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Reporte de programa de cumplimiento

Reporte avance — PdC F-046-2018 · CT BOCAMINA

Expediente: F-046-2018 →
Fecha resolución: 04-03-2019
Fecha término: 11-10-2019
Estado PdC: Finalizado
Frecuencia reporte: Trimestral
Tipo PdC: Guía PdC 2018
Unidad fiscalizable: CT BOCAMINA
Comuna / Región: Coronel — Región del Biobío

Acciones 21

N° Hecho
N° Acción
Implementación comprometida
Cumplimiento
1
Informar el monitoreo y control de los parámetros Fluoruro y Cobre Total de acuerdo al numeral 6.2. del artículo primero del D.S. N°90/00 MINSEGPRES y al Programa de Monitoreo de Calidad de Efluente de CBT1.
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Conforme al plazo comprometido por Central Bocamina, con fecha 18 de marzo de 2019, fue cargado en el Sistema de Seguimiento de Programas de Cumplimiento (SPdC) el Plan de Cumplimiento (PdC) aprobado mediante la Res. Ex. N°6/Rol N F-046-2018 del 04 de marzo de 2019. La validación del mismo, se concretó el lunes 25 de marzo de 2019, con este hito y durante el mismo día, se intentó cargar el reporte inicial en el SPdC, cuyo plazo se cumplía el 25 de marzo de 2019. No obstante, la opción para cargar los antecedentes no se encontraba disponible en la plataforma. Luego de informar esta situación vía correo a [email protected] y al mail [email protected], de la División de Sanción y Cumplimiento de la Superintendencia de Medio Ambiente (SMA), y con el propósito de cumplir con las obligaciones que emanan del PdC, el martes 26 de marzo, se hizo ingreso por oficina de partes de la SMA Región del BioBío, el referido reporte inicial junto a la carta conductora con timbre de recepción que se adjunta a esta declaración. Mediante correo electrónico remitido por [email protected] se nos informó que como solución alternativa para registrar el reporte inicial en el SPDC, se deberán remitir las acciones ID 1,2,6,15 y 18, a través del reporte de avance del periodo 04-06-2019, como medio de verificación se adjunta copia del correo. Forma de cumplimiento reportada Los parámetros Fluoruro y Cobre Total fueron monitoreados e informados en el reporte mensual de autocontrol respectivo, según se detalla en minuta “Informes de Análisis y Certificados Fluoruro y Cobre Total”, acompañada a Anexo Identificador 1, que incluye los parámetros Fluoruro (marzo a agosto 2014) y Cobre Total (abril a agosto de 2015 y enero 2016 a septiembre de 2016). Dado que los certificados de autocontrol emitidos por la plataforma electrónica no dan cuenta de los parámetros monitoreados y reportados, se acompañan en Anexo Identificador 1 copia de los mismos para los períodos indicados en párrafo anterior. Se acompaña en Anexo Identificador 1, estados de pagos y copia de contrato con INPESCA y estados de pago y copia de contrato con CESMEC. Reporte 04-06-2019 Durante los meses de marzo y abril fueron monitoreados los parámetros Fluoruro y Cobre Total, posteriormente se procedió a cargar los resultados en la plataforma del RETC. En el presente reporte de avance se presentan los comprobantes de carga de los autocontroles reportados en los meses de marzo y abril.
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2
Medir, analizar y reportar la totalidad de los parámetros del programa de monitoreo de calidad del efluente de CTB1, en cumplimiento del D.S. N°90/00 MINSEGPRES.
