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Procedimiento sancionatorioExpediente F-038-2013

Procedimiento sancionatorio VERTEDERO TEMUCO

Expediente: F-038-2013
Fecha inicio: 09-12-2013
Fecha término: 25-10-2017
Multa: 320 U.T.A.
Estado de pago: Pendiente
Estado: Terminado - Sanción
Unidad fiscalizable: VERTEDERO TEMUCO
Comuna / Región: Temuco — Región de La Araucanía
Programa de cumplimiento: Sin programa de cumplimiento
Registro Público de Sanciones: Ver sanción →

Documentos 48

#
Nombre documento
Tipo documento
Fecha
Descargar
1
Designa Fiscal Instructor
Otros
29-10-2013
2
Formulación de cargos
Formulación de Cargos
09-12-2013
3
Solicita Ampliación de Plazo
Otros
03-01-2014
4
Programa de Cumplimiento
PDC Presentación
03-01-2014
5
Accede a lo solicitado
Otros
06-01-2014
6
Deriva Programa de Cumplimiento a DFZ
PDC Solicita revisión a DFZ
14-01-2014
7
Observaciones al Programa de Cumplimiento formuladas por DFZ
PDC Observaciones de DFZ
21-01-2014
8
Deriva Programa de Cumplimiento a Jefe UIPS
Otros
12-02-2014
9
Acepta Programa de Cumplimiento bajo Condición Suspensiva
PDC - Observaciones de la SMA
17-02-2014
10
Programa de Cumplimiento Refundido, Coordinado y Sistematizado
PDC Refundido
03-03-2014
11
Designa nuevo fiscal instructor
Otros
30-04-2014
12
Rechaza Programa de Cumplimiento
PDC Rechazo
02-05-2014
13
Informe MINSAL sobre situación en el Vertedero Boyeco
Otros
08-05-2014
14
Solicita antecedentes al Seremi de Salud Araucanía
Otros
22-05-2014
15
Presenta Plan de Ajustes
Otros
23-05-2014
16
Seremi de Salud Araucanía remite antecedentes solicitados
Otros
05-06-2014
17
Antecedentes asociados al Plan de Ajustes .rar
Otros
22-06-2014
18
Téngase presente escritos que indica y solicita antecedentes a la Ilustre Municipalidad de Temuco
Otros
09-01-2015
19
Solicita Ampliación de Plazo
Otros
29-01-2015
20
Accede a lo solicitado
Otros
02-02-2015
21
Solicita antecedentes al Seremi de Salud Araucanía
Solicitud de diligencias (sin término probatorio)
05-02-2015
22
Actualización de Plan de Ajustes
Otros
05-02-2015
23
SEREMI de Salud de la Araucanía remite ORD. N° J1 0576 Remite antecedentes a la SMA
Otros
03-03-2015
24
CD 1 acompañado por SEREMI de Salud de la Araucanía. ORD. N J1 0576
Otros
03-03-2015
25
CD 2 acompañado por SEREMI de Salud de la Araucanía. ORD. N J1 0576
Otros
03-03-2015
26
Memo designa fiscal instructor titular y suplente
Otros
11-03-2015
27
Se tiene presente antecedentes aportados por la Ilustre Municipalidad de Temuco
Otros
12-03-2015
28
Informe de Fiscalización Ambiental DFZ 2015 341 IX RCA IA
Otros
04-08-2015
29
Anexos IFA DFZ 2015 341 IX RCA IA. Parte 1
Otros
04-08-2015
30
Anexos IFA DFZ 2015 341 IX RCA IA. Parte 2
Otros
04-08-2015
31
Anexos IFA DFZ 2015 341 IX RCA IA. Parte 3
Otros
04-08-2015
32
Res. Ex. N°1472. Incorpora Antecedentes. Da traslado.
Otros
10-08-2015
33
Ord. MZS N°350 Remite denuncias asociadas al Vertedero Boyeco
Otros
11-08-2015
34
Ilustre Municipalidad de Temuco solicita ampliación de plazo
Otros
24-08-2015
35
Se concede ampliación de plazo
Otros
25-08-2015
36
Ilustre Municipalidad de Temuco responde traslado
Otros
28-08-2015
37
Se dicta el cierre de la investigación y se tiene presente escrito de la Ilustre Municipalidad de Temuco
Término de la Investigación
22-09-2015
38
Dictamen
Dictamen
28-09-2015
39
MEMO DERIVACIÓN DICTAMEN A SUPERINTENDENTE
Otros
28-09-2015
40
Resolución sanción
Resolución Sancionatoria
13-10-2015
41
Notificación
Otros
14-10-2015
42
Reclamación Municipalidad de Temuco Tercer Tribunal Ambiental
Notificación de reclamación
30-10-2015
43
Recurso de Reposición
Otros
05-11-2015
44
Resolución Exenta 1136 Resuelve Recurso de Reposición
Otros
26-11-2015
45
Notificación Personal Resolución 1136 SMA 2015
Otros
30-11-2015
46
Sentencia de Tribunal Ambiental
Sentencia de Tribunal Ambiental
23-03-2016
47
Recurso de Casación Ilustre Municipalidad de Temuco
Interposición de Casación por SMA
13-04-2016
48
Sentencia Corte Suprema
Sentencia Corte Suprema
25-10-2017

