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Registro Público de SancionesExpediente F-002-2021

Sanción — COSTANERA SPORT

Expediente: F-002-2021
Fecha inicio: 14-01-2021
Fecha término: 30-12-2021
Multa: 1 U.T.A.
Estado de pago: Pendiente
Estado: Terminado - Sanción
Detalle sanción: 1 Amonestación por Escrito, 1 Multa de una a diez mil U.T.A.
Expediente sancionatorio: Ver F-002-2021 →
Unidad fiscalizable: COSTANERA SPORT
Comuna / Región: Antofagasta — Región de Antofagasta

Sanciones aplicadas 2

#
Hecho
Instrumento
Infracción (Art. 35)
Clasificación (Art. 36)
Sanción
UTA
1
El alumbrado de exteriores de Costanera Sport incumple las exigencias establecidas en relación a la emisión de intensidad luminosa, toda vez que: 1. Las luminarias identificadas como N° 1 en la Tabla 1 de la Resolución Exenta N° 1 / Rol F-002-2021 que se encuentran en el sector de estacionamientos, así como las luminarias identificadas con los números 4, 5 y 6 se encuentran instaladas con un ángulo de inclinación que implica una distribución de intensidad luminosa que excede a la permitida para un ángulo gama mayor a 90°. 2. Las luminarias identificadas como N° 1 en la Tabla 1 de la Resolución Exenta N° 1 / Rol F-002-2021 que se encuentran ubicadas en los sectores de cancha y patio de juegos, así como las luminarias N° 2 y N° 3, no cuentan con visera o paralumen que cubra efectivamente el plano superior del proyector o luminaria.
NE:43/2013Link Detalle
h) El incumplimiento de las Normas de Emisión, cuando corresponda
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
Multa de una a diez mil U.T.A.
1
2
Las luminarias ubicadas en Costanera Sport, identificadas como N° 1, 2, 3, 4, 5 y 6, no cuentan con certificación de cumplimiento de los límites de emisión.
NE:43/2013Link Detalle
h) El incumplimiento de las Normas de Emisión, cuando corresponda
LeveHecho, actos u omisiones que contravengan cualquier precepto o medida obligatorios y que no constituyan infracción gravísima o grave, de acuerdo con lo previsto en los números anteriores.
Amonestación por Escrito
No aplica