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Reporte de programa de cumplimiento

Reporte avance — PdC D-001-2017 · AES GENER S.A. - ALTO MAIPO

Expediente: D-001-2017 →
Fecha resolución: 06-04-2018
Fecha término: 11-06-2020
Estado PdC: En Curso
Frecuencia reporte: Trimestral
Tipo PdC: Guía PdC 2016
Unidad fiscalizable: AES GENER S.A. - ALTO MAIPO
Comuna / Región: Santiago — Región Metropolitana

Acciones 32

N° Hecho
N° Acción
Implementación comprometida
Cumplimiento
1
Mejorar las condiciones de hábitat y enriquecer un nuevo sector de 850 m2 de superficie para la regeneración de especies representativas de la vega EY-1.
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En el presente período a reportar se da cuenta de la implementación del Plan de monitoreo y mantenimiento presentado en el Plan de Manejo de la Vega EY-1, en específico en el nuevo sector de 850 m2. Las actividades realizadas corresponden al séptimo monitoreo estacional, en adición a labores de vigilancia de frecuencia quincenal. De acuerdo con los resultados obtenidos de las vigilancias, en el periodo objeto del presente reporte no fue necesaria la ejecución de labores de mantención. También, durante el mes de diciembre del 2019, se realizó la evaluación del indicador de mejoramiento y enriquecimiento en el nuevo sector de acuerdo con lo comprometido en el PdC. Los resultados de esta evaluación dan cuenta que las actividades realizadas en el área del nuevo sector, a la fecha, superan el 100% del indicador de cumplimiento.
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2
Mejorar la superficie de 789 m2 de hábitat de vega degradada que se ubica aguas abajo del camino de acceso al puente El Yeso.
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En el presente período a reportar se da cuenta de la implementación del Plan de monitoreo y mantenimiento presentado en el Plan de Manejo de la Vega EY-1, en específico en la superficie de 789 m2 de hábitat de vega degradada. Las actividades realizadas corresponden al séptimo monitoreo en los sectores mejorados, además de la realización de vigilancia quincenales. De acuerdo con los resultados obtenidos en las vigilancias, en el periodo objeto del presente reporte no fue necesaria la ejecución de labores de mantención. También, durante el mes de diciembre del 2019, se realizó La evaluación del indicador de mejoramiento y enriquecimiento del área degradada, de acuerdo con lo comprometido en el PdC. Los resultados de esta evaluación indican que las actividades realizadas en el área degradada, a la fecha, superan el 100% del indicador de cumplimiento.
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3
Instalar cercos en los límites de las áreas definidas en las acciones ID 1 y 2, con el propósito de evitar el acceso de personas y/o maquinaria a dichas áreas.
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Durante el presente periodo a reportar, se efectuaron actividades de vigilancia quincenal de los cercos instalados en las áreas definidas en las acciones ID 1 y 2, verificándose que estos se encuentran en buen estado.
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6
Implementar sistemas de segregación que limiten el acceso a todas las áreas de restricción identificadas por el proyecto y/o señaléticas que identifiquen dichas áreas, con el objeto de fortalecer su resguardo.
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Durante el presente periodo a reportar se realizó el seguimiento mensual en terreno del estado de los sistemas de segregación y señaléticas implementados en las áreas de restricción ambiental del proyecto. El resultado del seguimiento da cuenta que todas las medidas implementadas se encontraron operativas durante el periodo (diciembre de 2019, enero y febrero de 2020), realizando actividades de mantención al cerco de sitios arqueológicos y a un portón tipo broche de la Vega La Engorda.
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16
Realizar acciones de mantenimiento de las acciones de plantación comprometidas en ID 8 a 15 y 17, una vez estas realizadas, para garantizar un porcentaje de prendimiento igual o superior al 75% de los individuos plantados.
