Reporte de programa de cumplimiento
Reporte avance — PdC D-095-2018 · EXTRACCION DE ARIDOS MINERA SANTA LAURA - SAN BERNARDO
Expediente: D-095-2018 →
Fecha resolución: 15-02-2019
Fecha término: 27-02-2020
Estado PdC: Finalizado
Frecuencia reporte: Bimestral
Tipo PdC: Guía PdC 2018
Unidad fiscalizable: EXTRACCION DE ARIDOS MINERA SANTA LAURA - SAN BERNARDO
Comuna / Región: San Bernardo — Región Metropolitana
Acciones 12
N° Hecho
N° Acción
Implementación comprometida
Cumplimiento
1
No superar el volumen mensual de extracción autorizado ambientalmente.
Ver detalle →Diseñar e implementar para su uso un sistema mejorado de control y registro que permita conocer de manera detallada del volumen de extracción de áridos diariamente y el volumen acumulado diario dentro del mes, con el objeto de no sobrepasar las tasas de explotación mensual autorizadas, información que será reportada diariamente al jefe del área. El sistema de control deberá contener al menos lo siguiente: • Cubicaje del material medido sobre camión • Volumen geométrico de carga (Explotado). • Volumen geométrico acumulado (día Anterior) • Volumen geométrico Actual Acumulado (Día de Explotación) • Volumen geométrico Total Acumulado a la Fecha. • Registro diario de entrega de información al encargado del área. Toda la información recopilada, en el marco de esta acción, será digitalizada de manera diaria, para la generación de los informes pertinentes.
Ver detalle →2
Capacitar e instruir al personal involucrado en las faenas de extracción, en el uso del sistema mejorado de control y registro, en fechas a programar.
Ver detalle →Se ha preparado el material necesario para capacitar e instruir al personal involucrado en las faenas de extracción, en el uso del sistema mejorado de control y registro, en fechas a programar.
Ver detalle →4
Presentación y obtención de respuesta de una consulta de pertinencia ante el Servicio de Evaluación Ambiental.
Ver detalle →Se esta realizando un levantamiento de información, antecedentes y permisos existentes para preparación, presentación y obtención de respuesta de una consulta de pertinencia ante el Servicio de Evaluación Ambiental.
Ver detalle →5
Reforzar los actuales sistemas de control ambiental existentes en la planta procesadora de áridos
Ver detalle →Reforzar los actuales sistemas de control ambiental existentes en la planta procesadora de áridos.
Ver detalle →6
Implementar las 12 estaciones de monitoreo de MPS (6), PTS (5) y meteorología (1) en conformidad a lo indicado en las RCA N°361/2010 y N°414/2014.
Ver detalle →Implementar las estaciones de monitoreo de MPS, PTS y meteorología en conformidad a lo indicado en las RCA N°361/2010 y N°414/2014.
Ver detalle →10
Implementar y operar un sistema de control topográfico de apoyo permanente en el área de extracción.
Ver detalle →Implementar y operar un sistema de control topográfico de apoyo permanente en el área de extracción.
Ver detalle →13
Garantizar a la SMA que Compañía Minera Santa Laura Limitada, ejecutará el PCE requerido en la RCA Nº414/2014, por toda la vigencia que corresponda
Ver detalle →Se acompaña una declaración jurada del representante de Compañía Minera Santa Laura Limitada, con el compromiso de implementar las medidas establecidas en el Plan de Compensación de Emisiones aprobado por la SEREMI de MMA RM, mediante ORD. AIRE Nº1151, de fecha 05 de diciembre de 2018., en las condiciones y plazos ahí establecidos.
Ver detalle →14
Proponer a la SEREMI MMA RM una compensación adicional del proyecto amparado en RCA Nº414/2014, debido al retraso en la presentación del PCE que actualmente se encuentra en trámite.
Ver detalle →Mediante la contratación de un especialista, se esta realizando un análisis detallado de estimación de emisiones generadas por el proyecto durante los 4 años aproximados del retraso en la presentación del PCE, con el objeto de cuantificar dichas emisiones y de este modo proponer por medio de una nueva presentación, una compensación adicional por las emisiones ahí generadas, llegando a compensar de esta forma, todas aquellas emisiones del periodo estimadas en el proyecto más todas aquellas no compensadas en el periodo de retraso.
Ver detalle →15
Realizar solicitud de calificación de fuente emisora de la planta de procesamiento de áridos de Compañía Minera Santa Laura Limitada, ubicada en la ribera norte del río Maipo, aproximadamente 7 km aguas abajo del puente Maipo Ruta 5, de conformidad a lo establecido en Resolución Exenta N°117 de 2013, de la SMA
Ver detalle →Se están levantando antecedentes e información requerida para solicitar a la SMA para que evalúe si el establecimiento (planta procesadora de áridos) califica o no como fuente emisora de residuos industriales líquidos, de conformidad a lo prescrito en el artículo segundo de la Resolución Exenta N° 117 de 2013, de la SMA.
Ver detalle →16
Tramitar y obtener resolución de calificación de fuente emisora de residuos industriales líquidos ante la SMA. En caso de que la planta sea calificada como fuente emisora, se ingresará además la solicitud para obtener la Resolución que establece Programa de Monitoreo (RPM)
Ver detalle →Aún no ha sido presentada la solicitud de calificación de fuente emisora de la planta de procesamiento de áridos de Compañía Minera Santa Laura Limitada, ubicada en la ribera norte del río Maipo, aproximadamente 7 km aguas abajo del puente Maipo Ruta 5, de conformidad a lo establecido en Resolución Exenta N°117 de 2013, de la SMA
Ver detalle →17
Implementar un sistema de monitoreo de la piscina de regulación de flujo (donde se reciben y recirculan las aguas provenientes del proceso de los áridos) a fin de evitar el rebalse de la misma
Ver detalle →Implementar un sistema de monitoreo y control visual de la piscina de regulación de flujo, de frecuencia semanal, que entregue al menos la siguiente información: • Distancia existente entre el agua y la altura del muro de la piscina (permite determinar el volumen a recepcionar). • Estado de las paredes de la piscina acompañadas de un registro fotográfico
Ver detalle →18
Informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, los reportes y medios de verificación que acrediten la ejecución de las acciones comprendidas en el Programa de Cumplimiento a través de los sistemas digitales que la SMA disponga al efecto para implementar el SPDC, y de conformidad a lo establecido en la Resolución Exenta N° 116/2018 de esta Superintendencia.
Ver detalle →Esta acción no requiere un reporte o medio de verificación específico, y una vez ingresados los reportes y/o medios de verificación para las restantes acciones, se conservará el comprobante electrónico generado por el sistema digital en el que se implemente el SPDC.
Ver detalle →Reportes del PdC 7
Sancionatorios asociados 1
Rol
Fecha formulación de cargo
Estado
Detalle