Procedimiento sancionatorioExpediente F-045-2018
Procedimiento sancionatorio TERMINAL MARITIMO DE QUINTERO COPEC
Expediente: F-045-2018
Fecha inicio: 15-11-2018
Fecha término: 16-04-2020
Multa: Sin multa aplicada
Estado de pago: Sin información de pago
Estado: Terminado - PDC Satisfactorio
Unidad fiscalizable: TERMINAL MARITIMO DE QUINTERO COPEC
Titular: COPEC S.A.
Comuna / Región: Quintero — Región de Valparaíso
Programa de cumplimiento: Ver PdC →
Registro Público de Sanciones: Sin sanción en Registro Público
Documentos 33
#
Nombre documento
Tipo documento
Fecha
Descargar
5
Seguimiento Correos de Chile Resolución Exenta N° 1
Notificación Formulación de Cargos
19-11-2018
8
Resuelve solicitud de ampliación de plazos
Resuelve Solicitud Ampliación de Plazos (Descargos y PDC Presentación)
03-12-2018
Hechos considerados 5
#
Hecho
Instrumento infringido
Infracción (Art. 35 LOSMA)
Clasificación (Art. 36 LOSMA)
1
El titular no acreditó la realización de la mantención anual del emisario submarino, mediante la metodología de inspección por ultrasonido, en el periodo correspondiente a los años 2013 y 2017, ambos inclusive.
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
Gravee) Incumplan gravemente las medidas para eliminar o minimizar los efectos adversos de un proyecto o actividad, de acuerdo a lo previsto en la respectiva Resolución de Calificación Ambiental.
2
Implementación parcial del Programa de Vigilancia ambiental establecido en la RCA N° 21/02, lo que se constata en que en los informes de los años 2013 a 2018: - No se mide en estrato superficial y fondo. - No muestrea el seguimiento de los contaminantes seleccionados en el área de influencia, sobre la base de indicadores biológicos sésiles.
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
3
Utilización de las aguas tratadas en su planta de tratamiento sin verificar el cumplimiento de la NCh N° 1.333, durante el periodo correspondiente a los años 2013 y 2016, ambos inclusive.
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
4
Construcción de 2 estanques de almacenamiento adicionales a lo evaluado ambientalmente, correspondientes a 2 estanques de productos terminales
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
5
El titular no cumplió con la R.E. N° 1518, de 26 de diciembre de 2013 y la R.E. N° 223, de 26 de marzo de 2015, lo que se verifica en que: - En cuanto a la R.E. N° 1518, artículos 2° y 4°, el titular no entregó en los plazos, forma y modo establecido, la información referida a la pertinencias ingresada al SEIA de la Resolución de Calificación Ambiental N° 299/1999. - En cuanto a la R.E. N° 223, el titular no incluye en sus informes asociados al Programa de Vigilancia Ambiental las certificaciones y/o calibraciones de los equipos utilizados y el listado de responsables y participantes de las actividades de muestreo y medición.
e) El incumplimiento de las normas e instrucciones generales que la Superintendencia imparta en ejercicio de las atribuciones que le confiere la ley
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
Fiscalizaciones asociadas 4
Medidas provisionales asociadas 0
No se registran medidas provisionales asociadas.
Sanciones 0
No se registran sanciones aplicadas.