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Procedimiento sancionatorioExpediente F-063-2020

Procedimiento sancionatorio LEÑERÍA ESTANISLAO ORELLANA

Expediente: F-063-2020
Fecha inicio: 01-10-2020
Fecha término: 22-06-2021
Multa: 1 U.T.A.
Estado de pago: Pagada
Estado: Terminado - Sanción
Unidad fiscalizable: LEÑERÍA ESTANISLAO ORELLANA
Comuna / Región: Chillán Viejo — Región de Ñuble
Programa de cumplimiento: Sin programa de cumplimiento
Registro Público de Sanciones: Ver sanción →

Documentos 12

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Nombre documento
Tipo documento
Fecha
Descargar
1
Mémorandum Designa Fiscal Instructor Titular y Suplente
Otros
02-09-2020
2
Formulación de Cargos
Formulación de Cargos
01-10-2020
3
Acta de notificación personal
Notificación Formulación de Cargos
08-10-2020
4
Ampliación de plazo
Resuelve Solicitud Ampliación de Plazos (Descargos y PDC Presentación)
16-10-2020
5
R_E_N2 Solicita información que indica
Solicitud de diligencias (sin término probatorio)
28-04-2021
6
Notificación R_E_N2
Otros
30-04-2021
7
Respuesta R_E_N2
Otros
12-05-2021
8
Dictamen Estanislao Orellana
Dictamen
09-06-2021
9
MEMO DERIVACIÓN DICTAMEN A SUPERINTENDENTE
Memo DSC
09-06-2021
10
Resolución sancionatoria
Resolución Sancionatoria
22-06-2021
11
Notificación Res. Ex. 1443 Estanislao Orellana
Notificación de Resolución Sancionatoria al Titular
29-06-2021
12
Acredita pago
Resolución Acredita Pago de Multa Total
26-09-2023

Hechos considerados 3

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Hecho
Instrumento infringido
Infracción (Art. 35 LOSMA)
Clasificación (Art. 36 LOSMA)
1
Comercialización de leña con contenido de humedad sobre el 25% (leña húmeda), con fecha 20 de mayo de 2019.
c) El incumplimiento de las medidas e instrumentos previstos en los Planes de Prevención y, o de Descontaminación, normas de calidad y emisión, cuando corresponda.
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
2
No disponer de equipo xilohigrómetro para la medición de la humedad de la leña.
c) El incumplimiento de las medidas e instrumentos previstos en los Planes de Prevención y, o de Descontaminación, normas de calidad y emisión, cuando corresponda.
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
3
No tener instalada una Tabla de Conversión de Energía de Leña en un lugar visible del establecimiento.
c) El incumplimiento de las medidas e instrumentos previstos en los Planes de Prevención y, o de Descontaminación, normas de calidad y emisión, cuando corresponda.
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.

Fiscalizaciones asociadas 1

Expediente de fiscalización
Año actividad
Detalle
DFZ-2020-2563-XVI-PPDA
2020

Medidas provisionales asociadas 0

No se registran medidas provisionales asociadas.

Sanciones 3

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Hecho
Instrumento
Infracción (Art. 35)
Clasificación (Art. 36)
Sanción
UTA
1
Comercialización de leña con contenido de humedad sobre el 25% (leña húmeda), con fecha 20 de mayo de 2019.
c) El incumplimiento de las medidas e instrumentos previstos en los Planes de Prevención y, o de Descontaminación, normas de calidad y emisión, cuando corresponda.
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
Multa de una a diez mil U.T.A.
1
2
No disponer de equipo xilohigrómetro para la medición de la humedad de la leña.
c) El incumplimiento de las medidas e instrumentos previstos en los Planes de Prevención y, o de Descontaminación, normas de calidad y emisión, cuando corresponda.
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
Amonestación por Escrito
3
No tener instalada una Tabla de Conversión de Energía de Leña en un lugar visible del establecimiento.
c) El incumplimiento de las medidas e instrumentos previstos en los Planes de Prevención y, o de Descontaminación, normas de calidad y emisión, cuando corresponda.
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
Amonestación por Escrito
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