Procedimiento sancionatorioExpediente D-026-2017
Procedimiento sancionatorio RELLENO SANITARIOCOYHAIQUE
Expediente: D-026-2017
Fecha inicio: 09-05-2017
Fecha término: 11-06-2018
Multa: 65 U.T.A.
Estado de pago: Pagada
Estado: Terminado - Sanción
Unidad fiscalizable: RELLENO SANITARIOCOYHAIQUE
Titular: ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE COYHAIQUE
Comuna / Región: Coyhaique — Región de Aysén del General Carlos Ibáñez del Campo
Programa de cumplimiento: Sin programa de cumplimiento
Registro Público de Sanciones: Ver sanción →
Documentos 54
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Nombre documento
Tipo documento
Fecha
Descargar
31
Decreta diligencias probatorias que indica
Solicitud de diligencias (sin término probatorio)
16-11-2017
49
Notificación Resolución Sancionatoria
Notificación de Resolución Sancionatoria al Titular
31-01-2018
Hechos considerados 15
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Hecho
Instrumento infringido
Infracción (Art. 35 LOSMA)
Clasificación (Art. 36 LOSMA)
1
Ausencia de barreras impermeables empotradas en estrato arcilloso para confinamiento de la celda.
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
2
Ausencia de pozo testigo instalado en el centro de las piscinas de acumulación de lixiviados ni en otro lugar, destinado a la detección y control de fugas.
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
3
Disponer residuos en el relleno sanitario sin realizar cobertura diaria del frente de trabajo.
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
Gravee) Incumplan gravemente las medidas para eliminar o minimizar los efectos adversos de un proyecto o actividad, de acuerdo a lo previsto en la respectiva Resolución de Calificación Ambiental.
4
Implementación deficiente de las medidas para minimizar riesgo de incendio y medidas para actuar en caso incendios, en particular: a) No mantener control permanente de acceso al proyecto de personas ajenas a la faena. b) Presencia de extintores vencidos c) Irregular conformación y capacitación de la brigada contra incendios. d) Mantención de un depósito de combustibles en condiciones diferentes a lo establecido en la RCA N° 747/2003, el cual está conformado por un depósito plástico con 900 litros de petróleo, sobre un piso de cemento sin piscina antiderrames.
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
Gravee) Incumplan gravemente las medidas para eliminar o minimizar los efectos adversos de un proyecto o actividad, de acuerdo a lo previsto en la respectiva Resolución de Calificación Ambiental.
5
Remoción de la cobertura en la superficie del relleno sanitario, mediante la excavación de cuatro zanjas para la disposición de residuos.
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
6
Disponer residuos industriales líquidos en el relleno sanitario para residuos sólidos domiciliarios y asimilables, en un pozo excavado en la superficie permeable del relleno.
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
Gravee) Incumplan gravemente las medidas para eliminar o minimizar los efectos adversos de un proyecto o actividad, de acuerdo a lo previsto en la respectiva Resolución de Calificación Ambiental.
7
La inclinación de los taludes es mayor a lo indicado en la RCA N°51/2010 y en el D.S. N° 189/2005, sin contar con un estudio de ingeniería que demuestre su estabilidad.
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
Gravee) Incumplan gravemente las medidas para eliminar o minimizar los efectos adversos de un proyecto o actividad, de acuerdo a lo previsto en la respectiva Resolución de Calificación Ambiental.
8
Recepción de residuos provenientes de otras comunas distintas a Coyhaique.
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
Gravee) Incumplan gravemente las medidas para eliminar o minimizar los efectos adversos de un proyecto o actividad, de acuerdo a lo previsto en la respectiva Resolución de Calificación Ambiental.
9
Disposición de lodos generados en Planta de Tratamiento de Aguas Servidas en una pradera ubicada a 90 metros al oeste de las celdas de disposición y al interior del polígono definido como parte del proyecto, en una modalidad distinta a la autorizada ambientalmente.
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
10
Disponer neumáticos en dos acopios al interior del relleno sanitario.
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
Gravee) Incumplan gravemente las medidas para eliminar o minimizar los efectos adversos de un proyecto o actividad, de acuerdo a lo previsto en la respectiva Resolución de Calificación Ambiental.
11
Construcción de una planta de lavado de camiones en diferentes condiciones y ubicación a las señaladas en las RCAs respectivas.
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
12
Implementación deficiente de las medidas destinadas a mitigar la dispersión de vectores sanitarios, lo cual se puede constatar con la presencia de residuos dispersos fuera del perímetro del relleno sanitario.
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
13
No entregar el plan de monitoreo de olores requerido durante la actividad de fiscalización de 27 de junio de 2014.
Requerimientos de Información
j) El incumplimiento de los requerimientos de información que la Superintendencia dirija a los sujetos fiscalizados, de conformidad a esta ley
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
14
No entregar el monitoreo de fauna requerido durante la actividad de fiscalización de 27 de junio de 2014.
