Registro Público de SancionesExpediente F-080-2022
Sanción — PISCICULTURA ASTILLEROS
Expediente: F-080-2022
Fecha inicio: 17-11-2022
Fecha término: 21-08-2023
Multa: 2.2 U.T.A.
Estado de pago: Pagada
Estado: Terminado - Sanción
Detalle sanción: 2 Multa de una a diez mil U.T.A.
Expediente sancionatorio: Ver F-080-2022 →
Unidad fiscalizable: PISCICULTURA ASTILLEROS
Titular: SALMONES ANTARTICA S.A
Comuna / Región: Dalcahue — Región de Los Lagos
Sanciones aplicadas 2
#
Hecho
Instrumento
Infracción (Art. 35)
Clasificación (Art. 36)
Sanción
UTA
1
El establecimiento industrial no reportó la frecuencia de monitoreo exigida en su Programa de Monitoreo, contenido en la Resolución Exenta SISS N° 233, de fecha 29 de enero del año 2010, para los siguientes parámetros y períodos que a continuación se indican, y que se detallan en la Tabla N° 1.1 del Anexo 1 de la formulación de cargos: - Caudal: enero, febrero, marzo (2020). - pH: enero, febrero, marzo (2020). - Temperatura: enero, febrero, marzo (2020).
NE:90/2000Link Detalle
g) El incumplimiento de las leyes, reglamento y demás normas relacionadas con las descargas de residuos líquidos industriales
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
Multa de una a diez mil U.T.A.
1
2
El establecimiento industrial excedió el límite de volumen de descarga exigido en su Programa de Monitoreo, contenido en la Resolución Exenta SISS N° 233, de fecha 29 de enero del año 2010, en los períodos que a continuación se indican y que se detallan en la Tabla N° 1.2 del Anexo 1 de la formulación de cargos: - 2020: febrero y septiembre. - 2021: septiembre, octubre y noviembre.
NE:90/2000Link Detalle
g) El incumplimiento de las leyes, reglamento y demás normas relacionadas con las descargas de residuos líquidos industriales
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
Multa de una a diez mil U.T.A.
1.2