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De acuerdo con lo comprometido en el Programa de Cumplimiento, se ejecutaron las mediciones y reportes de la totalidad de los parámetros incluidos en el programa de monitoreo de calidad del efluente de CTB1, en cumplimiento del D.S.N°90/00 MINSEGPRES para los meses de Diciembre 2018 y Enero-Febrero 2019. Este monitoreo y reporte se ajustó a lo dispuesto en el RPM de CTB1 y a las instrucciones generales de la SMA sobre procedimiento de medición y control de residuos industriales líquidos. En el Anexo Identificador 2 se encuentran los comprobantes de los reportes mensuales de carga de las muestras subidas a la plataforma de la SMA a contar de diciembre 2018 hasta la declaración de febrero 2019, el detalle de éstos se presenta en la siguiente tabla: Período autocontrol : Diciembre 2018 Comprobante carga: ce_32858 Observación: No descarga Período autocontrol : Enero 2019 Comprobante carga: ce_33788 cr_33788 remuestreo Observación: Unidad detenida hasta el 20/01/2019, Período autocontrol : Febrero 2019 Comprobante carga: ce_34340 cr_34340 remuestreo La ubicación del punto de muestreo asociado a la descarga de las aguas de refrigeración de Bocamina I es la siguiente: Punto Muestreo: Cámara de muestreo previo a descarga Datum: WGS-84 Huso: 18 Norte (m) 5900981 Este (m) 663032 Fuente: Res. Ex. N°898/2013 El laboratorio responsable de realizar los análisis es el CENTRO DE ESTUDIOS MEDICION Y CERTIFICACION DE CALIDAD CESMEC S.A. Res. Ex.N°165 del 31 de enero del 2019, que renueva autorización como Entidad Técnica de Fiscalización Ambiental, respecto de las sucursales que indica (CESMEC S.A. sede Concepción). Reporte 04-06-2019 Se cargan los comprobantes de los reportes mensuales y remuestreos de los autocontroles subidos a la plataforma de la SMA correspondientes a las declaración de marzo y abril 2019. El muestreo trimestral de Zinc se realizó en abril 2019, se cargó a la plataforma en un solo archivo unido con el autocontrol semanal, la identificación de los informes de resultados es el siguiene: 1) Muestra 04-04-2019 TAG-31392 (04-04-19) U1 2) Muestra 10-04-2019 TAG-31457 (10-04-19) U1 3) Muestra 11-04-2019 TAG-31459 (11-04-19) U1 4) Muestra 17-04-2019 TAG-31474 (17-04-19) U1 5) Muestra 25-04-2019 TAG-31506 (17-04-19) U1
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3
Aumento frecuencia de monitoreo del parámetro Zinc en la calidad del efluente de CTB1.
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Para asegurar el monitoreo del Zinc en la calidad del efluente de CTB1, este parámetro se incluyó en el contrato con el laboratorio ETFA y en la ultima versión del instructivo operativo IO N°02 Plan de Vigilancia RILES y de Medio marino. Además se elaboró junto a la ETFA un programa con los días de muestreo y parámetros a considerar, que es chequeado por el especialista ambiental en la cadena de custodia luego de ser realizado el muestreo planificado.
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4
Elaborar e implementar un protocolo de monitoreo y reporte de autocontrol de la calidad del efluente, con el objeto de dar correcto cumplimiento a la RPM de CTB1, el D.S. N°90/2000, MINSEGPRES, y las instrucciones generales de la SMA sobre medición y control de residuos industriales líquidos, que incluya acciones y mecanismos de aseguramiento del monitoreo y reporte de autocontrol de todos los parámetros exigidos por la RPM.
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Para dar cumplimiento a la acción comprometida se trabajó sobre el Instructivo Operativo no. POA BSG 02 Monitoreo y Reportabilidad de Residuos Industriales Líquidos – PVA Medio Marino, vigente desde noviembre 2015. La actualización del documento se realizó durante marzo 2019 y se basó en el análisis de los cargos y formas de implementación que aprobó la RE 6 /ROL 18 del Complejo Bocamina, producto de la incorporación de las acciones comprometidas se generó el protocolo de monitoreo y reportes de autocontrol denominado Instructivo Operativo no. 2 Plan de Vigilancia RILES y Medio Marino Durante abril 2019 se privilegió la capacitación del área de operaciones ya que éstos debían implementar parte de las acciones incluidas en el instructivo. La última actualización fue informada por el Power Plant de Central Bocamina, mediante correo electrónico del día 04-06-2019, en esta oportunidad se incorporaron las responsabilidades respecto reportabilidad de parámetros de la descarga (caudal) y se actualizó la codificación del documento.
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5
Implementar capacitaciones bimestrales vinculadas al nuevo protocolo de monitoreo y reportes de autocontrol de calidad del efluente comprometido en la acción ID 4.
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Durante la primera etapa del programa de capacitaciones, se privilegio la difusión e implementación del protocolo con el personal de las guardias de operaciones, ya que los Jefes de turno, operadores terreno y operadores de pantalla tienen directa relación con el control de parámetros ambientales y registro de calidad del efluente. El contenido esencial de estas capacitaciones apuntó a informar e instruir sobre la reportabilidad de todos los datos que se encuentra comprometidos en las Resoluciones de los Programas de Monitoreos y RCA´s y que están consignadas en el Protocolo "IO N°02 Plan de Vigilancia RILES y de Medio Marino".
