Procedimiento sancionatorioExpediente D-099-2018
Procedimiento sancionatorio ECOSOLUCION PAILLACO
Expediente: D-099-2018
Fecha inicio: 26-10-2018
Fecha término: 13-12-2023
Multa: Sin multa aplicada
Estado de pago: Sin información de pago
Estado: Terminado - PDC Satisfactorio
Unidad fiscalizable: ECOSOLUCION PAILLACO
Comuna / Región: Paillaco — Región de Los Ríos
Programa de cumplimiento: Ver PdC →
Registro Público de Sanciones: Sin sanción en Registro Público
Documentos 27
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Nombre documento
Tipo documento
Fecha
Descargar
8
RESUELVE SOLICITUD PRESENTADA POR SOLUCIONES ECOLÓGICAS Y MEDIO AMBIENTALES SA
Resuelve Solicitud Ampliación de Plazos - PDC Presentación
19-11-2018
10
INCORPORASE OBSERVACIONES AL PROGRAMA DE CUMPLIMIENTO PRESENTADO POR SOLUCIONES ECOLÓGICAS Y MEDIO AMBIENTALES S.A. E INCORPORA ANTECEDENTES QUE INDICA
Otros
26-12-2018
12
INCORPORASE OBSERVACIONES AL PROGRAMA DE CUMPLIMIENTO PRESENTADO POR SOLUCIONES ECOLÓGICAS Y MEDIO AMBIENTALES S.A. E INCORPORA ANTECEDENTES QUE INDICA
Otros
05-02-2019
14
APRUEBA PROGRAMA DE CUMPLIMIENTO Y SUSPENDE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO SANCIONATORIO ROL D 099 2018
PDC Aprobación
10-04-2019
15
Téngase por presentada la informacion que indica
Resolución que tiene por incorporados los antecedentes que indica
17-07-2019
20
RE N° 8, Incorpora denuncias que inidica
Resolución que tiene por incorporados los antecedentes que indica
03-11-2023
Hechos considerados 3
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Hecho
Instrumento infringido
Infracción (Art. 35 LOSMA)
Clasificación (Art. 36 LOSMA)
1
La empresa realiza el proceso de incineración en condiciones diferentes a las autorizadas, utilizando para ello un incinerador marca Proyecta que no alcanza las temperaturas mínimas de quemado que corresponde, según RCA N° 052/2011, a 850° (T° mínima), y sin alcanzar los 1200° C en la post-cámara.
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
Gravee) Incumplan gravemente las medidas para eliminar o minimizar los efectos adversos de un proyecto o actividad, de acuerdo a lo previsto en la respectiva Resolución de Calificación Ambiental.
2
Manejo inadecuado de residuos sólidos, en la fiscalización de 24 de agosto del año 2018, lo que se traduce en: -Almacenamiento de residuos que no se encuentran clasificados en la Categoría 3 del REAS. - Disposición de cenizas en tambores distribuidos en el patio. -No se cumple con el almacenamiento de residuos de Categoría 3 del REAS, en los 4 sectores destinados para ellos, según la evaluación ambiental. -Presencia de residuos sólidos en el suelo, mezclándose con aguas de lavado y generando saturación de las cámaras recolectoras del sistema de tratamiento de residuos líquidos.
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
3
La empresa no acredita la realización de las mediciones de calidad de aire del parámetro PM 2,5 en la ciudad de Paillaco.
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
Fiscalizaciones asociadas 2
Medidas provisionales asociadas 0
No se registran medidas provisionales asociadas.
Sanciones 0
No se registran sanciones aplicadas.