Procedimiento sancionatorioExpediente D-081-2017
Procedimiento sancionatorio HOSTERIA LAS TORRES
Expediente: D-081-2017
Fecha inicio: 10-11-2017
Fecha término: —
Multa: Sin multa aplicada
Estado de pago: Sin información de pago
Estado: Programa de Cumplimiento en ejecución
Unidad fiscalizable: HOSTERIA LAS TORRES
Titular: LAS TORRES DE LA PATAGONIA S A
Comuna / Región: Torres del Paine — Región de Magallanes y la Antártica Chilena
Programa de cumplimiento: Ver PdC →
Registro Público de Sanciones: Sin sanción en Registro Público
Documentos 41
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Nombre documento
Tipo documento
Fecha
Descargar
40
Res. Ex. 11 Se pronuncia sobre escrito de 20 de mayo de Torres de la Patagonia
Otros
13-06-2019
Hechos considerados 5
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Hecho
Instrumento infringido
Infracción (Art. 35 LOSMA)
Clasificación (Art. 36 LOSMA)
1
El titular no ha obtenido los Permisos Ambientales Sectoriales (“PAS”) del artículo 92 del D.S. MINSEGPRES N°30/1997 (actual PAS mixto descrito en el artículo 138 del D.S. MMA N°40/2012), requerido para el funcionamiento del sistema particular de alcantarillado vinculado a los proyectos aprobados ambientalmente mediante RCA N° 54/1999 (ampliación Hotel Las Torres) y RCA N°150/2001 (Edificio recepción y centro interpretativo) y RCA N° 173/2002 (Viviendas para el personal).
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
2
La fosa séptica que recibe las aguas servidas del sector de la Villa del Personal (Fosa N° 5), no es impermeable a los líquidos contenidos en ella, conforme con lo comprometido en la RCA, lo cual generó un apozamiento de aguas servidas directamente sobre el suelo adyacente.
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
3
El camión utilizado para efectuar el transporte de los residuos sólidos domiciliarios hasta el vertedero en el cual son dispuestos, no posee el carácter de estanqueidad comprometido, lo cual generó escurrimientos de líquidos percolados desde su camada hacia el exterior.
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
4
El titular se encuentra operando el “Proyecto Modificación Hotel Las Torres Patagonia”, que considera la construcción de 14 edificaciones o dependencias y 12 sistemas particulares de alcantarillado, sin haberlo sometido al SEIA y, por ende, sin contar al día de hoy con la correspondiente Resolución de Calificación Ambiental que los evalúe ambientalmente.
Elusión
b) La ejecución de proyectos y el desarrollo de actividades para los que la ley exige Resolución de Calificación Ambiental, sin contar con ella. Asimismo, el incumplimiento del requerimiento efectuado por la Superintendencia según lo previsto en las letras i), j) y k) del artículo 3°
Graved) Involucren la ejecución de proyectos o actividades del artículo 10 de la ley N° 19.300 al margen del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, si no están comprendidos en los supuestos de la letra F) del número anterior.
5
El titular no ha remitido a este organismo fiscalizador la información requerida mediante Resolución Exenta (SMA) N°574 de fecha 02/10/12 y sus posteriores modificaciones, manteniendo en etapa de “edición” los formularios electrónicos vinculados a los proyectos “Ampliación Hostería Las Torres de la Patagonia” (RCA N°54/1999), “Ampliación Hostería Las Torres de la Patagonia – Recepción y Centro Interpretativo” (RCA N°150/2001) y “Ampliación Hostería Las Torres de la Patagonia, Viviendas para el personal” (RCA N°173/2002, según consta en el sistema de Registro Público de Resoluciones de Calificación Ambiental.
e) El incumplimiento de las normas e instrucciones generales que la Superintendencia imparta en ejercicio de las atribuciones que le confiere la ley
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
Fiscalizaciones asociadas 1
Expediente de fiscalización
Año actividad
Detalle
Medidas provisionales asociadas 0
No se registran medidas provisionales asociadas.
Sanciones 0
No se registran sanciones aplicadas.