Requerimientos de Información
j) El incumplimiento de los requerimientos de información que la Superintendencia dirija a los sujetos fiscalizados, de conformidad a esta ley
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
15
No entregar la totalidad de la información relativa a la disposición de lodos de PTAS requerida durante la actividad de fiscalización de 20 de mayo de 2016
Requerimientos de Información
j) El incumplimiento de los requerimientos de información que la Superintendencia dirija a los sujetos fiscalizados, de conformidad a esta ley
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
Fiscalizaciones asociadas 2
Medidas provisionales asociadas 5
Sanciones 15
#
Hecho
Instrumento
Infracción (Art. 35)
Clasificación (Art. 36)
Sanción
UTA
1
Ausencia de barreras impermeables empotradas en estrato arcilloso para confinamiento de la celda.
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
Absolución
—
2
Ausencia de pozo testigo instalado en el centro de las piscinas de acumulación de lixiviados ni en otro lugar, destinado a la detección y control de fugas.
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
Absolución
—
3
Disponer residuos en el relleno sanitario sin realizar cobertura diaria del frente de trabajo.
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
Gravee) Incumplan gravemente las medidas para eliminar o minimizar los efectos adversos de un proyecto o actividad, de acuerdo a lo previsto en la respectiva Resolución de Calificación Ambiental.
Multa de una a diez mil U.T.A.
29
4
Implementación deficiente de las medidas para minimizar riesgo de incendio y medidas para actuar en caso incendios, en particular: a) No mantener control permanente de acceso al proyecto de personas ajenas a la faena. b) Presencia de extintores vencidos c) Irregular conformación y capacitación de la brigada contra incendios. d) Mantención de un depósito de combustibles en condiciones diferentes a lo establecido en la RCA N° 747/2003, el cual está conformado por un depósito plástico con 900 litros de petróleo, sobre un piso de cemento sin piscina antiderrames.
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
Gravee) Incumplan gravemente las medidas para eliminar o minimizar los efectos adversos de un proyecto o actividad, de acuerdo a lo previsto en la respectiva Resolución de Calificación Ambiental.
Multa de una a diez mil U.T.A.
11
5
Remoción de la cobertura en la superficie del relleno sanitario, mediante la excavación de cuatro zanjas para la disposición de residuos.
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
Multa de una a diez mil U.T.A.
1
6
Disponer residuos industriales líquidos en el relleno sanitario para residuos sólidos domiciliarios y asimilables, en un pozo excavado en la superficie permeable del relleno.
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
Gravee) Incumplan gravemente las medidas para eliminar o minimizar los efectos adversos de un proyecto o actividad, de acuerdo a lo previsto en la respectiva Resolución de Calificación Ambiental.
Multa de una a diez mil U.T.A.
11
7
La inclinación de los taludes es mayor a lo indicado en la RCA N°51/2010 y en el D.S. N° 189/2005, sin contar con un estudio de ingeniería que demuestre su estabilidad.
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
Gravee) Incumplan gravemente las medidas para eliminar o minimizar los efectos adversos de un proyecto o actividad, de acuerdo a lo previsto en la respectiva Resolución de Calificación Ambiental.
Multa de una a diez mil U.T.A.
2
8
Recepción de residuos provenientes de otras comunas distintas a Coyhaique.
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
Gravee) Incumplan gravemente las medidas para eliminar o minimizar los efectos adversos de un proyecto o actividad, de acuerdo a lo previsto en la respectiva Resolución de Calificación Ambiental.
Multa de una a diez mil U.T.A.
2
9
Disposición de lodos generados en Planta de Tratamiento de Aguas Servidas en una pradera ubicada a 90 metros al oeste de las celdas de disposición y al interior del polígono definido como parte del proyecto, en una modalidad distinta a la autorizada ambientalmente.
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
Multa de una a diez mil U.T.A.
1
10
Disponer neumáticos en dos acopios al interior del relleno sanitario.
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
Gravee) Incumplan gravemente las medidas para eliminar o minimizar los efectos adversos de un proyecto o actividad, de acuerdo a lo previsto en la respectiva Resolución de Calificación Ambiental.
Multa de una a diez mil U.T.A.
3
11
Construcción de una planta de lavado de camiones en diferentes condiciones y ubicación a las señaladas en las RCAs respectivas.
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
Multa de una a diez mil U.T.A.
1
12
Implementación deficiente de las medidas destinadas a mitigar la dispersión de vectores sanitarios, lo cual se puede constatar con la presencia de residuos dispersos fuera del perímetro del relleno sanitario.
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
Multa de una a diez mil U.T.A.
1
13
No entregar el plan de monitoreo de olores requerido durante la actividad de fiscalización de 27 de junio de 2014.
Requerimientos de Información
j) El incumplimiento de los requerimientos de información que la Superintendencia dirija a los sujetos fiscalizados, de conformidad a esta ley
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
Multa de una a diez mil U.T.A.
1
14
No entregar el monitoreo de fauna requerido durante la actividad de fiscalización de 27 de junio de 2014.
Requerimientos de Información
j) El incumplimiento de los requerimientos de información que la Superintendencia dirija a los sujetos fiscalizados, de conformidad a esta ley
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
Multa de una a diez mil U.T.A.
1
15
No entregar la totalidad de la información relativa a la disposición de lodos de PTAS requerida durante la actividad de fiscalización de 20 de mayo de 2016
Requerimientos de Información
j) El incumplimiento de los requerimientos de información que la Superintendencia dirija a los sujetos fiscalizados, de conformidad a esta ley
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
Multa de una a diez mil U.T.A.
1