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En el presente reporte de avance se da cuenta de las actividades de mantenimiento de las plantaciones comprometidas en el PdC relacionadas con las acciones 8 a 15 y 17 del documento en comento. Las actividades de mantención realizadas consistieron en vigilancias mensuales, riego, control de maleza, reacondicionamiento de protecciones contra lagomorfos y mantención de sistemas de riego y cercado.
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23
Realizar monitoreo del efluente de las Plantas de Tratamiento de Riles y Plantas de Tratamiento de Aguas Servidas del Proyecto para dar y verificar cumplimiento a lo establecido en el DS N° 90/2000.
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Durante el presente periodo a reportar, no se realizaron monitoreos a efluentes de las plantas de tratamiento de aguas servidas y plantas de tratamiento de Riles del proyecto, toda vez que, en el transcurso del periodo mencionado, no se efectuaron descargas desde éstas a cauce superficial.
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24
Realizar monitoreo del afluente de las Plantas de Tratamiento de Riles del Proyecto para caracterizar la calidad del mismo.
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Durante el presente periodo a reportar no se efectuó descarga a cauce superficial desde las Plantas de tratamiento de Riles del Proyecto, por tanto, no se requirió la realización de monitoreos de los afluentes de dichas plantas.
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26
Realizar remuestreos del efluente en conformidad a lo establecido en el artículo 6.4.1 del DS 90/2000.
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Durante el presente periodo a reportar (de diciembre 2019 a febrero 2020) no se llevaron a cabo remuestreos de efluentes, toda vez que no se realizaron monitoreos al efluente de las Plantas de Tratamientos de Riles y Tratamiento de Aguas Servidas del Proyecto, debido a que no se efectuaron descargas a cauce superficial durante el citado periodo.
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30
Obtener una interpretación administrativa de las exigencias relativas al horario de funcionamiento del Proyecto y correspondiente horario de traslado de buses y camiones, contenidas en la RCA Nº 256/ 2009 y ajustar el protocolo de horarios de transporte del Proyecto Hidroeléctrico Alto Maipo conforme al resultado de la interpretación administrativa.
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Tal como se informó y acreditó en el reporte de avance 1, el día 4 de mayo se presentó ante la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental (SEA), una solicitud de interpretación de la RCA Nº256/2009, la que a la fecha no ha sido resuelta. El plazo inicial de ejecución de la acción ha sido ampliado por la SMA mediante RES. EX. Nº 30 de 2018 y RES. EX. Nº32 del 2019, producto de la verificación del impedimento previsto en el PdC y sus respectivas solicitudes de ampliación de plazo. Ahora bien, con fecha 29 de julio de 2019, 5 PHAM, mediante carta AM 2019/116, solicitó a la SMA una nueva ampliación de plazo para obtener la interpretación de la RCA 256/2009 por parte de la Dirección Ejecutiva del SEA, dado que aún no se contaba con el pronunciamiento por parte de dicha autoridad. Con fecha 16 de diciembre de 2019, Alto Maipo informó mediante correo electrónico a la SMA, que a la fecha no se ha tenido respuesta respecto del impedimento reportado y su respectiva solicitud de ampliación de plazo, y que la acción N° 30 no se muestra activa para ser reportada mediante sistema SPDC. En ese contexto, con fecha 18 de diciembre de 2019, la SMA entregó las directrices a seguir al respecto. En específico se indicó que se deberá informar a través de la opción “Acciones periodo anterior”. Se plantea además que se deberá continuar reportando de esta forma, hasta que se resuelva por parte del instructor/a del caso, la solicitud de ampliación de plazo ingresada. Hasta el presente reporte, la SMA no ha entregado una respuesta a la solicitud de ampliación de plazo para obtener la interpretación de la RCA 256/2009 por parte de la Dirección Ejecutiva del SEA efectuada por PHAM. En ese contexto, con fecha 11 de febrero de 2020, la SMA responde un correo electrónico enviado por el titular del proyecto, informando que “en una fecha próxima se pronunciará sobre las presentaciones que se encuentren pendientes de resolver en el procedimiento”. En consideración a lo anterior, con fecha 30 de marzo del presente, mediante correo electrónico dirigido a [email protected], se consultó nuevamente sobre cómo proceder a la carga de la Acción N° 30, considerando que no se encuentra activa en el SPDC, siendo indicado mediante correo electrónico de ayudaPdC el 2 de abril de 2020 que se repita el procedimiento de reporte anterior.
