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Registro Público de SancionesExpediente F-009-2013

Sanción — PLANTEL LECHERO-ANCALI

Expediente: F-009-2013
Fecha inicio: 05-06-2013
Fecha término: 30-09-2013
Multa: 38 U.T.A.
Estado de pago: Pagada
Estado: Terminado - Sanción
Detalle sanción: 5 Multa de una a diez mil U.T.A.
Expediente sancionatorio: Ver F-009-2013 →
Unidad fiscalizable: PLANTEL LECHERO-ANCALI
Comuna / Región: Los Ángeles — Región del Biobío

Sanciones aplicadas 5

#
Hecho
Instrumento
Infracción (Art. 35)
Clasificación (Art. 36)
Sanción
UTA
1
A1. No haber instalado en la piscina N°1 de Agua Verde los aireadores requeridos para el tratamiento de residuos liquidos (agua verde) y el control de olores molestos
RCA:40/2007Link Detalle
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
Multa de una a diez mil U.T.A.
5
2
B1. La piscina de Acumulación N°1 de Agua Verde no cuenta con la cortina vegetal comprometida en su perimetro
RCA:91/2011Link Detalle
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
Multa de una a diez mil U.T.A.
11
3
B2. No haber instalado en la piscina de Acumulación N°1 de Agua Verde el sistema dispensador de sustancias odorizantes o aromatizantes requerido para el control de olores
RCA:40/2007Link Detalle
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
Gravee) Incumplan gravemente las medidas para eliminar o minimizar los efectos adversos de un proyecto o actividad, de acuerdo a lo previsto en la respectiva Resolución de Calificación Ambiental.
Multa de una a diez mil U.T.A.
5
4
B3. La piscina N°4 de Acumulación Auxiliar de purines no cuenta con la cortina vegetal de pino o eucaliptus comprometida.
RCA:91/2011Link Detalle
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
Gravee) Incumplan gravemente las medidas para eliminar o minimizar los efectos adversos de un proyecto o actividad, de acuerdo a lo previsto en la respectiva Resolución de Calificación Ambiental.
Multa de una a diez mil U.T.A.
11
5
B4. Las piscinas 2 y 4 Auxiliares, que como su nombre lo indica, estan destinadas a acumular purines en periodo invernal o cuando las condiciones climaticas no permitan el riego de cultivos, se encontraban realizando labores de acumulación de purines en periodo estival.
RCA:40/2007Link Detalle
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
Gravee) Incumplan gravemente las medidas para eliminar o minimizar los efectos adversos de un proyecto o actividad, de acuerdo a lo previsto en la respectiva Resolución de Calificación Ambiental.
Multa de una a diez mil U.T.A.
6