Procedimiento sancionatorioExpediente D-033-2019
Procedimiento sancionatorio ACONCAGUA FOODS-BUIN
Expediente: D-033-2019
Fecha inicio: 05-04-2019
Fecha término: 30-11-2020
Multa: 190 U.T.A.
Estado de pago: Pagada
Estado: Terminado - Sanción
Unidad fiscalizable: ACONCAGUA FOODS-BUIN
Titular: ACONCAGUA FOODS S.A.
Comuna / Región: Buin — Región Metropolitana
Programa de cumplimiento: Sin programa de cumplimiento
Registro Público de Sanciones: Ver sanción →
Documentos 65
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Nombre documento
Tipo documento
Fecha
Descargar
8
Res Ex N2 Ampliación de plazo descargos
Resuelve Solicitud Ampliación de Plazos - Descargos
03-05-2019
23
Res. Ex. N° 1514 de 2019 resuelve procedimiento administrativo sancionatorio
Resolución Sancionatoria
29-10-2019
24
Notificación Res. Ex. N° 1514 de 2019
Notificación de Resolución Sancionatoria al Titular
07-11-2019
51
Res. Ex. N° 1899 de 2020 resuelve presentación que indica
Resolución Reposición
28-09-2020
Hechos considerados 6
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Hecho
Instrumento infringido
Infracción (Art. 35 LOSMA)
Clasificación (Art. 36 LOSMA)
1
Superar el valor de caudal operacional de la Planta de Tratamiento de RILes en período peak (18, 21, 22, 23, 24, 25, 26, 28, 29 y 30 de enero 2019)
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
Gravee) Incumplan gravemente las medidas para eliminar o minimizar los efectos adversos de un proyecto o actividad, de acuerdo a lo previsto en la respectiva Resolución de Calificación Ambiental.
2
Exceder los siguientes parámetros aguas abajo del punto de descarga, respecto del límite de NCh 1.333/78: - Sodio durante febrero 2017, marzo 2018 y abril 2018. -Molibdeno durante marzo 2018 y septiembre 2018 - Coliformes fecales durante febrero 2017 - Cromo durante enero 2018
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
3
Realizar un manejo de lodos diverso a lo autorizado ambientalmente, lo que se verifica por las siguientes circunstancias: - Generar mayor cantidad no dando cumplimiento a volumen y número de contenedores. - No realizar retiro diario durante noviembre y diciembre, y entre los días 2 a 6 y los domingos 13 y 20 de enero de 2019.
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
Gravee) Incumplan gravemente las medidas para eliminar o minimizar los efectos adversos de un proyecto o actividad, de acuerdo a lo previsto en la respectiva Resolución de Calificación Ambiental.
4
Operar el denominado “patio de reciclaje” sin autorización sanitaria, constatándose una zanja de infiltración de RILes y restos de carozo al momento de la inspección.
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
5
No informar a la SMA el informe de monitoreo de olores correspondiente al mes de febrero de 2019.
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
6
Exceder los siguientes parámetros del efluente para los siguientes períodos: - DBO5 durante enero 2019 - Sólidos Suspendidos Totales durante junio 2016 y marzo 2017 - Coliformes Fecales o Termotolerantes durante enero 2017, junio 2017 y mayo 2018
g) El incumplimiento de las leyes, reglamento y demás normas relacionadas con las descargas de residuos líquidos industriales
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
Fiscalizaciones asociadas 2
Medidas provisionales asociadas 0
No se registran medidas provisionales asociadas.
Sanciones 6
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Hecho
Instrumento
Infracción (Art. 35)
Clasificación (Art. 36)
Sanción
UTA
1
Superar el valor de caudal operacional de la Planta de Tratamiento de RILes en período peak (18, 21, 22, 23, 24, 25, 26, 28, 29 y 30 de enero 2019)
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
Gravee) Incumplan gravemente las medidas para eliminar o minimizar los efectos adversos de un proyecto o actividad, de acuerdo a lo previsto en la respectiva Resolución de Calificación Ambiental.
Multa de una a diez mil U.T.A.
147
2
Exceder los siguientes parámetros aguas abajo del punto de descarga, respecto del límite de NCh 1.333/78: - Sodio durante febrero 2017, marzo 2018 y abril 2018. -Molibdeno durante marzo 2018 y septiembre 2018 - Coliformes fecales durante febrero 2017 - Cromo durante enero 2018
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
Absolución
—
3
Realizar un manejo de lodos diverso a lo autorizado ambientalmente, lo que se verifica por las siguientes circunstancias: - Generar mayor cantidad no dando cumplimiento a volumen y número de contenedores. - No realizar retiro diario durante noviembre y diciembre, y entre los días 2 a 6 y los domingos 13 y 20 de enero de 2019.
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
Gravee) Incumplan gravemente las medidas para eliminar o minimizar los efectos adversos de un proyecto o actividad, de acuerdo a lo previsto en la respectiva Resolución de Calificación Ambiental.
Multa de una a diez mil U.T.A.
5
4
Operar el denominado “patio de reciclaje” sin autorización sanitaria, constatándose una zanja de infiltración de RILes y restos de carozo al momento de la inspección.
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
Multa de una a diez mil U.T.A.
32
5
No informar a la SMA el informe de monitoreo de olores correspondiente al mes de febrero de 2019.
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
Multa de una a diez mil U.T.A.
5
6
Exceder los siguientes parámetros del efluente para los siguientes períodos: - DBO5 durante enero 2019 - Sólidos Suspendidos Totales durante junio 2016 y marzo 2017 - Coliformes Fecales o Termotolerantes durante enero 2017, junio 2017 y mayo 2018
g) El incumplimiento de las leyes, reglamento y demás normas relacionadas con las descargas de residuos líquidos industriales
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
Multa de una a diez mil U.T.A.
1.5