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31
Capacitar al personal que controla y realiza las actividades de transporte de buses y camiones del PHAM sobre el “Protocolo de horario de transporte del Proyecto Alto Maipo”, comprometido en la acción ID N° 29 o su actualización basada en la acción ID 30.
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Respecto del programa de capacitación general del Protocolo de Horario de Transporte, durante el presente periodo a reportar se realizaron capacitaciones durante los meses de diciembre de 2019, enero y febrero del 2020.
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32
Elaborar y actualizar un registro de buses y camiones del PHAM sujetos a control horario en conformidad al Protocolo establecido en la acción N° 29 o su actualización basada en la acción ID 30 y un registro de vehículos livianos asociados al Proyecto.
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Durante el presente periodo a reportar, se actualizó mensualmente (diciembre 2019, enero y febrero 2020) el registro de buses y camiones asociados al PHAM, así como también el registro de vehículos livianos. Ambos registros contienen la información descrita en el PdC, señalando: el tipo de vehículo, marca, patente, nombre de la empresa a la cual pertenece el vehículo, tipo de servicio que presta al proyecto y la restricción horaria aplicable al vehículo según el Protocolo de Horario de Transporte definido en la acción Nº29 del presente PdC.
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33
Implementar un sistema de registro automatizado de los accesos a las áreas de trabajo del PHAM, que permita mantener un control de los horarios de acceso de buses y camiones a las instalaciones de faena, área de trabajo, campamentos del PHAM.
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En el presente periodo a reportar, es decir durante los meses de diciembre de 2019, enero y febrero de 2020, continuó en operación el sistema automatizado de accesos a las áreas de trabajo del PHAM, registrando el ingreso de buses y camiones, de conformidad con lo establecido en el PdC.
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34
Instalar y operar un sistema de monitoreo remoto que permita controlar el cumplimiento de los horarios de transporte de buses y camiones del PHAM en zonas con centros poblados.
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Durante el presente periodo a reportar, es decir durante los meses diciembre de 2019, enero y febrero de 2020, se mantuvo la operación del sistema de monitoreo de control remoto de horario de transporte de buses y camiones del PHAM (GPS), generándose los registros comprometidos, sin inconvenientes asociados a fallas del sistema.
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35
Implementar la estandarización horaria de las actividades de transporte de buses y camiones del PHAM de acuerdo al Protocolo establecido en la acción N° 29 o su actualización según resultado de la acción N° 30.
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Tras la puesta en marcha de los sistemas de control establecidos en las acciones 33 y 34, se inició la estandarización horaria de las actividades de transporte de buses y camiones del PHAM. Así, durante el presente periodo de reporte (diciembre de 2019, enero y febrero de 2020) se verificó el cumplimiento de los horarios de transporte definidos en el Protocolo establecido en la acción N° 29 del PdC, y, en casos particulares donde se detectaron desviaciones a las reglas horarias, se procedió a investigar su causa y adoptar, por consiguiente, las respectivas medidas correctivas, todo ello acorde a lo comprometido en el PdC.
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36
Actualizar e implementar el plan de manejo con la comunidad indicado en el considerando 7.1.2.10 de la RCA 256/2009.
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De acuerdo con el Plan de Manejo con la Comunidad, durante el presente periodo a reportar (diciembre de 2019, enero y febrero de 2020), la comunidad ha sido informada de la ejecución de obras y actividades del PHAM por medio de la difusión de cartillas informativas que incluyen dicha información. Adicionalmente, se informó la ejecución de tronaduras realizadas durante el presente periodo a reportar. Por otro lado, por medio del sistema de comunicación implementado por el PHAM, la comunidad ha entregado consultas y reclamos, respecto de las cuales se han realizado las acciones correctivas correspondientes, una vez que éstas han sido declaradas admisibles. Además, se adjunta carta AM 2020/003 presentada por PHAM a la SMA, en la que se solicita la reserva y confidencialidad de la información que indica, respecto de la presente acción del PdC.
