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Procedimiento sancionatorioExpediente F-036-2013

Procedimiento sancionatorio LEÑERÍASAN CRISTÓBAL

Expediente: F-036-2013
Fecha inicio: 27-11-2013
Fecha término: 27-03-2014
Multa: 0.2 U.T.A.
Estado de pago: Pagada
Estado: Terminado - Sanción
Unidad fiscalizable: LEÑERÍASAN CRISTÓBAL
Comuna / Región: Temuco — Región de La Araucanía
Programa de cumplimiento: Sin programa de cumplimiento
Registro Público de Sanciones: Ver sanción →

Documentos 9

#
Nombre documento
Tipo documento
Fecha
Descargar
1
Designación de Fiscal instructor
Otros
25-11-2013
2
Formulación de cargos
Formulación de Cargos
27-11-2013
3
Emisión de Dictámen que propone sanción
Dictamen
13-02-2014
4
Resuelve Procedimiento Administrativo Sancionatorio
Resolución Sancionatoria
25-02-2014
5
Recurso de reposición
Presentación de Reposición
12-03-2014
6
Resuelve reposición
Resolución Reposición
27-03-2014
7
ORD N120 Tesorería General de la República
Resolución Acredita Pago de Multa Total
06-01-2016
8
RESOL 63 SMA 2021
Otros
13-01-2021
9
Notificación RESOL 63 SMA 2021
Otros
18-01-2021

Hechos considerados 1

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Hecho
Instrumento infringido
Infracción (Art. 35 LOSMA)
Clasificación (Art. 36 LOSMA)
1
A. En relación con la humedad permitida para la leña destinada a comercialización
c) El incumplimiento de las medidas e instrumentos previstos en los Planes de Prevención y, o de Descontaminación, normas de calidad y emisión, cuando corresponda.
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.

Fiscalizaciones asociadas 0

No se registran fiscalizaciones asociadas.

Medidas provisionales asociadas 0

No se registran medidas provisionales asociadas.

Sanciones 1

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Hecho
Instrumento
Infracción (Art. 35)
Clasificación (Art. 36)
Sanción
UTA
1
A. En relación con la humedad permitida para la leña destinada a comercialización
c) El incumplimiento de las medidas e instrumentos previstos en los Planes de Prevención y, o de Descontaminación, normas de calidad y emisión, cuando corresponda.
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
Multa de una a diez mil U.T.A.
0.2
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