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Procedimiento sancionatorioExpediente F-009-2013

Procedimiento sancionatorio PLANTEL LECHERO-ANCALI

Expediente: F-009-2013
Fecha inicio: 05-06-2013
Fecha término: 15-11-2013
Multa: 38 U.T.A.
Estado de pago: Pagada
Estado: Terminado - Sanción
Unidad fiscalizable: PLANTEL LECHERO-ANCALI
Comuna / Región: Los Ángeles — Región del Biobío
Programa de cumplimiento: Sin programa de cumplimiento
Registro Público de Sanciones: Ver sanción →

Documentos 16

#
Nombre documento
Tipo documento
Fecha
Descargar
1
Memo UIPS N° 127, Designa Instructor
Otros
04-06-2013
2
Ord UIPS N° 276, Formula Cargos, 5 de junio de 2013
Formulación de Cargos
05-06-2013
3
Respuesta a requerimiento de información
Otros
14-06-2013
4
Anexos de respuesta a requerimiento de información
Otros
14-06-2013
5
Escrito de descargos
Descargos
21-06-2013
6
Anexos al escrito de descargos
Otros
21-06-2013
7
Ord. U.I.P.S. N° 553, Solicita información que indica
Otros
13-08-2013
8
Respuesta a requerimiento de información
Otros
21-08-2013
9
Anexo de respuesta a requerimiento de información
Otros
21-08-2013
10
Resolución Final
Resolución Sancionatoria
30-09-2013
11
Recurso de reposición
Presentación de Reposición
15-10-2013
12
Resuelve reposición
Resolución Reposición
15-11-2013
13
ORD N120 Tesorería General de la República
Resolución Acredita Pago de Multa Total
06-01-2016
14
RESOL 64 SMA 2021, Acredita Pago
Otros
13-01-2021
15
Notificación RESOL 64 SMA 2021
Otros
22-01-2021
16
Dictamen
Dictamen
05-05-2022

Hechos considerados 5

#
Hecho
Instrumento infringido
Infracción (Art. 35 LOSMA)
Clasificación (Art. 36 LOSMA)
1
A1. No haber instalado en la piscina N°1 de Agua Verde los aireadores requeridos para el tratamiento de residuos liquidos (agua verde) y el control de olores molestos
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
2
B1. La piscina de Acumulación N°1 de Agua Verde no cuenta con la cortina vegetal comprometida en su perimetro
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
3
B2. No haber instalado en la piscina de Acumulación N°1 de Agua Verde el sistema dispensador de sustancias odorizantes o aromatizantes requerido para el control de olores
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
Gravee) Incumplan gravemente las medidas para eliminar o minimizar los efectos adversos de un proyecto o actividad, de acuerdo a lo previsto en la respectiva Resolución de Calificación Ambiental.
4
B3. La piscina N°4 de Acumulación Auxiliar de purines no cuenta con la cortina vegetal de pino o eucaliptus comprometida.
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
Gravee) Incumplan gravemente las medidas para eliminar o minimizar los efectos adversos de un proyecto o actividad, de acuerdo a lo previsto en la respectiva Resolución de Calificación Ambiental.
5
B4. Las piscinas 2 y 4 Auxiliares, que como su nombre lo indica, estan destinadas a acumular purines en periodo invernal o cuando las condiciones climaticas no permitan el riego de cultivos, se encontraban realizando labores de acumulación de purines en periodo estival.
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
Gravee) Incumplan gravemente las medidas para eliminar o minimizar los efectos adversos de un proyecto o actividad, de acuerdo a lo previsto en la respectiva Resolución de Calificación Ambiental.

Fiscalizaciones asociadas 0

No se registran fiscalizaciones asociadas.

Medidas provisionales asociadas 0

No se registran medidas provisionales asociadas.

Sanciones 5

#
Hecho
Instrumento
Infracción (Art. 35)
Clasificación (Art. 36)
Sanción
UTA
1
A1. No haber instalado en la piscina N°1 de Agua Verde los aireadores requeridos para el tratamiento de residuos liquidos (agua verde) y el control de olores molestos
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
Multa de una a diez mil U.T.A.
5
2
B1. La piscina de Acumulación N°1 de Agua Verde no cuenta con la cortina vegetal comprometida en su perimetro
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
Multa de una a diez mil U.T.A.
11
3
B2. No haber instalado en la piscina de Acumulación N°1 de Agua Verde el sistema dispensador de sustancias odorizantes o aromatizantes requerido para el control de olores
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
Gravee) Incumplan gravemente las medidas para eliminar o minimizar los efectos adversos de un proyecto o actividad, de acuerdo a lo previsto en la respectiva Resolución de Calificación Ambiental.
Multa de una a diez mil U.T.A.
5
4
B3. La piscina N°4 de Acumulación Auxiliar de purines no cuenta con la cortina vegetal de pino o eucaliptus comprometida.
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
Gravee) Incumplan gravemente las medidas para eliminar o minimizar los efectos adversos de un proyecto o actividad, de acuerdo a lo previsto en la respectiva Resolución de Calificación Ambiental.
Multa de una a diez mil U.T.A.
11
5
B4. Las piscinas 2 y 4 Auxiliares, que como su nombre lo indica, estan destinadas a acumular purines en periodo invernal o cuando las condiciones climaticas no permitan el riego de cultivos, se encontraban realizando labores de acumulación de purines en periodo estival.
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
Gravee) Incumplan gravemente las medidas para eliminar o minimizar los efectos adversos de un proyecto o actividad, de acuerdo a lo previsto en la respectiva Resolución de Calificación Ambiental.
Multa de una a diez mil U.T.A.
6
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