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6
Efectuar el monitoreo y reporte con la frecuencia requerida de la totalidad de los parámetros de acuerdo a lo dispuesto en la RPM de CTB1 y el numeral 6.3.1. del artículo primero del D.S. Nº90/00 MINSEGPRES.
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En cumplimiento con lo comprometido en la acción 6 del Programa de Cumplimiento, se efectuaron los muestreos y reportes de la calidad del efluente, con la frecuencia requerida, de la totalidad de los parámetros, según lo exigido en la RPM de CTB1 y lo dispuesto en el numeral 6.3.1. del D.S. Nº90/00 MINSEGPRES. Este monitoreo y reporte se ajustó a lo dispuesto en el RPM de CTB1 y a las instrucciones generales de la SMA sobre procedimiento de medición y control de residuos industriales líquidos En el Anexo Identificador 2 se encuentran los comprobantes de los reportes mensuales de carga de las muestras subidas a la plataforma de la SMA a contar de diciembre 2018 hasta la declaración de febrero 2019, el detalle de éstos se presenta en la siguiente tabla: Período autocontrol : Diciembre 2018 Comprobante carga: ce_32858 Observación: No descarga Período autocontrol : Enero 2019 Comprobante carga: ce_33788 cr_33788 remuestreo Observación: Unidad detenida hasta el 20/01/2019, Período autocontrol : Febrero 2019 Comprobante carga: ce_34340 cr_34340 remuestreo La ubicación del punto de muestreo asociado a la descarga de las aguas de refrigeración de Bocamina I es la siguiente: Punto Muestreo: Cámara de muestreo previo a descarga Datum: WGS-84 Huso: 18 Norte (m)5900981 Este (m) 663032 Fuente: Res. Ex. N°898/2013 El laboratorio responsable de realizar los análisis es el CENTRO DE ESTUDIOS MEDICION Y CERTIFICACION DE CALIDAD CESMEC S.A. Res. Ex.N°165 del 31 de enero del 2019, que renueva autorización como Entidad Técnica de Fiscalización Ambiental, respecto de las sucursales que indica (CESMEC S.A. sede Concepción). Reporte 04-06-2019 Se realiza seguimiento al cumplimiento de la frecuencia y número de parámetros comprometidos en las RPM's, RCA´s y D.S 90, como medio de verificación se entregan comprobantes de carga y resumen consolidado del cumplimiento. Durante el período a informar no se tuvo impedimentos para realizar autocontroles
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7
Elaborar e implementar un protocolo de monitoreo y reporte de autocontrol de la calidad del efluente, con el objeto de dar correcto cumplimiento a la frecuencia y el número de muestras de los monitoreos establecida en la RPM, de conformidad al numeral 6.3.1. y 6.3.2. del D.S. 90/00 MINSEGPRES y la RPM respectiva.
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Para dar cumplimiento a la acción comprometida se trabajó sobre el Instructivo Operativo no. POA BSG 02 Monitoreo y Reportabilidad de Residuos Industriales Líquidos – PVA Medio Marino, vigente desde noviembre 2015. La actualización del documento se realizó durante marzo 2019 y se basó en el análisis de los cargos y formas de implementación que aprobó la RE 6 /ROL 18 del Complejo Bocamina, producto de la incorporación de las acciones comprometidas se generó el protocolo de monitoreo y reportes de autocontrol. Durante abril 2019 se privilegió la capacitación del área de operaciones ya que éstos debían implementar parte de las acciones incluidas en el instructivo. La última actualización fue informada por el Power Plant de Central Bocamina, mediante correo electrónico del día 04-06-2019, en esta oportunidad se incorporaron las responsabilidades respecto reportabilidad de parámetros de la descarga (caudal) y se actualizó la codificación del documento.
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8
Implementar capacitaciones bimestrales vinculadas al nuevo protocolo de monitoreo y reportes comprometido en la acción ID 7.
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Durante la primera etapa del programa de capacitaciones, se privilegio la difusión e implementación del protocolo con el personal de las guardias de operaciones, ya que los Jefes de turno, operadores terreno y operadores de pantalla tienen directa relación con el control de parámetros ambientales y registro de calidad del efluente. El contenido esencial de estas capacitaciones apuntó a informar e instruir sobre la reportabilidad de todos los datos que se encuentra comprometidos en las Resoluciones de los Programas de Monitoreos y RCA´s y que están consignadas en el Protocolo "IO N°02 Plan de Vigilancia RILES y de Medio Marino".
