Procedimiento sancionatorioExpediente D-015-2018
Procedimiento sancionatorio PTAS LA ISLITA - ISLA DE MAIPO
Expediente: D-015-2018
Fecha inicio: 01-03-2018
Fecha término: 22-05-2020
Multa: Sin multa aplicada
Estado de pago: Sin información de pago
Estado: Terminado - PDC Satisfactorio
Unidad fiscalizable: PTAS LA ISLITA - ISLA DE MAIPO
Comuna / Región: Isla de Maipo — Región Metropolitana
Programa de cumplimiento: Ver PdC →
Registro Público de Sanciones: Sin sanción en Registro Público
Documentos 31
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Nombre documento
Tipo documento
Fecha
Descargar
4
Registro Correos de Chile Notificación PTAS La Islita
Notificación Formulación de Cargos
12-03-2018
6
Registro Reunión de Asistencia al Cumplimiento
Registro de Asistencia al Cumplimiento
19-03-2018
8
Resolución Exenta N2/ROL D 015 2018
Resuelve Solicitud Ampliación de Plazos (Descargos y PDC Presentación)
27-03-2018
26
Firmado Memo 217 Ejecución PDC Islita 1
Informa ejecución satisfactoria de PDC
08-04-2020
27
Res. Ex. N° 836 de 2020 Declara la ejecución satisfactoria del PdC
Resolución Final PDC
22-05-2020
Hechos considerados 5
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Hecho
Instrumento infringido
Infracción (Art. 35 LOSMA)
Clasificación (Art. 36 LOSMA)
1
No tener arborización en el costado poniente, el cual es colindante a parcelas con viviendas, y al sur de la propiedad de la PTAS.
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
Gravee) Incumplan gravemente las medidas para eliminar o minimizar los efectos adversos de un proyecto o actividad, de acuerdo a lo previsto en la respectiva Resolución de Calificación Ambiental.
2
Haber operado sin tener Resolución de Programa de Monitoreo de acuerdo al DS N° 90/2000 MINSEGPRES, habiendo calificado como fuente emisora, hasta el 19 de febrero de 2018
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
3
Manejo deficiente de lodos en relación a lo exigido por RCA, lo que se verificó el 10 de mayo de 2017 por las siguientes circunstancias: a. No se constató la habilitación de contenedores cerrados para la acumulación de lodos en inspección ambiental. b. No retirar los lodos con la frecuencia de 7 días indicada en la RCA
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
Gravee) Incumplan gravemente las medidas para eliminar o minimizar los efectos adversos de un proyecto o actividad, de acuerdo a lo previsto en la respectiva Resolución de Calificación Ambiental.
4
No se ha acreditado el cumplimiento al deber de informar a la autoridad competente de los eventos de contingencia ocurridos en septiembre de 2016
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
5
Incumplimiento a requerimiento de información efectuado en acta de inspección de 10 de mayo de 2017, por cuanto no se dio respuesta o respondió de forma incompleta, como se detalla en el considerado 51 de la presente Formulación de Cargos.
Elusión
j) El incumplimiento de los requerimientos de información que la Superintendencia dirija a los sujetos fiscalizados, de conformidad a esta ley
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
Fiscalizaciones asociadas 2
Medidas provisionales asociadas 0
No se registran medidas provisionales asociadas.
Sanciones 0
No se registran sanciones aplicadas.