Procedimiento sancionatorioExpediente F-048-2017
Procedimiento sancionatorio RILES VIÑA ECHEVERRIA
Expediente: F-048-2017
Fecha inicio: 19-10-2017
Fecha término: 20-08-2025
Multa: Sin multa aplicada
Estado de pago: Sin información de pago
Estado: Terminado - PDC Satisfactorio
Unidad fiscalizable: RILES VIÑA ECHEVERRIA
Titular: VINA ECHEVERRIA LTDA
Comuna / Región: Molina — Región del Maule
Programa de cumplimiento: Ver PdC →
Registro Público de Sanciones: Sin sanción en Registro Público
Documentos 16
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Nombre documento
Tipo documento
Fecha
Descargar
14
Memorándum N° 542/2025 Propone ejecución satisfactoria de PdC
Informa ejecución satisfactoria de PDC
14-07-2025
Hechos considerados 3
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Hecho
Instrumento infringido
Infracción (Art. 35 LOSMA)
Clasificación (Art. 36 LOSMA)
1
El establecimiento industrial presentó superación del límite máximo permitido por la Tabla N° 1 del artículo 1 numeral 4.2 del D.S. N°90/2000, para el parámetro DBO5, durante los meses de enero y marzo del año 2015; no configurándose los supuestos señalados en el numeral 6.4.2 del D.S. N° 90/2000.
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
2
El establecimiento industrial no reportó información asociada a los remuestreos comprometidos en la Res. Ex. N° 2930, de 25 de octubre de 2006, de la SISS, para los parámetros incluidos en la Tabla N° 4 de la presente resolución, durante los meses de marzo y agosto del año 2015.
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
3
El establecimiento industrial presentó excedencia en el volumen máximo de caudal según lo establecido en la Resolución Exenta SISS N° 2930, de fecha 25 de agosto de 2006, para los meses de septiembre, octubre, noviembre y diciembre del año 2014; enero, abril, mayo, junio, julio, agosto, septiembre, octubre, noviembre y diciembre del año 2015; y enero, febrero, marzo abril, mayo, junio, julio, agosto, septiembre, octubre, noviembre y diciembre del año 2016.
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
Fiscalizaciones asociadas 1
Expediente de fiscalización
Año actividad
Detalle
Medidas provisionales asociadas 0
No se registran medidas provisionales asociadas.
Sanciones 0
No se registran sanciones aplicadas.