Procedimiento sancionatorioExpediente F-007-2019
Procedimiento sancionatorio GESTIÓN INTEGRAL DE RESIDUOS SÓLIDOS URBANOS DE PUERTO RÍO TRANQUILO
Expediente: F-007-2019
Fecha inicio: 11-04-2019
Fecha término: —
Multa: Sin multa aplicada
Estado de pago: Sin información de pago
Estado: Programa de Cumplimiento en ejecución
Unidad fiscalizable: GESTIÓN INTEGRAL DE RESIDUOS SÓLIDOS URBANOS DE PUERTO RÍO TRANQUILO
Titular: ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE RIO IBAÑEZ
Comuna / Región: Río Ibáñez — Región de Aysén del General Carlos Ibáñez del Campo
Programa de cumplimiento: Ver PdC →
Registro Público de Sanciones: Sin sanción en Registro Público
Documentos 22
#
Nombre documento
Tipo documento
Fecha
Descargar
6
Concede aumento de plazos
Resuelve Solicitud Ampliación de Plazos (Descargos y PDC Presentación)
26-04-2019
Hechos considerados 10
#
Hecho
Instrumento infringido
Infracción (Art. 35 LOSMA)
Clasificación (Art. 36 LOSMA)
1
Incumplimiento de medidas para el control de líquidos percolados, del Relleno Sanitario de Puerto Río Tranquilo, lo que se constata en: - Ausencia de canaletas de intercepción de aguas lluvias en el perímetro de las trincheras; - Ausencia de un estanque de acumulación de líquidos percolados en las instalaciones; - Existencia de celdas o trincheras construidas de formas distintas a las ambientalmente evaluadas y sin un techo que impida el ingreso de las aguas lluvias
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
Gravee) Incumplan gravemente las medidas para eliminar o minimizar los efectos adversos de un proyecto o actividad, de acuerdo a lo previsto en la respectiva Resolución de Calificación Ambiental.
2
Implementación deficiente de las medidas de higiene y de control de vectores sanitarios y olores, en el Relleno Sanitario de Puerto Río Tranquilo, lo que se constata en: - Existencia de plástico y fracción liviana (basura) fuera de las trincheras; y - Disposición de residuos en el relleno sanitario sin compactar y sin realizar cobertura diaria en las celdas en uso.
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
Gravee) Incumplan gravemente las medidas para eliminar o minimizar los efectos adversos de un proyecto o actividad, de acuerdo a lo previsto en la respectiva Resolución de Calificación Ambiental.
3
No existe una trinchera especial de fibra de vidrio para el depósito de residuos especiales en el Relleno Sanitario de Puerto Río Tranquilo.
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
4
Las instalaciones para el personal, servicios higiénicos y taller de herramientas, del Relleno Sanitario de Puerto Río Tranquilo, se encuentran obstruidas con cajas y cartones, y con el baño desmantelado, imposibilitando así su correcto uso por el personal del recinto, en los términos descritos en su RCA.
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
5
No dar cumplimiento a las normas de cierre, vigilancia y control en el Relleno Sanitario de Puerto Río Tranquilo, constatándose que el acceso no se encuentra restringido, y que al momento de la fiscalización no había personal de vigilancia en el recinto.
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
6
Incumplimiento de medidas para el control de líquidos percolados, del Relleno Sanitario de Villa Cerro Castillo, lo que se constata en: - Ausencia de canaleta de intercepción de aguas lluvias en el borde rocoso al norte del predio; - Ausencia de un estanque de acumulación de líquidos percolados en las instalaciones; y - Existencia de celdas o trincheras construidas de formas distintas a las ambientalmente evaluadas.
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
Gravee) Incumplan gravemente las medidas para eliminar o minimizar los efectos adversos de un proyecto o actividad, de acuerdo a lo previsto en la respectiva Resolución de Calificación Ambiental.
7
Implementación deficiente de las medidas de higiene y de control de vectores sanitarios y olores, en el Relleno Sanitario de Villa Cerro Castillo, lo que se constata en: - Existencia de plástico y fracción liviana (basura) fuera del perímetro del Relleno Sanitario; y - Disposición de residuos en el relleno sanitario sin compactar y sin realizar cobertura diaria en las celdas en uso.
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
Gravee) Incumplan gravemente las medidas para eliminar o minimizar los efectos adversos de un proyecto o actividad, de acuerdo a lo previsto en la respectiva Resolución de Calificación Ambiental.
8
No existe una trinchera especial de fibra de vidrio para el depósito de residuos especiales en el Relleno Sanitario de Villa Cerro Castillo.
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
9
Encontrarse las instalaciones para el personal, servicios higiénicos y taller de herramientas, del Relleno Sanitario de Villa Cerro Castillo, sin abastecimiento de agua en el baño, imposibilitando así su correcto uso por el personal del recinto, en los términos descritos en su RCA.
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
10
No dar cumplimiento a las normas de cierre, vigilancia y control en el Relleno Sanitario de Villa Cerro Castillo, al constatarse que el cerco perimetral del recinto se encuentra en regular estado, que permite el acceso peatonal, y que al momento de la fiscalización no había personal de vigilancia en el recinto.
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
Fiscalizaciones asociadas 2
Medidas provisionales asociadas 0
No se registran medidas provisionales asociadas.
Sanciones 0
No se registran sanciones aplicadas.