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37
Implementar Protocolo de ejecución de medidas de mitigación adicionales para el control de impacto por tronaduras, con el objeto de dar cumplimiento a la norma de referencia.
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Durante el presente periodo a reportar (diciembre de 2019, enero y febrero 2020) no se ejecutaron tronaduras por avance de excavación en los primeros 100 m de avance de túneles del proyecto hidroeléctrico Alto Maipo. Por otro lado, se efectuaron tronaduras en superficie (Aducción Yeso) y subterráneas (en los 100 metros que comprenden la sección de salida del Surge Tunnel perteneciente al túnel VL-5), realizándose mediciones de control de ruido y vibraciones, presentándose en algunas, excedencia a la norma de referencia, por lo que se ejecutaron medidas de mitigación de acuerdo con protocolo.
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42
Monitoreo de incidentes de electrocución de aves voladoras de gran tamaño en las líneas de faena del Proyecto.
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Durante los meses de octubre, noviembre y diciembre de 2019, es decir, en el periodo asociado a la campaña de primavera del año 2019, se efectuó el monitoreo de aves voladoras de gran tamaño con el objeto de identificar incidentes de electrocución en las líneas de transmisión del PHAM ubicadas en las cuencas de los valles del río Volcán, río Yeso y río Colorado-Estero Aucayes. El monitoreo en comento evidenció que no se registraron eventos de electrocución dentro del periodo reportado.
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47
Paralizar tronaduras ante superación de norma de referencia con el objeto de dar cumplimiento a la condición Nº 2 establecida en el Ordinario DGA Nº 602 de 2017.
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Se hace presente, tal como se informó en la minuta de verificación de la implementación de la acción N°46 (acompañada al segundo reporte de avance), los resultados de la campaña de monitoreo de vibraciones efectuada en abril de 2018, en el marco de la Etapa II del Programa de Monitoreo de Vibraciones del Túnel El Volcán, dan cuenta del cumplimiento de la norma de referencia americana, asegurando, por tanto, su íntegro cumplimiento. Sin perjuicio de lo anterior, en consideración a que al 29 de febrero de 2020, el avance de la construcción del túnel El Volcán se encontraba hasta el Pk 3.426,0, y que mediante Carta AM 2020/2015 de 29 de enero de 2020, se informó a la Dirección General de Aguas (DGA) de la Región Metropolitana (RM) sobre el inicio de la Etapa II del Programa de Monitoreo de Vibraciones del Túnel El Volcán, desde V1, a partir del Pk 3.117, durante el presente periodo a reportar, correspondiente a los meses de diciembre de 2019, enero y febrero de 2020, se informa sobre la instalación de los equipos de medición.
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48
Excavar mediante método constructivo del tipo TBM en la sección del túnel El Volcán bajo el Monumento Natural el Morado, con el objeto de dar cumplimiento a la condición Nº 3 establecida en el Ordinario DGA Nº 602 de 2017.
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Durante el presente periodo a reportar (diciembre 2019, enero y febrero 2020), se ha avanzado en la construcción del Túnel El Volcán, no alcanzándose aún la sección bajo el Monumento Natural El Morado.
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50
Descarga de Riles y aguas servidas a los cauces en la temporada invernal en los términos definidos en la RCA N° 256/2009.
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Durante el presente periodo a reportar (diciembre de 2019, enero y febrero de 2020), no se efectuaron descargas desde las plantas de tratamiento de RILes y Aguas Servidas del Proyecto a cauces superficiales, toda vez que el periodo correspondiente no está dentro de la temporada invernal, definida en la RCA N°256/2009. Lo anterior se constata en los reportes de caudales y balance de riles mensuales acompañados al presente reporte de avance. Adicionalmente se acompañan al presente reporte los informes de actividades de construcción e impermeabilización de los túneles del PHAM realizadas durante el presente periodo.
