Registro Público de SancionesExpediente D-059-2021
Sanción — ALCANTARILLADO DE CUMPEO
Expediente: D-059-2021
Fecha inicio: 22-02-2021
Fecha término: 14-12-2021
Multa: 117 U.T.A.
Estado de pago: Pendiente
Estado: Terminado - Sanción
Detalle sanción: 4 Multa de una a diez mil U.T.A.
Expediente sancionatorio: Ver D-059-2021 →
Unidad fiscalizable: ALCANTARILLADO DE CUMPEO
Titular: ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE RIO CLARO
Comuna / Región: Río Claro — Región del Maule
Sanciones aplicadas 4
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Hecho
Instrumento
Infracción (Art. 35)
Clasificación (Art. 36)
Sanción
UTA
1
La planta de tratamiento de aguas servidas no cuenta con un sistema de retención de macrodesechos
RCA:/1998Link Detalle
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
Multa de una a diez mil U.T.A.
28
2
El titular no da cumplimiento a sus obligaciones en materia de disposición de lodos, por cuanto no cuenta con registros respecto de su disposición en un sitio autorizado, ni respecto del cumplimiento del nivel de humedad establecido en la RCA
RCA:/1998Link Detalle
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
Multa de una a diez mil U.T.A.
1.2
3
Descarga de aguas servidas sin tratamiento, desde una cámara del sistema de alcantarillado, ubicada inmediatamente antes del ingreso de las aguas servidas a la planta de tratamiento, hacia un canal abierto que confluye con un cauce de aguas superficiales utilizado para riego y bebida animal
RCA:/1998Link Detalle
a) El incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental
Gravee) Incumplan gravemente las medidas para eliminar o minimizar los efectos adversos de un proyecto o actividad, de acuerdo a lo previsto en la respectiva Resolución de Calificación Ambiental.
Multa de una a diez mil U.T.A.
60
4
El titular no cuenta con Resolución de Programa de Monitoreo de la descarga de sus aguas tratadas
NE:90/2000Link Detalle
g) El incumplimiento de las leyes, reglamento y demás normas relacionadas con las descargas de residuos líquidos industriales
Gravísimae) Hayan impedido deliberadamente la fiscalización, encubierto una infracción o evitado el ejercicio de las atribuciones de la Superintendencia.
Multa de una a diez mil U.T.A.
28