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9
Realizar monitoreo del efluente de CTB1 realizando un análisis de cumplimiento de acuerdo a lo establecido en el DS N° 90/2000 MINSEGPRES, que considerará la evaluación del contenido de captación para el parámetro Coliformes Fecales, según lo previsto en el punto 4.1.3 de la citada norma de emisión.
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Según lo dispuesto en el D.S.90/00 MINSEGPRES y la RPM de CTB1, se realizarón los monitoreos de la calidad del efluente a través del Laboratorio ETFA Cesmec con sede en Concepción. En coordinación con el laboratorio, se llevó un seguimiento de los resultados correspondientes a los análisis microbiológicos, velando que en caso de registrarse una excedencia normativa, el remuestreo fuera realizado en los tiempos establecidos en el punto 6.4.1 del D.S 90. Una vez recibido el resultado de análisis semanales y remuestros de Coliformes Fecales, se reportó a través del Sistema de Fiscalización Riles del RETC los autocontroles de los meses de marzo y abril.
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11
Aumentar la frecuencia de monitoreo y control de la calidad del efluente de CTB1 de los parámetros regulados en la RPM de CTB1 durante la ejecución del PdC.
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Para dar cumplimiento al PdC se aumentó la frecuencia del monitoreo y control de la totalidad de los parámetros regulados en la RPM de CTB1, de 4 a 5 días de muestreo en el a partir de marzo 2019. Además se elaboró junto a la ETFA un programa con las fechas de muestreo previamente fijadas y para todo el período del PdC, por otro lado el especialista ambiental revisa la cadena de custodia luego de realizado de realizado el muestreo para asegurar que los parámetros requeridas sean los que se van a analizar.
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12
Realizar y reportar oportunamente los remuestreos correspondientes, conforme a lo establecido en el numeral 6.4.1 del artículo primero del D.S. N°90/2000, MINSEGPRES y en la RPM de CTB1.
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Para dar cumplimiento a la acción comprometida en el PdC y según lo dispuesto en el D.S.90/00 MINSEGPRES y la RPM de CTB1, se realizarón los monitoreos de la calidad del efluente a través del Laboratorio ETFA Cesmec con sede en Concepción. En coordinación con el laboratorio, se llevó un seguimiento de los resultados correspondientes en particular a los análisis microbiológicos, velando que en caso de registrarse una excedencia normativa, el remuestreo fuera efectuado en los tiempos establecidos en el punto 6.4.1 del D.S 90, es decir dentro de los 15 días siguientes a la fecha en que el laboratorio nos informaba de la excedencia. Una vez recibido el resultado de análisis semanales y remuestros de Coliformes Fecales, se reportó a través del Sistema de Fiscalización Riles del RETC los autocontroles de los meses de marzo y abril. Cabe destacar que durante el período reportado no hubo impedimentos para la realización de los autocontroles y remuestreos necesarios.
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13
Elaborar e implementar protocolo interno para la realización de monitoreos y reportes de la calidad de efluente, que contemple mecanismos de aseguramiento de las actividades de remuestreos y su reporte conforme a lo establecido en el numeral 6.4.1. del D.S. N° 90/00 del MINSEGPRES y la RPM respectiva
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Para dar cumplimiento a la acción comprometida, se trabajó sobre la base del Instructivo Operativo no. POA BSG 02 Monitoreo y Reportabilidad de Residuos Industriales Líquidos – PVA Medio Marino, vigente desde noviembre 2015. La actualización del documento se realizó durante marzo 2019 y se basó en el análisis de los cargos y formas de implementación que aprobó la RE 6 /ROL 18 del Complejo Bocamina, producto de la incorporación de las acciones comprometidas se generó el protocolo de monitoreo y reportes de autocontrol denominado Instructivo Operativo no. 2 Plan de Vigilancia RILES y Medio Marino Durante abril 2019 se privilegió la capacitación del área de operaciones ya que éstos debían implementar parte de las acciones incluidas en el instructivo. La última actualización fue informada por el Power Plant de Central Bocamina, mediante correo electrónico del día 04-06-2019, en esta oportunidad se incorporaron las responsabilidades respecto reportabilidad de parámetros de la descarga (caudal) y se actualizó la codificación del documento.