Hechos considerados 12

#
Hecho
Instrumento infringido
Infracción (Art. 35 LOSMA)
Clasificación (Art. 36 LOSMA)
1
A1: El titular inició tardiamente las obras de cierre en el área A del proyecto, en los términos y plazos comprometidos en la RCA. A la fecha el área A debiese estar cerrada, con cobertura de césped y sistema de riego operativo. Sin embargo el Área A se mantiene en etapa de operación, siendo el actual frente de trabajo del Vertedero.
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
2
A2: El titular no ha dado inicio a las obras de cierre en las áreas B, C y D, en los términos y plazos comprometidos en la RCA.
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
Gravee) Incumplan gravemente las medidas para eliminar o minimizar los efectos adversos de un proyecto o actividad, de acuerdo a lo previsto en la respectiva Resolución de Calificación Ambiental.
3
A3: El titular no ha eliminado las lagunas existentes en el Vertedero, cuyo plazo de cumplimiento era el primer año de ejecución del Plan de Cierre.
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
Gravee) Incumplan gravemente las medidas para eliminar o minimizar los efectos adversos de un proyecto o actividad, de acuerdo a lo previsto en la respectiva Resolución de Calificación Ambiental.
4
B1. Se observaron zonas con pozas superficiales de aguas (charcos), en distintas zonas de las Áreas A,B y C debido a que el titular no ha implementado las medidas de reperfilamiento en dichas zonas.
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
5
B2: En el frente de trabajo se observaron vectores sanitarios, tales como aves y perros.
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
Gravee) Incumplan gravemente las medidas para eliminar o minimizar los efectos adversos de un proyecto o actividad, de acuerdo a lo previsto en la respectiva Resolución de Calificación Ambiental.
6
B3: El titular no ha implementado el sistema de captación y control de lixiviados, por lo que se observan zonas de acumulación de estos líquidos, los cuales se mezclan con las aguas de un canal de desagüe, para posteriormente ser descargados en el Estero Cuzaco.
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
Gravee) Incumplan gravemente las medidas para eliminar o minimizar los efectos adversos de un proyecto o actividad, de acuerdo a lo previsto en la respectiva Resolución de Calificación Ambiental.
7
B4 No se observan canales perimetrales que sirvan para la recolección y conducción de aguas lluvias en ninguna de las distintas áreas consideradas en el proyecto de cierre del Vertedero.
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
Gravee) Incumplan gravemente las medidas para eliminar o minimizar los efectos adversos de un proyecto o actividad, de acuerdo a lo previsto en la respectiva Resolución de Calificación Ambiental.
8
B5: El titular no ha instalado las chimeneas en las Áreas A,B,C y D del vertedero Boyeco, por tanto no tiene implementadas las medidas de control y manejo de biogases.
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
Gravee) Incumplan gravemente las medidas para eliminar o minimizar los efectos adversos de un proyecto o actividad, de acuerdo a lo previsto en la respectiva Resolución de Calificación Ambiental.
9
C1: El cierre perimetral del Vertedero Boyeco, presenta aperturas en diferentes sectores (este, sur y oeste), en donde pueden acceder personas, vehículos y animales (perros y vacunos).
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
10
C2: No hay control de ingreso al recinto, en efecto se evidenció la presencia de un numeroso grupo de recolectores informales en el área A del vertedero (frente de trabajo).
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
11
D. En las áreas B,C y D se observan residuos dispersos sobre sus superficies, a pesar de que no se realiza disposición de RSD en dichos terrenos.
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
12
E. El titular se encuentra recibiendo en el actual frente de trabajo del proyecto (Area A) 495 ton/día de RSD , en promedio, cantidad superior a las 280 ton/día consideradas en el diseño del proyecto de cierre del Vertedero.
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.

