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Procedimiento sancionatorioExpediente D-098-2018

Procedimiento sancionatorio RILES VIÑA SAAVEDRA

Expediente: D-098-2018
Fecha inicio: 24-10-2018
Fecha término: 24-05-2022
Multa: 104 U.T.A.
Estado de pago: Pagada
Estado: Terminado - Sanción
Unidad fiscalizable: RILES VIÑA SAAVEDRA
Comuna / Región: Villa Alegre — Región del Maule
Programa de cumplimiento: Sin programa de cumplimiento
Registro Público de Sanciones: Ver sanción →

Documentos 29

#
Nombre documento
Tipo documento
Fecha
Descargar
1
Formulación de Cargos
Formulación de Cargos
24-10-2018
2
Memorandum designa Fiscal Instructor D 098 2018
Otros
24-10-2018
3
Antecedentes FDC
Otros
24-10-2018
4
Informe Entrega de Antecedentes_Parte1 D 098 2018
Otros
24-10-2018
5
Informe Entrega de Antecedentes_Parte2 D 098 2018
Otros
24-10-2018
6
Notificación FDC D 098 2018
Notificación Formulación de Cargos
06-11-2018
7
PDC Via a Saavedra
PDC Presentación
15-11-2018
8
Memorandum 71169 deriva pdc jefatura D 098 2018
Otros
18-12-2018
9
Res. Ex. N 2 Rol D 098 2018
PDC - Observaciones de la SMA
20-12-2018
10
Notificación Res. Ex. N° 2 D 098 2018
Otros
26-12-2018
11
Res. Ex. N° 3 Rol D 098 2018
PDC Rechazo
01-02-2019
12
Notificación Res. Ex. N° 3 D 098 2018
Otros
11-02-2019
13
Res. Ex. N° 4 Rol D 098 2018
Solicitud de diligencias (sin término probatorio)
22-05-2019
14
Notificación Res. Ex. N° 4 Rol D 098 2018
Otros
22-05-2019
15
Viña Saavedra Remite antecedentes solicitados
Otros
30-05-2019
16
Anexos diligencia Viña Saavedra D 098 2018
Otros
30-05-2019
17
Res. Ex. N° 5 Rol D 098 2018
Término de la Investigación
24-09-2019
18
Dictamen Viña Saavedra D 098 2018
Dictamen
27-09-2019
19
MEMO DERIVACIÓN DICTAMEN A SUPERINTENDENTE
Memo DSC
27-09-2019
20
Res. Ex. N° 1427 de 2019 resuelve procedimiento administrativo sancionatorio
Resolución Sancionatoria
11-10-2019
21
Notificación Res. Ex. N° 1427 de 2019
Otros
07-11-2019
22
Notificación Res. Ex. N° 1427 de 2019
Notificación de Resolución Sancionatoria al Titular
20-01-2020
23
Recurso de reposición
Presentación de Reposición
27-01-2020
24
Acompaña documentos
Otros
27-02-2020
25
Res. Ex. N°07 SMA
Resolución Reposición
05-01-2021
26
Notificación Res. Ex. N°07
Notificación Resolución Reposición
06-01-2021
27
ESCRITO VIÑA SAAVEDRA LTDA 10 DE MARZO DE 2021
Otros
10-03-2021
28
RESOL 783 SMA 2022
Resolución Acredita Pago de Multa Total
24-05-2022
29
Notificación RESOL 783 SMA 2022
Otros
25-05-2022

Hechos considerados 7

#
Hecho
Instrumento infringido
Infracción (Art. 35 LOSMA)
Clasificación (Art. 36 LOSMA)
1
No implementar un sistema de tratamiento de residuos líquidos industriales conforme a lo evaluado, pues el titular: i) No cuenta con un sistema de separación sólido-líquido mediante filtro parabólico; ii) No cuenta con un sistema de oxigenación y neutralización; iii) No cuenta con un tranque de acumulación de 150 m3 para la acumulación de los residuos tratados y su recirculación (oxigenación); iv) No cuenta con un filtro de arena para la minimización de partículas; y v) No cuenta con un caudalímetro.
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
Gravee) Incumplan gravemente las medidas para eliminar o minimizar los efectos adversos de un proyecto o actividad, de acuerdo a lo previsto en la respectiva Resolución de Calificación Ambiental.
2
No implementar un sistema de disposición de residuos industriales líquidos tratados mediante aspersores, pues se constató que el titular realiza la disposición de estos mediante riego tendido.
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
Gravee) Incumplan gravemente las medidas para eliminar o minimizar los efectos adversos de un proyecto o actividad, de acuerdo a lo previsto en la respectiva Resolución de Calificación Ambiental.
3
No cumplir con el programa de monitoreo de residuos industriales líquidos, por cuanto el titular: i) No realiza muestreo compuesto, en relación al caudal vertido por el establecimiento industrial, tal como se establece en el programa de autocontrol aprobado; ii) No remitió los informes mediante el sistema de seguimiento de esta Superintendencia; y iii) No cuenta con una válvula de monitoreo.
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
Gravee) Incumplan gravemente las medidas para eliminar o minimizar los efectos adversos de un proyecto o actividad, de acuerdo a lo previsto en la respectiva Resolución de Calificación Ambiental.
4
No cumplir con el programa de monitoreo de aguas subterráneas, por cuanto el titular: i) No acredita realizar el monitoreo en un sector que permita verificar que la disposición en el terreno no tiene incidencia en la calidad de las aguas subterráneas; y ii) No remitió los informes mediante el sistema de seguimiento de esta Superintendencia.
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
5
Operar un sistema de tratamiento de residuos industriales líquidos sin contar con el permiso ambiental sectorial contemplado en el artículo 90 del D.S. N° 95/2001, del Minsegpres.
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
6
El titular, a la fecha, no ha actualizado la información asociada a la RCA N° 46/2008 en el Registro Público de Resoluciones de Calificación Ambiental del Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental.
e) El incumplimiento de las normas e instrucciones generales que la Superintendencia imparta en ejercicio de las atribuciones que le confiere la ley
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
7
No responder en forma íntegra el requerimiento de información remitido al titular mediante Res. Ex. D.S.C. N° 1179, de 12 de septiembre de 2018.
Requerimientos de Información
j) El incumplimiento de los requerimientos de información que la Superintendencia dirija a los sujetos fiscalizados, de conformidad a esta ley
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.

