Reporte de programa de cumplimiento
Reporte final — PdC F-075-2024 · PLANTA DEPURADORA DE AGUAS INDUSTRIALES SAN FELIPE
Expediente: F-075-2024 →
Fecha resolución: 03-07-2025
Fecha término: 04-04-2026
Estado PdC: En Curso
Frecuencia reporte: Anual
Tipo PdC: Guía PdC Residuos Líquidos
Unidad fiscalizable: PLANTA DEPURADORA DE AGUAS INDUSTRIALES SAN FELIPE
Comuna / Región: San Felipe — Región de Valparaíso
Acciones 8
N° Hecho
N° Acción
Implementación comprometida
Cumplimiento
1
Cargar en el SPDC el programa de cumplimiento aprobado por la Superintendencia del Medio Ambiente.
Ver detalle →Se transcribió en la plataforma electrónica del SPDC el Programa de Cumplimiento aprobado (incluyendo las correcciones de oficio realizadas en la respectiva resolución).
Ver detalle →2
Cargar en el portal SPDC de la Superintendencia del Medio Ambiente, en un único reporte final, todos los medios de verificación comprometidos para acreditar la ejecución de las acciones comprendidas en el PdC, de conformidad a lo establecido en la Resolución Exenta N° 166/2018 de la SMA.
Ver detalle →Se carga el Reporte Final Unico de forma exitosa y dentro de los plazos establecidos.
Ver detalle →3
Reportar mensualmente el Programa de Monitoreo durante la vigencia del Programa de Cumplimiento.
Ver detalle →Se ha dado cumplimiento a reportar mensualmente al RETC el Programa de Monitoreo durante la vigencia del Programa de Cumplimiento, lo que será llevado a cabo de forma permanente de forma mensual.
Ver detalle →4
Elaborar y ejecutar un Protocolo de implementación del Programa de Monitoreo del establecimiento. - Calendarización de los monitoreos y reportes. - Realizar el reporte a RILES del RETC aun cuando no se haya ejecutado descarga en el período correspondiente. - Individualización de los parámetros comprometidos en el Programa de Monitoreo. - Frecuencia de monitoreo de cada parámetro. - Metodología de monitoreo y tipo de muestra (puntual o compuesta). - Límites máximos permitidos para cada parámetro según la norma de emisión correspondiente. - Máximo permitido de caudal del efluente. - Procedimiento de remuestreo (considerando sus plazos de ejecución y reporte). - Plan de mantenimiento de las instalaciones del sistema de RILes. - Identificación del personal responsable de la operación del sistema de tratamiento de RILes. - Identificación del personal responsable del ingreso de la información al RETC.
Ver detalle →Se elaboró e implementó en las actividades de la empresa un Protocolo de Implementación del Programa de Monitoreo de RILES donde se detallan todos los aspectos a cumplir en relación a muestreos, reportes y cumplimiento de normas ambientales y las responsabilidades del personal a cargo de estas acciones específicas.
Ver detalle →5
Capacitar al personal encargado del manejo del sistema RILes y/o reporte del Programa de Monitoreo, sobre el protocolo de implementación del Programa de Monitoreo del establecimiento.
Ver detalle →Se realizó capacitación relacionada con el Potocolo de Muestreo de los RILes de la empresa al personal encargado de coordinar los muestreos y reportarlos al RETC (RILES).
Ver detalle →6
Dar cumplimiento a la frecuencia mínima mensual de monitoreo establecida para los parámetros considerados en el Programa de Monitoreo, durante la vigencia del Programa de Cumplimiento.
Ver detalle →Se da cumplimiento a la ejecución de los muestreos de RIL para los distintos parámetros indicados en el Programa de Monitoreo, en la frecuencia correspondiente (minímo de forma mensual).
Ver detalle →7
Elaborar y ejecutar un Protocolo de implementación del Programa de Monitoreo del establecimiento, que contenga información respecto a: - Calendarización de los monitoreos y reportes. - Realizar el reporte a RILES del RETC aun cuando no se haya ejecutado descarga en el período correspondiente. - Individualización de los parámetros comprometidos en el Programa de Monitoreo. - Frecuencia de monitoreo de cada parámetro. - Metodología de monitoreo y tipo de muestra (puntual o compuesta). - Límites máximos permitidos para cada parámetro según la norma de emisión correspondiente. - Máximo permitido de caudal del efluente. - Procedimiento de remuestreo (considerando sus plazos de ejecución y reporte). - Plan de mantenimiento de las instalaciones del sistema de RILes. - Identificación del personal responsable de la operación del sistema de tratamiento de RILes. - Identificación del personal responsable del ingreso de la información al RETC.
Ver detalle →Se elaboró el "Protocolo de Implementación de Programa de Monitoreo de Residuos Industriales Líquidos", el que posteriormente se dió a conocer a los trabajadores relacionados con el tema.
Ver detalle →8
Capacitar al personal encargado del manejo del sistema RILes y/o reporte del Programa de Monitoreo, sobre el Protocolo de implementación del Programa de Monitoreo del establecimiento.
Ver detalle →Se realizó capacitación referente al Protocolo de Implamentación de Monitoreo de RILES a los trabajadores de la empresa que, dentro de sus actividades, les corresponda coordinar o reportar en el RETC los muestreos y resultados.
Ver detalle →Reportes del PdC 1
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Estado
Fecha envío
Detalle
1
Enviado
03-04-2026
— actual
Sancionatorios asociados 1
Rol
Fecha formulación de cargo
Estado
Detalle