Fiscalizaciones asociadas 0

No se registran fiscalizaciones asociadas.

Medidas provisionales asociadas 0

No se registran medidas provisionales asociadas.

Sanciones 12

#
Hecho
Instrumento
Infracción (Art. 35)
Clasificación (Art. 36)
Sanción
UTA
1
A1: El titular inició tardiamente las obras de cierre en el área A del proyecto, en los términos y plazos comprometidos en la RCA. A la fecha el área A debiese estar cerrada, con cobertura de césped y sistema de riego operativo. Sin embargo el Área A se mantiene en etapa de operación, siendo el actual frente de trabajo del Vertedero.
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
Multa de una a diez mil U.T.A.
4
2
A2: El titular no ha dado inicio a las obras de cierre en las áreas B, C y D, en los términos y plazos comprometidos en la RCA.
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
Gravee) Incumplan gravemente las medidas para eliminar o minimizar los efectos adversos de un proyecto o actividad, de acuerdo a lo previsto en la respectiva Resolución de Calificación Ambiental.
Absolución
3
A3: El titular no ha eliminado las lagunas existentes en el Vertedero, cuyo plazo de cumplimiento era el primer año de ejecución del Plan de Cierre.
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
Gravee) Incumplan gravemente las medidas para eliminar o minimizar los efectos adversos de un proyecto o actividad, de acuerdo a lo previsto en la respectiva Resolución de Calificación Ambiental.
Multa de una a diez mil U.T.A.
51
4
B1. Se observaron zonas con pozas superficiales de aguas (charcos), en distintas zonas de las Áreas A,B y C debido a que el titular no ha implementado las medidas de reperfilamiento en dichas zonas.
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
Multa de una a diez mil U.T.A.
5
5
B2: En el frente de trabajo se observaron vectores sanitarios, tales como aves y perros.
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
Gravee) Incumplan gravemente las medidas para eliminar o minimizar los efectos adversos de un proyecto o actividad, de acuerdo a lo previsto en la respectiva Resolución de Calificación Ambiental.
Absolución
6
B3: El titular no ha implementado el sistema de captación y control de lixiviados, por lo que se observan zonas de acumulación de estos líquidos, los cuales se mezclan con las aguas de un canal de desagüe, para posteriormente ser descargados en el Estero Cuzaco.
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
Gravee) Incumplan gravemente las medidas para eliminar o minimizar los efectos adversos de un proyecto o actividad, de acuerdo a lo previsto en la respectiva Resolución de Calificación Ambiental.
Multa de una a diez mil U.T.A.
208
7
B4 No se observan canales perimetrales que sirvan para la recolección y conducción de aguas lluvias en ninguna de las distintas áreas consideradas en el proyecto de cierre del Vertedero.
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
Gravee) Incumplan gravemente las medidas para eliminar o minimizar los efectos adversos de un proyecto o actividad, de acuerdo a lo previsto en la respectiva Resolución de Calificación Ambiental.
Multa de una a diez mil U.T.A.
18
8
B5: El titular no ha instalado las chimeneas en las Áreas A,B,C y D del vertedero Boyeco, por tanto no tiene implementadas las medidas de control y manejo de biogases.
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
Gravee) Incumplan gravemente las medidas para eliminar o minimizar los efectos adversos de un proyecto o actividad, de acuerdo a lo previsto en la respectiva Resolución de Calificación Ambiental.
Absolución
9
C1: El cierre perimetral del Vertedero Boyeco, presenta aperturas en diferentes sectores (este, sur y oeste), en donde pueden acceder personas, vehículos y animales (perros y vacunos).
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
Multa de una a diez mil U.T.A.
13
10
C2: No hay control de ingreso al recinto, en efecto se evidenció la presencia de un numeroso grupo de recolectores informales en el área A del vertedero (frente de trabajo).
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
Multa de una a diez mil U.T.A.
13
11
D. En las áreas B,C y D se observan residuos dispersos sobre sus superficies, a pesar de que no se realiza disposición de RSD en dichos terrenos.
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
Multa de una a diez mil U.T.A.
3
12
E. El titular se encuentra recibiendo en el actual frente de trabajo del proyecto (Area A) 495 ton/día de RSD , en promedio, cantidad superior a las 280 ton/día consideradas en el diseño del proyecto de cierre del Vertedero.
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
Multa de una a diez mil U.T.A.
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