observaciones de Ulises Lari
Otros
15-06-2017
35
Res. Ex. N° 10 Tiene por presentado PDC Refundido y se pronuncia respecto de reserva
Otros
10-07-2017
36
Presenta Informe Aguas Subterráneas
Otros
18-07-2017
37
Presenta segundo refundido de PDC e Informes Aguas Subterráneas y Suelo
Otros
28-07-2017
38
Anexo Segundo PDC Refundido
Otros
28-07-2017
39
Entrega antecedentes adicionales al PDC
Otros
03-11-2017
40
Anexos Entrega Antecedentes adicionales
Otros
03-11-2017
41
Res. Ex. N° 11 Se pronuncia sobre PDC Refundido presentado por Ecobío S.A.
PDC - Observaciones de la SMA
12-12-2017
42
Notificación Res. Ex. N° 11
Otros
15-12-2017
43
Solicitud ampliación de plazo
Otros
19-12-2017
44
Res. Ex. N° 12 Se pronuncia sobre solicitud de ampliación de plazo
Otros
20-12-2017
45
Programa de Cumplimiento Refundido, Coordinado y Sistematizado
PDC Refundido
02-01-2018
46
Anexos a PDC Refundido
Otros
02-01-2018
47
Presentación rectifica tercer PDC refundido
Otros
18-01-2018
48
Anexos presentación rectificación
Otros
18-01-2018
49
Res. Ex. N° 13 Aprueba PDC presentado por Ecobío S.A.
PDC Aprobación
23-02-2018
50
Notificación aprobación PdC
Otros
01-03-2018
51
Memorándum deriva PdC ejecutado satisfactoriamente al Superintendente
Informa ejecución satisfactoria de PDC
22-02-2022
52
Res Ex N°382 Declara ejecución satisfactoria PDC
Resolución Final PDC
15-03-2022
53
Not Res Ex N°382
Otros
16-03-2022

Hechos considerados 10

#
Hecho
Instrumento infringido
Infracción (Art. 35 LOSMA)
Clasificación (Art. 36 LOSMA)
1
No contar con una Planta de trituración de residuos en el CITA.
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
2
No realizar monitoreo de aguas superficiales en el Estero Quitasol
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
3
El almacenamiento y manejo de lixiviados no se realiza conforme fue evaluado, lo que se evidencia en: • Ocurrencia de escurrimiento de lixiviados durante actividades de trasvasije. • Conducciones de lixiviados emplazadas en zonas húmedas, expuestas a derrames y pérdidas en suelo sin impermeabilización • Conducciones rotas, duplicadas o con uso desconocido. • Concentración de líquidos en los alrededores de estanques de acumulación.
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
Gravee) Incumplan gravemente las medidas para eliminar o minimizar los efectos adversos de un proyecto o actividad, de acuerdo a lo previsto en la respectiva Resolución de Calificación Ambiental.
4
No dar aviso a la autoridad ni adoptar las medidas preventivas y reparatorias que correspondieren, respecto mediciones elevadas en el parámetro manganeso, para el monitoreo de aguas subterráneas en el Proyecto.
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
Gravee) Incumplan gravemente las medidas para eliminar o minimizar los efectos adversos de un proyecto o actividad, de acuerdo a lo previsto en la respectiva Resolución de Calificación Ambiental.
5
El monitoreo de lixiviados no se realiza conforme fue autorizado, lo que se evidencia en: • En el monitoreo realizado durante el año 2014, no se realiza análisis de Hidrocarburos totales, DQO, Niquel, Selenio, Sodio y Calcio. • En el monitoreo realizado durante el año 2015, no se realizó el muestreo de nitratos y nitritos en mayo. Lo parámetros pH y Temperatura fueron muestreados solo de manera puntual, en noviembre de 2015.
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
6
El establecimiento industrial presentó superación en los niveles máximos permitidos de ciertos contaminantes establecidos en la norma de emisión antes citada, en el período controlado durante el mes de Abril, Mayo y Septiembre del año 2014 y Marzo del año 2015, tal como se presenta en la Tabla N° 2 de esta resolución.
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
7
No reportar a la autoridad ambiental la ocurrencia de evento de mortandad de 6 aves en las piscinas de almacenamiento de lixiviados del CITA, ni adoptar las acciones necesarias para hacer frente a dichos eventos.
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
Gravee) Incumplan gravemente las medidas para eliminar o minimizar los efectos adversos de un proyecto o actividad, de acuerdo a lo previsto en la respectiva Resolución de Calificación Ambiental.
8
No contar con el Documento de Declaración del SIDREP respecto del residuo de 5.160 kg., proveniente de Vía Limpia, ingresado con fecha 12 de septiembre de 2016 entre 8.00 y 9.20 hrs al CITA.
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
Gravee) Incumplan gravemente las medidas para eliminar o minimizar los efectos adversos de un proyecto o actividad, de acuerdo a lo previsto en la respectiva Resolución de Calificación Ambiental.
9
No realizar el monitoreo de aguas subterráneas conforme fue autorizado ambientalmente, lo que se evidencia en: • Se realiza monitoreo en solo 1 punto aguas arriba y 1 punto aguas abajo del proyecto. • No se monitorean la totalidad de los parámetros, con la frecuencia exigida, conforme se indica en Considerando 18 de la presente resolución. • No se presentan los informes de laboratorio.
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
10
Modificación del Centro Integral de Tratamiento Ambiental Fundo Las Cruces, consistente en la construcción y operación de un Galpón de secado de lodos, sin contar con resolución de calificación ambiental que la autorice.
Elusión
b) La ejecución de proyectos y el desarrollo de actividades para los que la ley exige Resolución de Calificación Ambiental, sin contar con ella. Asimismo, el incumplimiento del requerimiento efectuado por la Superintendencia según lo previsto en las letras i), j) y k) del artículo 3°
Graved) Involucren la ejecución de proyectos o actividades del artículo 10 de la ley N° 19.300 al margen del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, si no están comprendidos en los supuestos de la letra F) del número anterior.

Fiscalizaciones asociadas 4

Expediente de fiscalización
Año actividad
Detalle
DFZ-2014-71-VIII-RCA-IA
2014
DFZ-2015-279-VIII-RCA-IA
2015
DFZ-2016-733-VIII-RCA-IA
2016
DFZ-2018-1276-VIII-PC
2019

Medidas provisionales asociadas 0

No se registran medidas provisionales asociadas.

Sanciones 0

No se registran sanciones aplicadas.
1 elementos seleccionados