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51
Implementar, mantener y reportar la información generada por un sistema de monitoreo continuo de pH, T°, CE y caudal en el afluente y efluente de los sistemas de tratamiento de RILes y Aguas Servidas con el objeto de verificar el correcto funcionamiento y volúmenes de agua tratados en dichos sistemas.
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En el presente periodo a reportar (diciembre de 2019; enero y febrero de 2020), se informan los datos consolidados de monitoreo continuo de la totalidad de las plantas de tratamiento de RILes operativas, esto es, aquellas plantas relacionadas a los portales L1, VL4, VL5, VL8, VA1, VA2, VA4, V1 y V5; y los datos de monitoreo continuo de las plantas de Aguas Servidas de los Campamentos Nº1 Volcán, Nº2 Yeso, N°3 Aucayes Alto y Nº 4 Aucayes Bajo. Respecto de los monitoreos semanales: Con fecha 7 de enero de 2020 se carga el Reporte correspondiente al Sistema de Monitoreo Continuo de los sectores L1, VL4, VL5, VL8, VA1, VA2, VA4, V1, V5, y los Campamentos N°1, N°2, N°3 y N°4, para la semana del 23 al 29 de diciembre de 2019. Con fecha 13 de enero de 2020 se carga el Reporte correspondiente al Sistema de Monitoreo Continuo de los sectores L1, VL4, VL5, VL8, VA1, VA2, VA4, V1, V5, y los Campamentos N°1, N°2, N°3 y N°4, para la semana del 30 de diciembre de 2019 al 5 de enero de 2020. Con fecha 20 de enero de 2020 se carga el Reporte correspondiente al Sistema de Monitoreo Continuo de los sectores L1, VL4, VL5, VL8, VA1, VA2, VA4, V1, V5, y los Campamentos N°1, N°2, N°3 y N°4, para la semana del 6 al 12 de enero de 2020. Con fecha 27 de enero de 2020 se carga el Reporte correspondiente al Sistema de Monitoreo Continuo de los sectores L1, VL4, VL5, VL8, VA1, VA2, VA4, V1, V5, y los Campamentos N°1, N°2, N°3 y N°4, para la semana del 13 al 19 de enero de 2020. Con fecha 3 de febrero de 2020 se carga el Reporte correspondiente al Sistema de Monitoreo Continuo de los sectores L1, VL4, VL5, VL8, VA1, VA2, VA4, V1, V5, y los Campamentos N°1, N°2, N°3 y N°4, para la semana del 20 al 26 de enero de 2020. Con fecha 10 de febrero de 2020 se carga el Reporte correspondiente al Sistema de Monitoreo Continuo de los sectores L1, VL4, VL5, VL8, VA1, VA2, VA4, V1, V5, y los Campamentos N°1, N°2, N°3 y N°4, para la semana del 27 de enero al 2 de febrero de 2020. Con fecha 17 de febrero de 2020 se carga el Reporte correspondiente al Sistema de Monitoreo Continuo de los sectores L1, VL4, VL5, VL8, VA1, VA2, VA4, V1, V5, y los Campamentos N°1, N°2, N°3 y N°4, para la semana del 3 al 9 de febrero de 2020. Con fecha 24 de febrero de 2020 se carga el Reporte correspondiente al Sistema de Monitoreo Continuo de los sectores L1, VL4, VL5, VL8, VA1, VA2, VA4, V1, V5, y los Campamentos N°1, N°2, N°3 y N°4, para la semana del 10 al 16 de febrero de 2020. Con fecha 2 de marzo de 2020 se carga el Reporte correspondiente al Sistema de Monitoreo Continuo de los sectores L1, VL4, VL5, VL8, VA1, VA2, VA4, V1, V5, y los Campamentos N°1, N°2, N°3 y N°4, para la semana del 17 al 23 de febrero de 2020. Con fecha 9 de marzo de 2020 se carga el Reporte correspondiente al Sistema de Monitoreo Continuo de los sectores L1, VL4, VL5, VL8, VA1, VA2, VA4, V1, V5, y los Campamentos N°1, N°2, N°3 y N°4, para la semana del 24 de febrero al 1 de marzo de 2020. Con fecha 16 de marzo de 2020 se carga el Reporte