Procedimiento sancionatorioExpediente F-009-2013
Procedimiento sancionatorio PLANTEL LECHERO-ANCALI
Expediente: F-009-2013
Fecha inicio: 05-06-2013
Fecha término: 15-11-2013
Multa: 38 U.T.A.
Estado de pago: Pagada
Estado: Terminado - Sanción
Unidad fiscalizable: PLANTEL LECHERO-ANCALI
Titular: AGRICOLA ANCALI LIMITADA
Comuna / Región: Los Ángeles — Región del Biobío
Programa de cumplimiento: Sin programa de cumplimiento
Registro Público de Sanciones: Ver sanción →
Documentos 16
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Nombre documento
Tipo documento
Fecha
Descargar
13
ORD N120 Tesorería General de la República
Resolución Acredita Pago de Multa Total
06-01-2016
Hechos considerados 5
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Hecho
Instrumento infringido
Infracción (Art. 35 LOSMA)
Clasificación (Art. 36 LOSMA)
1
A1. No haber instalado en la piscina N°1 de Agua Verde los aireadores requeridos para el tratamiento de residuos liquidos (agua verde) y el control de olores molestos
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
2
B1. La piscina de Acumulación N°1 de Agua Verde no cuenta con la cortina vegetal comprometida en su perimetro
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
3
B2. No haber instalado en la piscina de Acumulación N°1 de Agua Verde el sistema dispensador de sustancias odorizantes o aromatizantes requerido para el control de olores
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
Gravee) Incumplan gravemente las medidas para eliminar o minimizar los efectos adversos de un proyecto o actividad, de acuerdo a lo previsto en la respectiva Resolución de Calificación Ambiental.
4
B3. La piscina N°4 de Acumulación Auxiliar de purines no cuenta con la cortina vegetal de pino o eucaliptus comprometida.
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
Gravee) Incumplan gravemente las medidas para eliminar o minimizar los efectos adversos de un proyecto o actividad, de acuerdo a lo previsto en la respectiva Resolución de Calificación Ambiental.
5
B4. Las piscinas 2 y 4 Auxiliares, que como su nombre lo indica, estan destinadas a acumular purines en periodo invernal o cuando las condiciones climaticas no permitan el riego de cultivos, se encontraban realizando labores de acumulación de purines en periodo estival.
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
Gravee) Incumplan gravemente las medidas para eliminar o minimizar los efectos adversos de un proyecto o actividad, de acuerdo a lo previsto en la respectiva Resolución de Calificación Ambiental.
Fiscalizaciones asociadas 0
No se registran fiscalizaciones asociadas.
Medidas provisionales asociadas 0
No se registran medidas provisionales asociadas.
Sanciones 5
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Hecho
Instrumento
Infracción (Art. 35)
Clasificación (Art. 36)
Sanción
UTA
1
A1. No haber instalado en la piscina N°1 de Agua Verde los aireadores requeridos para el tratamiento de residuos liquidos (agua verde) y el control de olores molestos
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
Multa de una a diez mil U.T.A.
5
2
B1. La piscina de Acumulación N°1 de Agua Verde no cuenta con la cortina vegetal comprometida en su perimetro
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
Multa de una a diez mil U.T.A.
11
3
B2. No haber instalado en la piscina de Acumulación N°1 de Agua Verde el sistema dispensador de sustancias odorizantes o aromatizantes requerido para el control de olores
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
Gravee) Incumplan gravemente las medidas para eliminar o minimizar los efectos adversos de un proyecto o actividad, de acuerdo a lo previsto en la respectiva Resolución de Calificación Ambiental.
Multa de una a diez mil U.T.A.
5
4
B3. La piscina N°4 de Acumulación Auxiliar de purines no cuenta con la cortina vegetal de pino o eucaliptus comprometida.
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
Gravee) Incumplan gravemente las medidas para eliminar o minimizar los efectos adversos de un proyecto o actividad, de acuerdo a lo previsto en la respectiva Resolución de Calificación Ambiental.
Multa de una a diez mil U.T.A.
11
5
B4. Las piscinas 2 y 4 Auxiliares, que como su nombre lo indica, estan destinadas a acumular purines en periodo invernal o cuando las condiciones climaticas no permitan el riego de cultivos, se encontraban realizando labores de acumulación de purines en periodo estival.
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
Gravee) Incumplan gravemente las medidas para eliminar o minimizar los efectos adversos de un proyecto o actividad, de acuerdo a lo previsto en la respectiva Resolución de Calificación Ambiental.
Multa de una a diez mil U.T.A.
6