Procedimiento sancionatorioExpediente D-078-2019
Procedimiento sancionatorio BASE TAD ANTOFAGASTA
Expediente: D-078-2019
Fecha inicio: 11-09-2019
Fecha término: 13-05-2020
Multa: Sin multa aplicada
Estado de pago: Sin información de pago
Estado: Terminado - Sanción
Unidad fiscalizable: BASE TAD ANTOFAGASTA
Comuna / Región: Antofagasta — Región de Antofagasta
Programa de cumplimiento: Sin programa de cumplimiento
Registro Público de Sanciones: Ver sanción →
Documentos 11
#
Nombre documento
Tipo documento
Fecha
Descargar
4
Dispone suspensión de plazos en procedimientos y actuaciones que indica
Suspensión
23-03-2020
11
Notificación resolución sancionatoria
Notificación de Resolución Sancionatoria al Titular
25-05-2020
Hechos considerados 1
#
Hecho
Instrumento infringido
Infracción (Art. 35 LOSMA)
Clasificación (Art. 36 LOSMA)
1
Falta de suscripción electrónica de la Declaración Jurada Anual correspondiente a los años 2014, 2015, 2016 y 2017, al momento de enviar la información sobre emisiones, residuos y/o transferencias de contaminantes a través de la Ventanilla Única del RETC.
Otro
m) El incumplimiento de la obligación de informar de los responsables de fuentes emisoras, para la elaboración del registro al cual hace mención la letra p) del artículo 70 de la ley N°19.300
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
Fiscalizaciones asociadas 0
No se registran fiscalizaciones asociadas.
Medidas provisionales asociadas 0
No se registran medidas provisionales asociadas.
Sanciones 1
#
Hecho
Instrumento
Infracción (Art. 35)
Clasificación (Art. 36)
Sanción
UTA
1
Falta de suscripción electrónica de la Declaración Jurada Anual correspondiente a los años 2014, 2015, 2016 y 2017, al momento de enviar la información sobre emisiones, residuos y/o transferencias de contaminantes a través de la Ventanilla Única del RETC.
Otro
m) El incumplimiento de la obligación de informar de los responsables de fuentes emisoras, para la elaboración del registro al cual hace mención la letra p) del artículo 70 de la ley N°19.300
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
Amonestación por Escrito
—