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14
Implementar capacitaciones bimestrales vinculadas al nuevo Protocolo de Monitoreo y Reportes comprometido en la acción ID 13.
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Durante la primera etapa del programa de capacitaciones, se privilegio la difusión e implementación del protocolo con el personal de las guardias de operaciones, ya que los Jefes de turno, operadores terreno y operadores de pantalla tienen directa relación con el control de parámetros ambientales y registro de calidad del efluente. El contenido esencial de estas capacitaciones incluye informar e instruir acerca de la reportabilidad de todos los datos que se encuentran comprometidos en las Resoluciones de los Programas de Monitoreos y RCA´s y que están consignadas en el Protocolo "IO N°02 Plan de Vigilancia RILES y de Medio Marino".
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15
Aumentar la frecuencia de monitoreo y control de la totalidad de los parámetros establecidos en la Tabla N° 4 del D.S. 90/00 MINSEGPRES, durante la ejecución del PdC, de conformidad a lo exigido en la PRM de CTB2.
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Tal como fue expuesto en el Programa de cumplimiento, el no informar determinados parámetros en los informes de monitoreo de autocontrol, en el caso del mes de agosto de 2017, dado el error del laboratorio contratado para la ejecución del monitoreo y análisis, se efectuó el monitoreo y análisis de la totalidad de los parámetros del D.S. 90/00 MINSEGPRES, durante el mes de septiembre de 2017, en el Anexo Identificador 15 se encuentra Informe de Análisis N°26899 de 17 de octubre de 2017 (CESMEC), acompañado del comprobante de ingreso a la plataforma Sistema de Fiscalización de Riles. Según lo consignado en acción 15 del Plan de Cumplimiento, se aumentó la frecuencia de la medición y reporte de la totalidad de los parámetros de la tabla N°4 de D.S. 90/00 MINSEGPRES, de anual a semestral, de conformidad a lo exigido en la RPM de CTB2 (Res. Ex. 735 de 9 de agosto de 2016 de la SMA, Resuelvo I, numeral 1.6 letra d). Como verificador de cumplimiento en el Anexo Identificador 15 se adjunta certificado de laboratorio TAG-30990 con los resultados (CESMEC) del monitoreo de la Tabla 4, realizado en la descarga de Bocamina II el 21 de febrero de 2019 y el respectivo certificado de carga del monitoreo en el autocontrol de febrero 2019. Por otro lado, cabe mencionar que en el mes de agosto de 2018, se realizó el monitoreo exigido, según da cuenta Informe de Análisis de CESMEC, que se acompaña en Anexo Identificador 15. La ubicación del punto de muestreo asociado a la descarga de las aguas de refrigeración de Bocamina II es la siguiente: Punto Muestreo: Cámara de muestreo previo a descarga Datum: WGS-84 Huso: 18 Norte (m) 5900730 Este (m) 663006 Fuente: Res. Ex. N°735/2016 El laboratorio responsable de realizar los análisis es el CENTRO DE ESTUDIOS MEDICION Y CERTIFICACION DE CALIDAD CESMEC S.A. Res. Ex.N°165 del 31 de enero del 2019, que renueva autorización como Entidad Técnica de Fiscalización Ambiental, respecto de las sucursales que indica (CESMEC S.A. sede Concepción). Reporte 04-06-2019 Para dar cumplimiento al PdC se aumentó la frecuencia del monitoreo y control de la totalidad de los parámetros regulados en la RPM de CTB2, de 4 a 5 días de muestreo en el a partir de marzo 2019. Además se elaboró junto a la ETFA un programa con las fechas de muestreo previamente fijadas y para todo el período del PdC, por otro lado el especialista ambiental revisa la cadena de custodia luego de realizado de realizado el muestreo para asegurar que los parámetros requeridas sean los que se van a analizar. Durante el período reportado (marzo-abril) no hubo impedimentos para realizar los autocontroles semanales.
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16
Elaborar e implementar un protocolo de monitoreo y reportes, con el objeto de dar correcto cumplimiento al monitoreo y reporte de la totalidad de los parámetros de la tabla N°4 del D.S. 90/00 MINSEGPRES en la oportunidad exigida en a la RMP de CTB2.
