Procedimiento sancionatorioExpediente F-017-2018
Procedimiento sancionatorio PTAS INMOBILIARIO DOS DE NOVIEMBRE - HUARA
Expediente: F-017-2018
Fecha inicio: 24-05-2018
Fecha término: 19-06-2023
Multa: Sin multa aplicada
Estado de pago: Sin información de pago
Estado: Terminado - Absolución
Unidad fiscalizable: PTAS INMOBILIARIO DOS DE NOVIEMBRE - HUARA
Comuna / Región: Huara — Región de Tarapacá
Programa de cumplimiento: Sin programa de cumplimiento
Registro Público de Sanciones: Sin sanción en Registro Público
Documentos 26
#
Nombre documento
Tipo documento
Fecha
Descargar
5
Concede ampliación de plazos de oficio
Resuelve Solicitud Ampliación de Plazos (Descargos y PDC Presentación)
18-06-2018
17
Memorándum N° 103/2023 Designa nuevos Fiscales Instructores Titular y Suplente
Otros
15-02-2023
18
Resolución Exenta N° 6 Solicita diligencias de prueba al SERVIU Tarapacá
Solicitud de diligencias (sin término probatorio)
15-03-2023
20
Oficio Ordinario N° 459 SERVIU Tarapacá responde requerimiento de información
Otros
30-03-2023
22
Resolución Exenta N° 7 Incorpora antecedentes y cierra investigación
Término de la Investigación
01-06-2023
25
Res. Ex. N°1057 SMA 2023 resuelve procedimiento administrativo sancionatorio
Resolución Sancionatoria
19-06-2023
26
Notificación Res. Ex. N°1057 SMA 2023
Notificación de Resolución Sancionatoria al Titular
29-06-2023
Hechos considerados 6
#
Hecho
Instrumento infringido
Infracción (Art. 35 LOSMA)
Clasificación (Art. 36 LOSMA)
1
Funcionamiento parcial y deficientemente de la PTAS, debido a: - Sistema de aireación no cuenta con un instrumento para medir el caudal de aire inyectado a los riles, lo que se verificó en las acta de inspección de fecha 30 de agosto de 2017 y de 16 de enero de 2018. - Sistema de cloración no está funcionando, lo que se verificó en las 3 actas de inspección ambiental de esta SMA. - Cámara reparadora como el estanque de distribución no se encuentran operativos, lo que se verificó en el acta de inspección de fecha 23 de junio de 2017 y en el Ord. N° 2068/2017 de la Seremi de Tarapacá, incorporado en el 2do informe de fiscalización ambiental. - Sistema de bombas elevadoras se encuentra en mal estado, de modo que el sistema funciona con una bomba manual, lo que se verificó en las actas de inspección ambiental de fecha 23 de junio y 30 de agosto, ambas de 2017 y en el Ord. N° 2068/2017 de la Seremi de Tarapacá, incorporado en el 2do informe de fiscalización ambiental. - Sistema de impulsión está compuesto por tubo corrugado instalado desde el pozo de la bomba hasta tubo de ventilación, diverso a lo aprobado ambientalmente, lo que se verificó en las 3 actas de inspección ambiental de esta SMA.
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
Gravee) Incumplan gravemente las medidas para eliminar o minimizar los efectos adversos de un proyecto o actividad, de acuerdo a lo previsto en la respectiva Resolución de Calificación Ambiental.
2
Los lodos generados en el proceso de funcionamiento de la PTAS no han sido extraídos por camiones y luego vertidos en el sistema de Aguas Servidas de Pozo Almonte, lo que se verificó en las 3 actas de inspección ambiental de esta SMA.
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
3
El efluente final de la PTAS no está dando cumplimiento a la calidad bacteriológica, por cuanto contiene un caudal total y de punta NMP Coliformes Totales/100 mL: >1,6x103 superiores a los autorizados ambientalmente, lo que se verificó mediante informe de laboratorio N° 1984, de fecha 13 de noviembre de 2016, acompañado en el Ord. N° 2090/2016 de la Seremi de Tarapacá, incorporado en el primer informe de fiscalización ambiental.
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
4
Titular no activó el Plan de Contingencias de la PTAS, sin perjuicio que se cumplieron los supuestos establecidos para ello en el considerando 4.1 de la RCA N° 205/2001 y en la Adenda N° 1 y 2, lo que se verificó en las 3 actas de inspección ambiental de esta SMA.
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
Gravee) Incumplan gravemente las medidas para eliminar o minimizar los efectos adversos de un proyecto o actividad, de acuerdo a lo previsto en la respectiva Resolución de Calificación Ambiental.
5
Incumplimiento a requerimiento de información efectuado en acta de inspección de 23 de junio de 2017, por cuanto no se respondió al mismo, como se detalla en los considerandos 30 y 31 de la formulación de cargos.
Requerimientos de Información
j) El incumplimiento de los requerimientos de información que la Superintendencia dirija a los sujetos fiscalizados, de conformidad a esta ley
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
6
No cumplir con las medidas provisionales pre procedimentales de las letras a) y f) del artículo 48 de la LO-SMA, decretada por el Superintendente del Medio Ambiente mediante la Res. Ex. N° 854/2017 y descritas en el considerando 35 de la formulación de cargos.
Otro
l) El incumplimiento de las obligaciones derivadas de las medidas provisionales previstas en el artículo 48
Gravef) Conlleven el no acatamiento de las instrucciones, requerimientos y medidas urgentes dispuestas por la Superintendencia.
Fiscalizaciones asociadas 3
Medidas provisionales asociadas 1
Expediente
Estado
Fecha inicio
Detalle
Sanciones 0
No se registran sanciones aplicadas.