correspondiente al Sistema de Monitoreo Continuo de los sectores L1, VL4, VL5, VL8, VA1, VA2, VA4, V1, V5, y los Campamentos N°1, N°2, N°3 y N°4, para la semana del 2 al 8 de marzo de 2020. Con fecha 23 de marzo de 2020 se carga el Reporte correspondiente al Sistema de Monitoreo Continuo de los sectores L1, VL4, VL5, VL8, VA1, VA2, VA4, V1, V5, y los Campamentos N°1, N°2, N°3 y N°4, para la semana del 9 al 15 de marzo de 2020. Con fecha 30 de marzo de 2020 se carga el Reporte correspondiente al Sistema de Monitoreo Continuo de los sectores L1, VL4, VL5, VL8, VA1, VA2, VA4, V1, V5, y los Campamentos N°1, N°2, N°3 y N°4, para la semana del 16 al 22 de marzo de 2020. Con fecha 6 de abril de 2020 se carga el Reporte correspondiente al Sistema de Monitoreo Continuo de los sectores L1, VL4, VL5, VL8, VA1, VA2, VA4, V1, V5, y los Campamentos N°1, N°2, N°3 y N°4, para la semana del 23 al 29 de marzo de 2020.
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52
Actualizar y ejecutar procedimiento preventivo y correctivo de control de afloramiento “Procedimiento SAM-PR-21.”, conforme a los criterios definidos en el anexo 45 del Estudio de Impacto Ambiental.
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La ejecución de esta acción durante el presente periodo, se realizó en base al “Procedimiento de Cementación de pre y post excavación PMG-PCD-002”, que se aplica actualmente en PHAM. En consecuencia, a través de los registros de ejecución de las acciones de control de afloramientos, se da cuenta de la implementación de las medidas de grouting para el presente periodo a reportar (diciembre 2019, enero y febrero de 2020).
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53
Adaptación de las capacidades de las plantas de tratamiento de aguas que se generan al interior de los túneles, en base a las proyecciones geológicas que se han realizado a la fecha y al progreso de la construcción.
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Conforme a lo señalado en el “Informe de Avance de instalación de Plantas de Tratamiento de Aguas Afloradas y Riles del PHAM 20200323-MA-RPT3” adjunto a la carta AM 2019/26, las capacidades de las Plantas de Tratamiento de Riles no se adaptaron para tratar aguas afloradas. En cuanto a las plantas de tratamiento de aguas afloradas, durante el presente periodo a reportar (diciembre 2019, enero y febrero de 2020), se da cuenta de los avances en la construcción de las plantas asociadas a los frentes de trabajo V-1 y V-5. Cabe señalar que mediante Res. Ex. Nº 36/Rol D-001-2017, de fecha 29 de enero de 2020, la SMA declaró procedente la activación de impedimento informado mediante carta AM-2019/026.
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54
Implementación del procedimiento “Manejo de contingencia por superación de capacidad del sistema de tratamiento de aguas de afloramiento”.
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Durante el presente periodo a reportar (diciembre 2019, enero y febrero de 2020), no se produjeron eventos de contingencia en conformidad a lo establecido en el procedimiento ENV-PCD-013, no siendo necesaria la implementación de las medidas de manejo contempladas para dicho efecto.
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55
Realizar programa de monitoreo mensual del efluente de las Plantas de Tratamiento de Aguas de afloramiento para verificar cumplimiento del DS 90/2000 MINSEGPRES.