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Para dar cumplimiento a la acción comprometida se trabajó sobre la base del Instructivo Operativo no. POA BSG 02 Monitoreo y Reportabilidad de Residuos Industriales Líquidos – PVA Medio Marino, vigente desde noviembre 2015. La actualización del documento se realizó durante marzo 2019 y consideró en el análisis de los cargos y formas de implementación que aprobó la RE 6 /ROL 18 del Complejo Bocamina, producto de la incorporación de las acciones comprometidas se generó el protocolo de monitoreo y reportes de autocontrol denominado Instructivo Operativo no. 2 Plan de Vigilancia RILES y Medio Marino Durante abril 2019 se privilegió la capacitación del área de operaciones ya que éstos debían implementar parte de las acciones incluidas en el instructivo. La última actualización fue informada por el Power Plant de Central Bocamina, mediante correo electrónico del día 04-06-2019, en esta oportunidad se incorporaron las responsabilidades respecto reportabilidad de parámetros de la descarga (caudal) y se actualizó la codificación del documento.
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17
Implementar capacitaciones bimestrales vinculadas al nuevo Protocolo de Monitoreo y Reportes de la acción ID 16.
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Durante la primera etapa del programa de capacitaciones, se privilegio la difusión e implementación del protocolo con el personal de las guardias de operaciones, ya que los Jefes de turno, operadores terreno y operadores de pantalla tienen directa relación con el control de parámetros ambientales y registro de calidad del efluente. El contenido esencial de estas capacitaciones incluye informar e instruir la reportabilidad de todos los datos que se encuentra comprometidos en las Resoluciones de los Programas de Monitoreos y RCA´s y que están consignadas en el Protocolo "IO N°02 Plan de Vigilancia RILES y de Medio Marino".
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18
Medir, analizar y reportar con la frecuencia requerida la totalidad de los parámetros indicados en la RPM de CTB2.
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Se informa, con la frecuencia requerida, la medición y reporte de la totalidad de los parámetros incluidos en el la Resolución del Programa de Monitoreo de la Central Bocamina 2, en cumplimiento del D.S. N°90/00 MINSEGPRES. En cumplimiento con lo comprometido en la acción 18 del Programa de Cumplimiento, se efectuaron los muestreos y reportes de la calidad del efluente, con la frecuencia requerida, de la totalidad de los parámetros, según lo exigido en la Resolución del Programa de Monitoreo de la unidad Bocamina 2 y lo dispuesto en el numeral 6.3.1. del D.S. Nº90/00 MINSEGPRES. Este monitoreo y reporte se ajustó a lo dispuesto en la Resolución del Programa de Monitoreo de la unidad Bocamina 2 y a las instrucciones generales de la SMA sobre procedimiento de medición y control de residuos industriales líquidos En el Anexo Identificador 18 se encuentran los comprobantes de los reportes mensuales de carga de las muestras subidas a la plataforma de la SMA a contar de diciembre 2018 hasta la declaración de febrero 2019, el detalle de éstos se presenta en la siguiente tabla: Período autocontrol: Diciembre 2018 Comprobante carga: ce_32912 Período autocontrol: Enero 2019 Comprobante carga: ce_33808 Período autocontrol: Febrero 2019 Comprobante carga: ce_34341 La ubicación del punto de muestreo asociado a la descarga de las aguas de refrigeración de Bocamina II es la siguiente: Punto Muestreo: Cámara de muestreo previo a descarga Datum: WGS-84 Huso: 18 Norte (m) 5900730 Este (m) 663006 Fuente: Res. Ex. N°735/2016 El laboratorio responsable de realizar los análisis es el CENTRO DE ESTUDIOS MEDICION Y CERTIFICACION DE CALIDAD CESMEC S.A. Res. Ex.N°165 del 31 de enero del 2019, que renueva autorización como Entidad Técnica de Fiscalización Ambiental, respecto de las sucursales que indica (CESMEC S.A. sede Concepción).
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19
Aumentar la frecuencia de monitoreo y control de los parámetros regulados en la RPM de CTB2.
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Para dar cumplimiento al PdC se aumentó la frecuencia del monitoreo y control de la totalidad de los parámetros regulados en la RPM de CTB2, de 4 a 5 días de muestreo a partir de marzo 2019. Además se elaboró junto al laboratorio ETFA un programa con las fechas consensuadas para todo el período del PdC y que posteriormente fueron informadas y a los jefes de turno de la unidad, por otro lado el especialista ambiental revisa la cadena cada vez que se realiza un muestreo, con el objetivo de asegurar que los parámetros indicados sean los requeridos de acuerdo al PdC, RCA's, RPM y D.S 90. Cabe destacar que durante el período a informar no existieron impedimentos para realizar las campañas de autocontrol comprometidas.
