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Reporte de programa de cumplimiento

Reporte avance — PdC D-081-2025 · CIUDAD FOOD SERVICE

Expediente: D-081-2025 →
Fecha resolución: 13-08-2025
Fecha término: 13-11-2025
Estado PdC: En Curso
Frecuencia reporte: Mensual
Tipo PdC: Guía PdC 2018
Unidad fiscalizable: CIUDAD FOOD SERVICE
Comuna / Región: Iquique — Región de Tarapacá

Acciones 4

N° Hecho
N° Acción
Implementación comprometida
Cumplimiento
1
Implementación de Protocolo de Carga y Descarga y limitación horaria de operaciones de la empresa.
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De acuerdo al Identificador N° 1 (Implementación de Protocolo de Carga y Descarga y Limitación horaria de operaciones de la empresa) El Protocolo fue implementado con fecha 19 Mayo del 2025 (con toma de conocimiento del personal y proveedores) Este Protocolo es modificado con fecha 12 Septiembre del 2025, ya que mediante RES EX N° 2 / ROL D-081-2025 del 13 de Agosto del 2025 vuestra autoridad fiscalizara indica modificar el punto C de dicho Protocolo consignando lo siguiente "Los horarios de funcionamiento no estarán sujetos a modificaciones y que bajo ninguna circunstancia el representante legal podrá autorizar operaciones fuera de lo establecido". Junto con lo anterior al Protocolo se le modifica el nombre considerando a contar del 12 Septiembre 2025 "PROTOCOLO DE CARGA Y DESCARGA CON LIMITACION HORARIA DE OPERACIONES DE LA EMPRESA" Por otra parte se adjuntan antecedentes de LIBRO DE CONTROL DE CARGA Y DESCARGA, esto como medio adicional de verificación y control de los procesos de cargas y descargar dentro de los horarios establecidos.
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2
Una vez ejecutadas todas las acciones de mitigación de ruido, se realizará una medición de ruido por una empresa ETFA con el objetivo de acreditar el cumplimiento del D.S. N° 38/2011.La medición de ruidos deberá realizarse por una Entidad Técnica de Fiscalización Ambiental (ETFA), debidamente autorizada por la Superintendencia, conforme a la metodología establecida en el D.S. N°38/2011, desde el domicilio de los receptores sensibles de acuerdo a la formulación de cargos, en el mismo horario en que constó la infracción y mismas condiciones. En caso de no ser posible acceder a la ubicación de dichos receptores, la empresa ETFA realizará la medición en un punto equivalente a la ubicación del receptor, de acuerdo a los criterios establecidos en el D.S. N°38/2011. En caso de no ajustarse a lo dispuesto a lo recién descrito la medición no será válida.
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ESTA ACCION AUN QUEDA PLAZO DOS MESES
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3
Cargar en el SPDC el Programa de Cumplimiento aprobado por la Superintendencia del Medio Ambiente
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SPDC fue reportado en el plazo en el portal!
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4
Cargar en el portal SPDC de la Superintendencia del Medio Ambiente, en un único reporte final, todos los medios de verificación comprometidos para acreditar la ejecución de las acciones comprendidas en el programa, de conformidad a lo establecido en la Resolución Exenta N° 116/2018 de la SMA.
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REPORTAR SPDC EN EL PORTAL.
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Reportes del PdC 2

Tipo de reporte: Avance
Fecha de envío: 16-09-2025
Comprobante de envío: Descargar
Medios de verificación: Descargar
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Estado
Fecha envío
Detalle
1
Enviado Fuera de Plazo
16-09-2025
— actual
2
Enviado
13-11-2025

Sancionatorios asociados 1

Rol
Fecha formulación de cargo
Estado
Detalle
D-081-2025
25-04-2025
Terminado - PDC Satisfactorio
1 elementos seleccionados