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Durante el presente periodo a reportar (diciembre de 2019, enero y febrero de 2020), se llevaron a cabo monitoreos mensuales al efluente de la totalidad de las plantas de tratamiento de aguas de afloramiento operativas del proyecto, conforme a lo indicado en el DS 90/2000 MINSEGPRES. Durante los monitoreos del presente reporte se detectaron excedencias puntuales, realizándose los remuestreos correspondientes, con resultados que se ajustan a los límites máximos establecidos en la norma de emisión.
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56
Realizar monitoreo del afluente de las Plantas de Tratamiento de aguas de afloramiento del Proyecto para caracterizar la calidad del mismo.
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Durante el presente periodo a reportar (diciembre de 2019; enero y febrero de 2020), se realizaron los monitoreos mensuales al afluente de todas las Plantas de Tratamiento de aguas de afloramiento operativas del proyecto. Dichas actividades fueron realizadas por el laboratorio autorizado AGQ Labs, quienes generan los certificados de monitoreo y análisis para cada planta de tratamiento de forma mensual.
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58
Monitoreo y reporte de los niveles freáticos en la sección 9 del acuífero del sector Las Lajas y de los piezómetros que el PHAM tiene instalado hasta la fecha.
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De acuerdo con lo comprometido, durante el presente periodo a reportar (diciembre 2019 a febrero 2020), se efectuó la campaña de medición trimestral de los niveles freáticos asociados a los 7 piezómetros disponibles en el PHAM.
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60
Obtención de una Resolución de Calificación Ambiental Favorable en el Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental del instrumento de evaluación descrito en la acción N° 59, o dictación de la resolución final del proceso de revisión de la RCA N°256/2009.
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La presente Acción N° 60 considera como uno de sus indicadores de cumplimiento la dictación de la resolución final del procedimiento de revisión de la RCA Nº 256/2009, de conformidad con lo dispuesto en la Resolución Exenta N° 33/ROL D-001-2017, de fecha 26 de marzo de 2019, emitida por la SMA y que incorpora complementos al PdC. Dado que, al 9 de octubre del 2019, aún no se contaba con la resolución final del proceso de revisión de la RCA N°256/2009, mediante Carta AM 147/2019, se activó el impedimento de la acción N°60 y se solicitó la ampliación del plazo de ejecución de esta acción. Cabe señalar que, con fecha 16 de diciembre de 2019, Alto Maipo informó mediante correo electrónico a la SMA, que a la fecha no se ha tenido respuesta respecto del reporte del impedimento y su respectiva solicitud de ampliación de plazo. En ese contexto, con fecha 18 de diciembre de 2019, la SMA entregó las directrices a seguir al respecto para una acción en condición similar (acción N°30). En específico, se indicó mencionar en la “forma de cumplimiento reportada” la situación planteada en el correo del 16 de diciembre de 2019, y cargar los medios de verificación que sustenten la declaratoria. Se plantea además que se deberá continuar reportando la acción de esta manera, hasta que se resuelva la solicitud de ampliación de plazo por el instructor del caso. Junto con la anterior, a la fecha aún no se ha obtenido una respuesta, indicando la SMA que en una fecha próxima se pronunciará al respecto. En dicho contexto, con fecha 11 de febrero de 2020, la SMA responde un correo electrónico enviado por el titular del proyecto, informando que “en una fecha próxima se pronunciará sobre las presentaciones que se encuentren pendientes de resolver en el procedimiento”. En consideración a lo anterior, con fecha 30 de marzo del presente, mediante correo electrónico dirigido a [email protected], se consultó nuevamente sobre cómo proceder a la carga de la acción N°60, considerando que no se encuentra activa en el SPDC, no habiendo respuesta aún respecto de este planteamiento específico. Finalmente, se hace presente, que, a la fecha de presentación de este reporte, el procedimiento de revisión de la RCA aún se encuentra en curso.
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61
Mantener registro de los flujómetros instalados a la salida de los túneles para verificar que caudales no superen las capacidades de tratamiento de los sistemas de Riles y Aguas de Afloramiento.