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20
Elaborar e implementar un protocolo de monitoreo y reporte de autocontrol de la calidad del efluente, con el objeto de dar correcto cumplimiento a la frecuencia y el número de muestras de los monitoreos establecida en la RPM, de conformidad al numeral 6.3.1. y 6.3.2. del D.S. 90/00 MINSEGPRES y la RPM respectiva.
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Para dar cumplimiento a la acción comprometida se trabajó sobre la base del Instructivo Operativo no. POA BSG 02 Monitoreo y Reportabilidad de Residuos Industriales Líquidos – PVA Medio Marino, vigente desde noviembre 2015. La actualización del documento se realizó durante marzo 2019 y consideró en el análisis de los cargos y formas de implementación que aprobó la RE 6 /ROL 18 del Complejo Bocamina, producto de la incorporación de las acciones comprometidas se generó el protocolo de monitoreo y reportes de autocontrol denominado Instructivo Operativo no. 2 Plan de Vigilancia RILES y Medio Marino Durante abril 2019 se privilegió la capacitación del área de operaciones ya que éstos debían implementar parte de las acciones incluidas en el instructivo. La última actualización fue informada por el Power Plant de Central Bocamina, mediante correo electrónico del día 04-06-2019, en esta oportunidad se incorporaron las responsabilidades respecto reportabilidad de parámetros de la descarga (caudal) y se actualizó la codificación del documento.
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21
Implementar capacitaciones bimestrales vinculadas al nuevo protocolo de monitoreo y reportes comprometido en la acción ID 20.
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De acuerdo a lo comprometido en la acción 21 del PdC, durante la primera etapa del programa de capacitaciones, se privilegio la difusión e implementación del protocolo con el personal de las guardias de operaciones, ya que los Jefes de turno, operadores terreno y operadores de pantalla tienen directa relación con el control de parámetros ambientales y registro de calidad del efluente. El contenido esencial de estas capacitaciones incluye informar e instruir la reportabilidad de todos los datos que se encuentra comprometidos en las Resoluciones de los Programas de Monitoreos y RCA´s y que están consignadas en el Protocolo "IO N°02 Plan de Vigilancia RILES y de Medio Marino".
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22
Informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, los reportes y medios de verificación que acrediten la ejecución de las acciones comprendidas en el PdC a través de los sistemas digitales que la SMA disponga al efecto para implementar el SPDC.
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Conforme al plazo comprometido por Central Bocamina, con fecha 18 de marzo de 2019, fue cargado en el Sistema de Seguimiento de Programas de Cumplimiento (SPdC) el Plan de Cumplimiento (PdC) aprobado mediante la Res. Ex. N°6/Rol N F-046-2018 del 04 de marzo de 2019. La validación del mismo, se concretó el lunes 25 de marzo de 2019, con este hito y durante el mismo día, se intentó cargar el reporte inicial en el SPdC, cuyo plazo se cumplía el 25 de marzo de 2019. No obstante, la opción para cargar los antecedentes no se encontraba disponible en la plataforma. Luego de informar esta situación vía correo a [email protected] y al mail [email protected], de la División de Sanción y Cumplimiento de la Superintendencia de Medio Ambiente (SMA), y con el propósito de cumplir con las obligaciones que emanan del PdC, el martes 26 de marzo, se hizo ingreso por oficina de partes de la SMA Región del BioBío, el referido reporte inicial junto a la carta conductora con timbre de recepción que se adjunta a esta declaración. Mediante correo electrónico remitido por [email protected] se nos informó que como solución alternativa para registrar el reporte inicial en el SPDC, se deberán remitir las acciones ID 1,2,6,15 y 18, a través del reporte de avance del periodo 04-06-2019. De acuerdo a la solución entregada, el 26 de marzo se realizó la carga del reporte inicial del PdC.
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Reportes del PdC 3

Tipo de reporte: Avance
Fecha de envío: 04-06-2019
Comprobante de envío: Descargar
Medios de verificación: Descargar
#
Estado
Fecha envío
Detalle
1
Enviado
04-06-2019
— actual
2
Enviado
04-09-2019
3
Enviado
11-10-2019

Sancionatorios asociados 1

Rol
Fecha formulación de cargo
Estado
Detalle
F-046-2018
16-11-2018
Terminado - PDC Satisfactorio
1 elementos seleccionados