Procedimiento sancionatorioExpediente D-077-2018
Procedimiento sancionatorio PROYECTO INMOBILIARIO ALTOS DEL TRANCURA
Expediente: D-077-2018
Fecha inicio: 13-08-2018
Fecha término: 10-02-2021
Multa: 594 U.T.A.
Estado de pago: Pagada
Estado: Terminado - Sanción
Unidad fiscalizable: PROYECTO INMOBILIARIO ALTOS DEL TRANCURA
Titular: INVERSIONES SANTA AMALIA S.A.
Comuna / Región: Pucón — Región de la Araucanía
Programa de cumplimiento: Sin programa de cumplimiento
Registro Público de Sanciones: Ver sanción →
Documentos 67
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Nombre documento
Tipo documento
Fecha
Descargar
3
Notificación personal Res. Ex. N° 1 y Res. Ex. N° 2
Notificación Formulación de Cargos
20-08-2018
17
Informe Municipalidad Pucón. Impactos vegetación por deforestación proyecto inmobiliario Altos de Trancura
Otros
25-06-2020
18
Sentencia Corte de Apelaciones Temuco y sentencia Juzgado Policía Local Pucón
Otros
25-06-2020
32
Res. Ex. N 10. Oficia Municipalidad de Pucón
Solicitud de diligencias (sin término probatorio)
04-11-2020
37
Ord. DGA Araucanía N 1719. Respuesta Res. Ex. N 12
Solicitud de diligencias (sin término probatorio)
19-11-2020
40
Municipalidad de Pucón. Responde diligencia Res. Ex. N 10
Solicitud de diligencias (sin término probatorio)
02-12-2020
44
Respuesta CONAF Res. Ex. N 11.
Solicitud de diligencias (sin término probatorio)
21-12-2020
46
Res. Ex. N 15. Reitera diligencia de prueba
Solicitud de diligencias (sin término probatorio)
21-12-2020
49
Res. Ex. N 16. Oficia a CONADI
Solicitud de diligencias (sin término probatorio)
08-01-2021
58
Notifica resolución sancionatoria
Notificación de Resolución Sancionatoria al Titular
04-03-2021
63
Sentencia Tribunal Ambiental. Confirma sanción
Sentencia de Tribunal Ambiental
07-03-2022
Hechos considerados 2
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Hecho
Instrumento infringido
Infracción (Art. 35 LOSMA)
Clasificación (Art. 36 LOSMA)
1
La ejecución, sin contar con una Resolución de Calificación Ambiental, de un proyecto inmobiliario emplazado en un área protegida: • Inmobiliario, que contempla obras de urbanización con destino habitacional, conforme a lo expuesto en los considerandos 31 al 46 de esta formulación de cargos • Emplazado al interior de la ZOIT Araucanía Lacustre, la que constituye un área protegida conforme a lo expuesto en los considerando 47 al 58 de esta formulación de cargos.
Elusión
b) La ejecución de proyectos y el desarrollo de actividades para los que la ley exige Resolución de Calificación Ambiental, sin contar con ella. Asimismo, el incumplimiento del requerimiento efectuado por la Superintendencia según lo previsto en las letras i), j) y k) del artículo 3°
Gravísimaf) Involucren la ejecución de proyectos o actividades del artículo 10 de la ley N° 19.300 al margen del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, y se constate en ellos alguno de los efectos, características o circunstancias previstas en el artículo 11 de dicha ley.
2
Titular no respondió al requerimiento de información efectuado en acta de inspección de fecha 20 de febrero de 2018, en el plazo y forma requerida, como se detalla en los considerandos 21 y 22 de la formulación de cargos.
Requerimientos de Información
j) El incumplimiento de los requerimientos de información que la Superintendencia dirija a los sujetos fiscalizados, de conformidad a esta ley
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
Fiscalizaciones asociadas 1
Expediente de fiscalización
Año actividad
Detalle
Medidas provisionales asociadas 0
No se registran medidas provisionales asociadas.
Sanciones 2
#
Hecho
Instrumento
Infracción (Art. 35)
Clasificación (Art. 36)
Sanción
UTA
1
La ejecución, sin contar con una Resolución de Calificación Ambiental, de un proyecto inmobiliario emplazado en un área protegida: • Inmobiliario, que contempla obras de urbanización con destino habitacional, conforme a lo expuesto en los considerandos 31 al 46 de esta formulación de cargos • Emplazado al interior de la ZOIT Araucanía Lacustre, la que constituye un área protegida conforme a lo expuesto en los considerando 47 al 58 de esta formulación de cargos.
Elusión
b) La ejecución de proyectos y el desarrollo de actividades para los que la ley exige Resolución de Calificación Ambiental, sin contar con ella. Asimismo, el incumplimiento del requerimiento efectuado por la Superintendencia según lo previsto en las letras i), j) y k) del artículo 3°
Gravísimaf) Involucren la ejecución de proyectos o actividades del artículo 10 de la ley N° 19.300 al margen del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, y se constate en ellos alguno de los efectos, características o circunstancias previstas en el artículo 11 de dicha ley.
Multa de una a diez mil U.T.A.
591
2
Titular no respondió al requerimiento de información efectuado en acta de inspección de fecha 20 de febrero de 2018, en el plazo y forma requerida, como se detalla en los considerandos 21 y 22 de la formulación de cargos.
Requerimientos de Información
j) El incumplimiento de los requerimientos de información que la Superintendencia dirija a los sujetos fiscalizados, de conformidad a esta ley
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
Multa de una a diez mil U.T.A.
3.3