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Durante el presente periodo de reporte, correspondiente a los meses de diciembre de 2019, enero y febrero de 2020, se han monitoreado los caudales que ingresan hacia los sistemas de tratamiento de Riles y aguas de afloramiento del PHAM. Los caudales medios semanales que ingresan a los sistemas, en comparación con las capacidades de tratamiento de las plantas de Riles y aguas de afloramiento, permite concluir que dichas capacidades no han sido superadas en el periodo a reportar.
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63
Informar a la Superintendencia sobre los avances de construcción del túnel L1, así como del manejo de las aguas afloradas, antes y durante el cruce de dicho túnel bajo el estero El Manzano.
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Esta acción fue reportada como finalizada en el Reporte de avance 3, cargado el 4 de enero del año 2019. La fecha de término efectiva fue el 12 de octubre del año 2018.
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64
Cargar el Programa de Cumplimiento al sistema digital de la Superintendencia e informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, los reportes y medios de verificación que acrediten la ejecución de las acciones comprometidas en el presente PdC a través de los sistemas digitales que la SMA disponga al efecto para implementar el SPDC.
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Con fecha 03 de enero de 2020 y dentro del plazo establecido, se cargó el Reporte de Avance N° 7 del PHAM al sistema SPDC de la SMA. Cabe señalar que en dicho proceso de carga hubo limitantes técnicas asociadas al tamaño de los archivos que impidieron realizar la carga de los medios de verificación de las acciones Nº 50, 51, 52 y 61. La situación descrita anteriormente, fue oportunamente informada a la autoridad como impedimento de la acción Nº 64, activándose, por tanto, la ejecución de la acción alternativa Nº 66. Por otro lado, con respecto a la acción N°63, cabe señalar que, si bien esta se encontraba disponible para efectuar la carga de los medios de verificación en el sistema, esta acción finalizó el 12 de octubre de 2018, por lo que no corresponde su carga en el actual periodo. En el caso de la acción N° 67, está también se encontraba disponible, sin embargo, su activación no correspondía.
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66
Entrega de los reportes y medios de verificación a través de la oficina de partes de la Superintendencia del Medio Ambiente.
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Con fecha 03 de enero de 2020, se realizó la carga al sistema digital del SPDC del reporte de avance N° 7 del PdC, de acuerdo con lo comprometido en la Acción N° 64. Cabe señalar que en dicho proceso de carga hubo limitantes técnicas, asociadas al tamaño de los archivos, que impidieron realizar la carga de los medios de verificación correspondientes a las acciones Nº 50, 51, 52 y 61. La situación descrita anteriormente, fue oportunamente informada a la autoridad como impedimento de la Acción Nº 64 activándose, por tanto, la ejecución de la presente acción alternativa Nº 66. En consecuencia, el día 09 de enero de 2020, se entregó presencialmente en la Oficina de Partes de la SMA los medios de verificación que no se pudieron cargar en el SPDC, tal como consta en la carta AM 2020/005.
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Reportes del PdC 13

Tipo de reporte: Avance
Fecha de envío: 06-04-2020
Comprobante de envío: Descargar
Medios de verificación: Descargar
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Estado
Fecha envío
Detalle
1
Enviado
06-07-2018
2
Enviado
06-07-2018
3
Enviado Fuera de Plazo
07-11-2018
4
Enviado
04-01-2019
5
Enviado
04-02-2019
6
Enviado
05-04-2019
7
Enviado
05-07-2019
8
Enviado
04-10-2019
9
Enviado
03-01-2020
10
Enviado
06-04-2020
— actual
11
Enviado
06-10-2020
12
Enviado Fuera de Plazo
07-10-2020
13
Enviado
06-01-2021

Sancionatorios asociados 1

Rol
Fecha formulación de cargo
Estado
Detalle
D-001-2017
20-01-2017
Terminado - PDC Satisfactorio
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