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Registro Público de SancionesExpediente D-034-2017

Sanción — RELLENO SANITARIO DE PUERTO NATALES

Expediente: D-034-2017
Fecha inicio: 29-05-2017
Fecha término: 17-08-2018
Multa: 4.9 U.T.A.
Estado de pago: Pagada
Estado: Terminado - Sanción
Detalle sanción: 4 Multa de una a diez mil U.T.A.
Expediente sancionatorio: Ver D-034-2017 →
Comuna / Región: Natales — Región de Magallanes y la Antártica Chilena

Sanciones aplicadas 4

#
Hecho
Instrumento
Infracción (Art. 35)
Clasificación (Art. 36)
Sanción
UTA
1
Deficiente impermeabilización del área de disposición de residuos sólidos domiciliarios, en particular pues: i) No se instaló la lámina de Geosynthetic Clay Liners. ii) No se ha dado aviso a la autoridad ambiental pertinente, para reevaluación de la propuesta de aislamiento basal, ante detección de coeficiente de permeabilidad de aproximadamente 1x10-4 cm/s.
RCA:114/2009Link Detalle
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
Gravee) Incumplan gravemente las medidas para eliminar o minimizar los efectos adversos de un proyecto o actividad, de acuerdo a lo previsto en la respectiva Resolución de Calificación Ambiental.
Multa de una a diez mil U.T.A.
1.9
2
No se segregó el material proveniente del escarpe y se acopió de manera conjunta al resto del material de excavación
RCA:114/2009Link Detalle
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
Multa de una a diez mil U.T.A.
1
3
No se han realizado las auditorías ambientales independientes anuales, desde el inicio de la construcción del Proyecto hasta la fecha.
RCA:114/2009Link Detalle
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
Multa de una a diez mil U.T.A.
1
4
No se ha actualizado la plataforma electrónica del Sistema de RCA de la Superintendencia, respecto de la información solicitada en Resolución Exenta N°574/2012
RSMA:574/2012Link Detalle
e) El incumplimiento de las normas e instrucciones generales que la Superintendencia imparta en ejercicio de las atribuciones que le confiere la ley
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
Multa de una a diez mil U.T.A.
1