Fiscalizaciones asociadas 1

Expediente de fiscalización
Año actividad
Detalle
DFZ-2016-3199-VII-RCA-IA
2016

Medidas provisionales asociadas 0

No se registran medidas provisionales asociadas.

Sanciones 7

#
Hecho
Instrumento
Infracción (Art. 35)
Clasificación (Art. 36)
Sanción
UTA
1
No implementar un sistema de tratamiento de residuos líquidos industriales conforme a lo evaluado, pues el titular: i) No cuenta con un sistema de separación sólido-líquido mediante filtro parabólico; ii) No cuenta con un sistema de oxigenación y neutralización; iii) No cuenta con un tranque de acumulación de 150 m3 para la acumulación de los residuos tratados y su recirculación (oxigenación); iv) No cuenta con un filtro de arena para la minimización de partículas; y v) No cuenta con un caudalímetro.
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
Gravee) Incumplan gravemente las medidas para eliminar o minimizar los efectos adversos de un proyecto o actividad, de acuerdo a lo previsto en la respectiva Resolución de Calificación Ambiental.
Multa de una a diez mil U.T.A.
41
2
No implementar un sistema de disposición de residuos industriales líquidos tratados mediante aspersores, pues se constató que el titular realiza la disposición de estos mediante riego tendido.
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
Gravee) Incumplan gravemente las medidas para eliminar o minimizar los efectos adversos de un proyecto o actividad, de acuerdo a lo previsto en la respectiva Resolución de Calificación Ambiental.
Multa de una a diez mil U.T.A.
25
3
No cumplir con el programa de monitoreo de residuos industriales líquidos, por cuanto el titular: i) No realiza muestreo compuesto, en relación al caudal vertido por el establecimiento industrial, tal como se establece en el programa de autocontrol aprobado; ii) No remitió los informes mediante el sistema de seguimiento de esta Superintendencia; y iii) No cuenta con una válvula de monitoreo.
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
Gravee) Incumplan gravemente las medidas para eliminar o minimizar los efectos adversos de un proyecto o actividad, de acuerdo a lo previsto en la respectiva Resolución de Calificación Ambiental.
Multa de una a diez mil U.T.A.
15
4
No cumplir con el programa de monitoreo de aguas subterráneas, por cuanto el titular: i) No acredita realizar el monitoreo en un sector que permita verificar que la disposición en el terreno no tiene incidencia en la calidad de las aguas subterráneas; y ii) No remitió los informes mediante el sistema de seguimiento de esta Superintendencia.
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
Multa de una a diez mil U.T.A.
18
5
Operar un sistema de tratamiento de residuos industriales líquidos sin contar con el permiso ambiental sectorial contemplado en el artículo 90 del D.S. N° 95/2001, del Minsegpres.
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
Multa de una a diez mil U.T.A.
2
6
El titular, a la fecha, no ha actualizado la información asociada a la RCA N° 46/2008 en el Registro Público de Resoluciones de Calificación Ambiental del Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental.
e) El incumplimiento de las normas e instrucciones generales que la Superintendencia imparta en ejercicio de las atribuciones que le confiere la ley
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
Multa de una a diez mil U.T.A.
2
7
No responder en forma íntegra el requerimiento de información remitido al titular mediante Res. Ex. D.S.C. N° 1179, de 12 de septiembre de 2018.
Requerimientos de Información
j) El incumplimiento de los requerimientos de información que la Superintendencia dirija a los sujetos fiscalizados, de conformidad a esta ley
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
Multa de una a diez mil U.T.A.
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