Procedimiento sancionatorioExpediente D-125-2019
Procedimiento sancionatorio EXTRACCION ARIDOS ABRATEC
Expediente: D-125-2019
Fecha inicio: 26-09-2019
Fecha término: 20-10-2020
Multa: 36 U.T.A.
Estado de pago: Pendiente
Estado: Terminado - Sanción
Unidad fiscalizable: EXTRACCION ARIDOS ABRATEC
Titular: ABRATEC S.A.
Comuna / Región: Bulnes — Región de Ñuble
Programa de cumplimiento: Sin programa de cumplimiento
Registro Público de Sanciones: Ver sanción →
Documentos 30
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Nombre documento
Tipo documento
Fecha
Descargar
4
Resuelve solicitud de ampliación de plazo
Resuelve Solicitud Ampliación de Plazos - PDC Presentación
17-12-2019
7
Incorpora observaciones a Programa de Cumplimiento
PDC - Observaciones de la SMA
28-02-2020
9
DISPONE SUSPENSIÓN DE PLAZOS EN PROCEDIMIENTOS Y ACTUACIONES QUE INDICA
Suspensión
23-03-2020
10
DISPONE SUSPENSIÓN DE TRAMITACION DE LOS PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS SANCIONATORIOS Y DE LOS PLAZOS EN PROCEDIMIENTOS Y ACTUACIONES QUE INDICA
Otros
31-03-2020
11
DISPONE SUSPENSIÓN DE TRAMITACION DE LOS PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS SANCIONATORIOS Y DE LOS PLAZOS EN PROCEDIMIENTOS Y ACTUACIONES QUE INDICA
Otros
07-04-2020
12
Reabre Procedimiento Sancionatorio Suspendido
Reabre Procedimiento Sancionatorio Suspendido
01-05-2020
17
RESUELVE RECURSO DE REPOSICIÓN Y OTRAS SOLICITUDES PRESENTADAS POR ABRATEC S.A.
Otros
20-07-2020
18
SOLICITA INFORMACIÓN QUE INDICA DETERMINANDO FORMA Y PLAZO DE ENTREGA
Solicitud de diligencias (sin término probatorio)
14-08-2020
29
Notificación Resolución Sancionatoria
Notificación de Resolución Sancionatoria al Titular
26-10-2020
Hechos considerados 3
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Hecho
Instrumento infringido
Infracción (Art. 35 LOSMA)
Clasificación (Art. 36 LOSMA)
1
Realización de faena de de extracción y acopio de material fuera de la cuña autorizada por la RCA N° 052/2010.
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
2
No realizar el plan de rescate y relocalización de especies más vulnerables antes de iniciar la extracción.
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
3
No efectuar las actividades de abandono comprometidas para las zonas de extracción.
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
Fiscalizaciones asociadas 1
Expediente de fiscalización
Año actividad
Detalle
Medidas provisionales asociadas 0
No se registran medidas provisionales asociadas.
Sanciones 3
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Hecho
Instrumento
Infracción (Art. 35)
Clasificación (Art. 36)
Sanción
UTA
1
Realización de faena de de extracción y acopio de material fuera de la cuña autorizada por la RCA N° 052/2010.
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
Multa de una a diez mil U.T.A.
10.9
2
No realizar el plan de rescate y relocalización de especies más vulnerables antes de iniciar la extracción.
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
Multa de una a diez mil U.T.A.
21
3
No efectuar las actividades de abandono comprometidas para las zonas de extracción.
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
Multa de una a diez mil U.T.A.
4.2