Reporte de programa de cumplimiento
Reporte avance — PdC D-066-2020 · CES Y CULTIVO DE MITILIDOS PUERTO CURTZE ISLA RIESCO (RNA 120051)
Expediente: D-066-2020 →
Fecha resolución: 27-08-2020
Fecha término: 22-09-2021
Estado PdC: En Curso
Frecuencia reporte: Trimestral
Tipo PdC: Guía PdC 2018
Unidad fiscalizable: CES Y CULTIVO DE MITILIDOS PUERTO CURTZE ISLA RIESCO (RNA 120051)
Comuna / Región: Río Verde — Región de Magallanes y la Antártica Chilena
Acciones 8
N° Hecho
N° Acción
Implementación comprometida
Cumplimiento
2
Reposicionamiento de las cuelgas de mitílidos dentro del área concesionada.
Ver detalle →La acción N° 2 por ejecutar, consiste en lo siguiente: Reposicionamiento de las cuelgas de mitílidos dentro del área concesionada. La forma de implementación, es a traves de la limpieza y cosecha de cuelgas de mitílidos existentes en el centro de cultivo a objeto de bajar el peso existente para meta final, incluyendo la recolección submarina de los mitílidos desprendidos. Ubicación y confirmación geográfica, mediante el replanteo de los vértices de la concesión de acuicultura. Reubicación de las estructuras del proyecto fuera del área de concesión otorgada conforme a la resolución vigente. Hasta la fecha se ha logrado dar inicio alas actividaes de cosecha de manera parcial quedando pendiente el replanteo de los vétices y la reubicación de las estructuras. Todo lo anterior considerando el plazo de ejecución para esta acción de 13 meses hasta su finalización.
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Elaboración de los planes de contingencia y aprobación por la autoridad pertinente.
Ver detalle →La acción N° 3 consiste en lo siguiente: Elaboración de los planes de contingencia y aprobación por la autoridad pertinente. Dado que el plazo de ejecución de los planes consta de 11 meses hasta su finalización, nos encontramos en la etapa de confección y redacción de los mismos. Se optó retrasar su ingreso por una cuestión estratégica, ya que al finalizar el añolos trámites de autorizaciones, como es el caso, en SUBPESCA en esta época del año se ven retrasados.
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Acreditar el estado de limpieza del fondo marino, mediante una inspección bajo el área concesionada y bajo el sector donde fueron identificados los residuos inorgánicos a que se ha hecho referencia en la formulación de cargos.
Ver detalle →La acción N° 4 consiste en lo siguiente: Acreditar el estado de limpieza del fondo marino, mediante una inspección bajo el área concesionada y bajo el sector donde fueron identificados los residuos inorgánicos a que se ha hecho referencia en la formulación de cargos. Tratándose de una acción que no ha sido posible de iniciar dado el estado de excepción imperante en la región decretada en cuarentena hace largo tiempo, la empresa Escafandra contratada para la ejecución, ha visto impedido su funcionamiento. Se trata de servicios realizados por personal calificado quien proviene de distintas zonas del país, y debdio a la contingencia y por decisión de la empresa primando el bienestar y la salud de sus trabajadores se encuentran a la espera que la situación.
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Limpieza y retiro de residuos identificados durante nueva inspección.
Ver detalle →La acción N° 5 Alternativa,consiste en lo siguiente: Limpieza y retiro de residuos identificados durante nueva inspección. Dado que se trata de una accipon que se encuentra sujeta a la existencia o no residuos en una nueva inspección, y esta no se concreta por las razones expresadas en la acción N° 4, no existe mayor información al respecto.
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Liberar el decil más profundo de la columna de agua en las cuelgas de mitílidos del Centro.
Ver detalle →La acción N° 6 consiente en lo siguiente: Liberar el decil más profundo de la columna de agua en las cuelgas de mitílidos del Centro. Dado que el plazo de ejecución de la liberación del decil más profundo con el consecuente reposicionamiento de las cuelgas tiene un plazo de duración de 13 meses hasta su finalización, nos encontramos en la etapa de coordinación con la empresa encargada de dicha faena, quien se ha visto afectada por la contingencia Covid-19 de iniciar materialmente las labores.
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Carga de información en plataforma digital SRCA de la SMA.
Ver detalle →La acción N° 7 consiste en lo siguiente: Carga de información en plataforma digital SRCA de la SMA. Fue solicitada la clave en la plataforma [email protected] en más de una oportunidad. Posterior a ello y con fecha 5 de noviembre fue publicada en el Diario Oficial, la Resolución Exenta N° 2129 de la SMA del 26 de octubre del 2020 que Aprueba la Instrucción de Registro de Titulares y Activación de Clave Única para el Reporte Electrónico de Obligaciones y Compromisos a la SMA, se establece como obligación el que la activación sea realizada por el representante legal del titular de la concesión, la que debe realizarse con la clave única de este, transformándose en un trámite intuito personae en la práctica. ya fue tomado contacto con el representante legal de Pesca Suriberica S.A., por lo que la información será subida a la brevedad.
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Elaborar un programa de seguimiento asociado a la RCA del Centro de cultivo, que considere entre otros los contenidos de la Res. Ex. N° 574 de 2012 y de la Res.Ex.N° 1610 de 2018, ambas de la SMA, así como los contenidos mínimos que deben mantener los planes de contingencia del Centro conforme los requerimientos del RAMA; y su capacitación al personal responsable de los reportes.
Ver detalle →La acción N° 8 consiste en lo siguiente: Elaborar un programa de seguimiento asociado a la RCA del Centro de cultivo, que considere entre otros los contenidos de la Res. Ex. N° 574 de 2012 y de la Res.Ex.N° 1610 de 2018, ambas de la SMA, así como los contenidos mínimos que deben mantener los planes de contingencia del Centro conforme los requerimientos del RAMA; y su capacitación al personal responsable de los reportes. La forma de implementación es la carga en el sistema SRCA de la información de carácter ambiental. Implementación de un programa de seguimiento a la RCA del centro y se realizara una capacitación dictada por profesionales afines (abogado y biólogo marino) al personal responsable de los reportes asociados al cumplimiento de la RCA N°041/07 Dado lo expresado para tener a disposición la clave de acceso (publicación reciente de fecha 5 de noviembre en el Diario Oficial, de la Resolución Exenta N° 2129 de la SMA del 26 de octubre del 2020 que Aprueba la Instrucción de Registro de Titulares y Activación de Clave Única para el Reporte Electrónico de Obligaciones y Compromisos a la SMA) Fue posible contactar al representante legal para la subida de información pertinente. Consideramos que el retraso en la subida de la información comprometida no tiene afectación alguna con posibles efectos adversos con el medio ambiente en la concesión y sus alrededores. No afecta en definitiva de manera negativa con el cumplimiento del PDC.
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Informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, los reportes y medios de verificación que acrediten la ejecución de las acciones comprendidas en el PDC a través de los sistemas digitales que la SMA disponga al efecto para implementar el SPDC.
Ver detalle →La acción N° 9 consiste en lo siguiente: Informar a la SMA, los reportes y medios de verificación que acrediten la ejecución de las acciones comprendidas en el PDC a través de los sistemas digitales que la SMA disponga al efecto para implementar el SPDC. La forma de implementación es la subida a la presente plataforma virtual tanto del PDC como sus reportes.
Ver detalle →Reportes del PdC 6
Sancionatorios asociados 1
Rol
Fecha formulación de cargo
Estado
Detalle