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Procedimiento sancionatorioExpediente F-048-2017

Procedimiento sancionatorio RILES VIÑA ECHEVERRIA

Expediente: F-048-2017
Fecha inicio: 19-10-2017
Fecha término: 20-08-2025
Multa: Sin multa aplicada
Estado de pago: Sin información de pago
Estado: Terminado - PDC Satisfactorio
Unidad fiscalizable: RILES VIÑA ECHEVERRIA
Comuna / Región: Molina — Región del Maule
Programa de cumplimiento: Ver PdC →
Registro Público de Sanciones: Sin sanción en Registro Público

Documentos 16

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Nombre documento
Tipo documento
Fecha
Descargar
1
Formulación de Cargos
Formulación de Cargos
19-10-2017
2
Seguimiento Correos de Chile
Otros
03-11-2017
3
Registro de Asistencia al Cumplimiento
Otros
07-11-2017
4
Solicitud de ampliación de plazos
Otros
14-11-2017
5
Res. Ex. N° 2_Resuelve solicitud de ampliación de plazo
Otros
17-11-2017
6
Programa de Cumplimiento
PDC Presentación
24-11-2017
7
Complemento de Solicitud de Ampliación de Plazo
Otros
17-01-2018
8
Observaciones Programa de Cumplimiento
PDC - Observaciones de la SMA
05-02-2018
9
Notificación Personal
Otros
05-02-2018
10
Registro de Asistencia al Cumplimiento
Otros
05-02-2018
11
Programa de Cumplimiento Refundido
PDC Refundido
13-02-2018
12
Res. Ex. N° 4_Aprueba Programa de Cumplimiento
PDC Aprobación
22-02-2018
13
Notificación personal
Notificación de Aprobación de PDC
12-03-2018
14
Memorándum N° 542/2025 Propone ejecución satisfactoria de PdC
Informa ejecución satisfactoria de PDC
14-07-2025
15
Resolución final PdC
Resolución Final PDC
20-08-2025
16
Resolución final PdC
Otros
11-09-2025

Hechos considerados 3

#
Hecho
Instrumento infringido
Infracción (Art. 35 LOSMA)
Clasificación (Art. 36 LOSMA)
1
El establecimiento industrial presentó superación del límite máximo permitido por la Tabla N° 1 del artículo 1 numeral 4.2 del D.S. N°90/2000, para el parámetro DBO5, durante los meses de enero y marzo del año 2015; no configurándose los supuestos señalados en el numeral 6.4.2 del D.S. N° 90/2000.
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
2
El establecimiento industrial no reportó información asociada a los remuestreos comprometidos en la Res. Ex. N° 2930, de 25 de octubre de 2006, de la SISS, para los parámetros incluidos en la Tabla N° 4 de la presente resolución, durante los meses de marzo y agosto del año 2015.
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
3
El establecimiento industrial presentó excedencia en el volumen máximo de caudal según lo establecido en la Resolución Exenta SISS N° 2930, de fecha 25 de agosto de 2006, para los meses de septiembre, octubre, noviembre y diciembre del año 2014; enero, abril, mayo, junio, julio, agosto, septiembre, octubre, noviembre y diciembre del año 2015; y enero, febrero, marzo abril, mayo, junio, julio, agosto, septiembre, octubre, noviembre y diciembre del año 2016.
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.

Fiscalizaciones asociadas 1

Expediente de fiscalización
Año actividad
Detalle
DFZ-2018-3000-VII-PC
2019

Medidas provisionales asociadas 0

No se registran medidas provisionales asociadas.

Sanciones 0

No se registran sanciones aplicadas.
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