Procedimiento sancionatorioExpediente D-057-2026
Procedimiento sancionatorio PROYECTO INMOBILIARIO SEMINARIO 850 - ÑUÑOA
Expediente: D-057-2026
Fecha inicio: 27-03-2026
Fecha término: —
Multa: Sin multa aplicada
Estado de pago: Sin información de pago
Estado: En curso
Unidad fiscalizable: PROYECTO INMOBILIARIO SEMINARIO 850 - ÑUÑOA
Titular: INMOBILIARIA FP 75 SPA
Comuna / Región: Ñuñoa — Región Metropolitana
Programa de cumplimiento: Sin programa de cumplimiento
Registro Público de Sanciones: Sin sanción en Registro Público
Documentos 8
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Nombre documento
Tipo documento
Fecha
Descargar
6
Solicitud de asistencia al cumplimiento
Solicitud de Asistencia al Cumplimiento
08-04-2026
Hechos considerados 4
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Hecho
Instrumento infringido
Infracción (Art. 35 LOSMA)
Clasificación (Art. 36 LOSMA)
1
Incumplimiento de medidas de control de ruido: a. Deficiente instalación de barrera acústica perimetral y cumbrera en deslindes norte y sur, sin asegurar su hermeticidad; b. Ausencia de barrera acústica perimetral y cumbrera en deslindes oriente y poniente; c. Utilización de bomba de hormigón sin semi encierro acústico.
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
Gravee) Incumplan gravemente las medidas para eliminar o minimizar los efectos adversos de un proyecto o actividad, de acuerdo a lo previsto en la respectiva Resolución de Calificación Ambiental.
2
Incumplimiento de medidas de control de emisiones atmosféricas: a. Pilas de tierras sin cubrimiento mediante lona o malla raschel; b. Ausencia de barreras perimetrales con doble capa, con malla raschel de 1 metro de altura.
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
3
Manejo deficiente de residuos: a. Ausencia de un sistema de lavado de ruedas de vehículos y camiones; b. Incumplimiento de la obligación de almacenamiento temporal de residuos de la construcción en contenedores debidamente identificados.
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
4
La obtención, con fechas 30 de marzo de 2023 y 3 de febrero de 2026, de Niveles de Presión Sonora Corregidos (NPC) de 71, 71 y 66 dB(A), respectivamente, todas las mediciones efectuadas en horario diurno; en condición interna, con ventana abierta la primera; en condición externa la segunda; y en condición interna, con ventana abierta la tercera; y en un receptor sensible ubicado en Zona II.
h) El incumplimiento de las Normas de Emisión, cuando corresponda
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
Fiscalizaciones asociadas 2
Medidas provisionales asociadas 0
No se registran medidas provisionales asociadas.
Sanciones 0
No se registran sanciones aplicadas.