Procedimiento sancionatorioExpediente D-112-2018
Procedimiento sancionatorio VALDICOR
Expediente: D-112-2018
Fecha inicio: 28-11-2018
Fecha término: 20-12-2024
Multa: 563.1 U.T.A.
Estado de pago: Pendiente
Estado: Terminado - Sanción
Unidad fiscalizable: VALDICOR
Comuna / Región: Valdivia — Región de Los Ríos
Programa de cumplimiento: Ver PdC →
Registro Público de Sanciones: Ver sanción →
Documentos 162
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Nombre documento
Tipo documento
Fecha
Descargar
9
Resuelve solicitud extensión de plazo
Resuelve Solicitud Ampliación de Plazos (Descargos y PDC Presentación)
11-12-2018
35
Registro reunión asistencia al cumplimiento
Registro de Asistencia al Cumplimiento
02-05-2019
47
Resolución de reinicio Valdicor para firma
Reinicia Procedimiento Sancionatorio
05-08-2020
48
Carta S.N.2020.RECLAMO Valdicor Junta de Vecinos Parque Torreones Valdivia
Otros
17-08-2020
52
Res. Ex. 11 Tiene por presentado recurso de reposición con jerárquico en subsidio Valdicor
Otros
14-09-2020
55
Carta Solicitud S.N.2020.Sra. Claudia Gonzalez Velozo. Solicita aumento plazo Recurso Valdivicor
Otros
25-09-2020
78
Escrito Declare incumplido el PDC y se resuelva con suma urgencia y acompaña medios de prueba
Otros
11-12-2020
112
Res. Ex. 18 Solicita info circunstancias 40 LOSMA
Solicitud de diligencias (sin término probatorio)
24-08-2021
118
Presentación interesados. Solicita se resuelva. Otrosí. Acompaña documentos.
Otros
11-11-2021
122
Res. Ex. 19 Info actualizada 40 LOSMA
Solicitud de diligencias (sin término probatorio)
08-07-2022
135
Res. Ex. N 23 Incorpora denuncia y cierra investigación
Término de la Investigación
12-12-2022
140
Notificación de Resolución Sancionatoria al Titular y Terceros
Notificación de Resolución Sancionatoria al Titular
15-12-2022
143
Res. Ex. 357 Resuelve solicitud de reserva de información y confiere traslado
Otros
23-02-2023
156
Res. Ex. N° 2377 SMA 2024 resuelve recurso de reposición
Resolución Reposición
20-12-2024
161
Notificación Res. Ex. N° 2377 SMA 2024 Titular
Notificación Resolución Reposición
27-01-2025
Hechos considerados 5
#
Hecho
Instrumento infringido
Infracción (Art. 35 LOSMA)
Clasificación (Art. 36 LOSMA)
1
Superación de los límites de presión sonora (NPS) en horario diurno los días 19 de abril de 2016 y 14 de agosto de 2018, en los puntos señalados en las tablas 2 y 4 del presente documento.
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
Graveb) Hayan generado un riesgo significativo para la salud de la población.
2
Ejecución de actividades de extracción de áridos en el sector de Pishuinco, que, de acuerdo a las coordenadas registradas en actividad de fiscalización de fecha 19 de abril de 2016, corresponde a un punto ubicado fuera del área evaluada ambientalmente.
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
Gravee) Incumplan gravemente las medidas para eliminar o minimizar los efectos adversos de un proyecto o actividad, de acuerdo a lo previsto en la respectiva Resolución de Calificación Ambiental.
3
No cargar en el Sistema de Seguimiento Ambiental de la SMA los antecedentes indicados en los Considerandos 28 a 31 de la presente formulación de cargos, relativos a la realización de batimetrías anuales de control y estudios hidrológicos, hidráulicos y mecánicos fluviales.
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
4
No actualizar la plataforma electrónica del Sistema de RCA de la SMA, respecto de la información asociada a la RCA N° 1627/2002 del proyecto “Producción de áridos en el río Calle Calle”
e) El incumplimiento de las normas e instrucciones generales que la Superintendencia imparta en ejercicio de las atribuciones que le confiere la ley
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
5
No responder en los términos requeridos por la SMA la solicitud de información formulada en actividad de fiscalización de 19 de abril de 2016
Requerimientos de Información
j) El incumplimiento de los requerimientos de información que la Superintendencia dirija a los sujetos fiscalizados, de conformidad a esta ley
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
Fiscalizaciones asociadas 5
Medidas provisionales asociadas 1
Expediente
Estado
Fecha inicio
Detalle
Sanciones 5
#
Hecho
Instrumento
Infracción (Art. 35)
Clasificación (Art. 36)
Sanción
UTA
1
Superación de los límites de presión sonora (NPS) en horario diurno los días 19 de abril de 2016 y 14 de agosto de 2018, en los puntos señalados en las tablas 2 y 4 del presente documento.
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
Graveb) Hayan generado un riesgo significativo para la salud de la población.
Multa de una a diez mil U.T.A.
228.2
2
Ejecución de actividades de extracción de áridos en el sector de Pishuinco, que, de acuerdo a las coordenadas registradas en actividad de fiscalización de fecha 19 de abril de 2016, corresponde a un punto ubicado fuera del área evaluada ambientalmente.
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
Gravee) Incumplan gravemente las medidas para eliminar o minimizar los efectos adversos de un proyecto o actividad, de acuerdo a lo previsto en la respectiva Resolución de Calificación Ambiental.
Multa de una a diez mil U.T.A.
82
3
No cargar en el Sistema de Seguimiento Ambiental de la SMA los antecedentes indicados en los Considerandos 28 a 31 de la presente formulación de cargos, relativos a la realización de batimetrías anuales de control y estudios hidrológicos, hidráulicos y mecánicos fluviales.
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
Multa de una a diez mil U.T.A.
118
4
No actualizar la plataforma electrónica del Sistema de RCA de la SMA, respecto de la información asociada a la RCA N° 1627/2002 del proyecto “Producción de áridos en el río Calle Calle”
e) El incumplimiento de las normas e instrucciones generales que la Superintendencia imparta en ejercicio de las atribuciones que le confiere la ley
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
Multa de una a diez mil U.T.A.
2.9
5
No responder en los términos requeridos por la SMA la solicitud de información formulada en actividad de fiscalización de 19 de abril de 2016
Requerimientos de Información
j) El incumplimiento de los requerimientos de información que la Superintendencia dirija a los sujetos fiscalizados, de conformidad a esta ley
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
Multa de una a diez mil U.T.A.
132