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Reporte de programa de cumplimiento

Reporte avance — PdC D-001-2017 · AES GENER S.A. - ALTO MAIPO

Expediente: D-001-2017 →
Fecha resolución: 06-04-2018
Fecha término: 11-06-2020
Estado PdC: En Curso
Frecuencia reporte: Trimestral
Tipo PdC: Guía PdC 2016
Unidad fiscalizable: AES GENER S.A. - ALTO MAIPO
Comuna / Región: Santiago — Región Metropolitana

Acciones 32

N° Hecho
N° Acción
Implementación comprometida
Cumplimiento
1
Mejorar las condiciones de hábitat y enriquecer un nuevo sector de 850 m2 de superficie para la regeneración de especies representativas de la vega EY-1.
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En el presente período a reportar se da cuenta de la implementación del Plan de monitoreo y mantenimiento presentado en el Plan de Manejo de la Vega EY-1, en específico en el nuevo sector de 850 m2. Las actividades realizadas corresponden a labores de vigilancia de frecuencia quincenal. De acuerdo con las condiciones ambientales, durante los meses de junio a agosto, sólo se realizaron actividades de vigilancia, ya que el área permaneció la mayor parte de estos meses cubierta de nieve. El noveno monitoreo no fue posible de desarrollar por la presencia de nieve, postergando la actividad para el mes de septiembre.
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2
Mejorar la superficie de 789 m2 de hábitat de vega degradada que se ubica aguas abajo del camino de acceso al puente El Yeso.
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En el presente período a reportar se da cuenta de la implementación del Plan de monitoreo y mantenimiento presentado en el Plan de Manejo de la Vega EY-1, en específico en la superficie de 789 m2 de hábitat de vega degradada. Las actividades realizadas corresponden a la realización de vigilancias quincenales. De acuerdo con las condiciones ambientales, durante los meses de junio a agosto, sólo se realizaron actividades de vigilancia, ya que el área permaneció la mayor parte de estos meses cubierta de nieve. El noveno monitoreo no fue posible de desarrollar por la presencia de nieve, postergando la actividad para el mes de septiembre.
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3
Instalar cercos en los límites de las áreas definidas en las acciones ID 1 y 2, con el propósito de evitar el acceso de personas y/o maquinaria a dichas áreas.
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Durante el presente periodo a reportar, se efectuaron actividades de vigilancia quincenal de los cercos instalados en las áreas definidas en las acciones ID 1 y 2, verificándose que estos se encuentran en general en buen estado. En el caso del área del ID 2 presentaba daño en una sección menor del cerco, cerca de estanque de agua, pero no implicaba riesgo de ingreso de animales al área. La reparación no se pudo realizar debido a la presencia de nieve en todo el sector, postergándose la actividad para el mes de septiembre.
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6
Implementar sistemas de segregación que limiten el acceso a todas las áreas de restricción identificadas por el proyecto y/o señaléticas que identifiquen dichas áreas, con el objeto de fortalecer su resguardo.
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Durante el presente periodo a reportar se realizó el seguimiento mensual en terreno del estado de los sistemas de segregación y señaléticas implementados en las áreas de restricción ambiental del proyecto. Por condiciones invernales y gran cantidad de nieve caída, no fue posible acceder en el periodo al letrero N°4 de la vega cercana a Bocatoma Las Placas y al área de la Vega La Engorda. El resultado del seguimiento da cuenta que todas las medidas implementadas a las que fue posible acceder, se encontraron operativas durante el periodo (junio, julio y agosto de 2020), salvo el letrero N°2 de la zona de restricción ubicada en Vega cercana a bocatoma Las Placas, que se vio afectado producto de la nieve y será reparado cuando las condiciones meteorológicas lo permitan.
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16
Realizar acciones de mantenimiento de las acciones de plantación comprometidas en ID 8 a 15 y 17, una vez estas realizadas, para garantizar un porcentaje de prendimiento igual o superior al 75% de los individuos plantados.
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En el presente reporte de avance se da cuenta de las actividades de mantenimiento de las plantaciones comprometidas en el PdC relacionadas con las acciones 8 a 15 y 17 del instrumento en comento. Las actividades de mantención realizadas consistieron en vigilancias mensuales, riego, control de maleza, reacondicionamiento de protecciones contra lagomorfos y mantención de sistemas de riego y cercado.
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23
Realizar monitoreo del efluente de las Plantas de Tratamiento de Riles y Plantas de Tratamiento de Aguas Servidas del Proyecto para dar y verificar cumplimiento a lo establecido en el DS N° 90/2000.
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Durante el presente periodo a reportar correspondiente a los meses de junio, julio y agosto, se realizaron monitoreos al efluente de las Plantas de Tratamiento de Riles (PTRIL) y Plantas de Tratamiento de Aguas Servidas (PTAS) del Proyecto, toda vez que, durante el trimestre mencionado, se inició el periodo autorizado de descarga (temporada invernal) para el año 2020, según RCA N°256/2009. Los resultados de los análisis realizados fueron reportados a través del Sistema de Fiscalización de Norma de Emisión de Riles de la SMA. En caso de existir excedencia se realizaron los remuestreos correspondientes, según lo establecido en el D.S. 90/2000. Además, se adjunta la planilla de resultados que reporta las mediciones del parámetro conductividad eléctrica, según lo comprometido en el PdC para los meses donde se realizan descargas.
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24
Realizar monitoreo del afluente de las Plantas de Tratamiento de Riles del Proyecto para caracterizar la calidad del mismo.
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Durante el presente periodo a reportar correspondiente a los meses de junio, julio y agosto de 2020, se realizaron monitoreos mensuales al afluente de las Plantas de Tratamiento de Riles del Proyecto, toda vez que se efectuaron descargas a cauces superficiales desde estas Plantas, producto del periodo autorizado de descarga (temporada invernal) del año 2020, de acuerdo con la RCA N°256/2009 para las plantas de tratamiento de RILes. En este contexto se adjuntan al presente reporte los certificados de laboratorio correspondientes a los monitoreos, junto con fichas que resumen los muestreo efectuados en el periodo.
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26
Realizar remuestreos del efluente en conformidad a lo establecido en el artículo 6.4.1 del DS 90/2000.
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Durante el periodo a reportar (junio, julio y agosto de 2020), toda vez que los monitoreos al efluente de las Plantas de tratamiento de Riles y Plantas de Tratamiento de Aguas Servidas del Proyecto presentaron excedencias en alguno de los parámetros evaluados, se realizaron los remuestreos correspondientes. Los resultados de los análisis fueron reportados a través del Sistema de Fiscalización de Norma de Emisión de Riles; todo ello de conformidad con lo establecido en el PdC.
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30
Obtener una interpretación administrativa de las exigencias relativas al horario de funcionamiento del Proyecto y correspondiente horario de traslado de buses y camiones, contenidas en la RCA Nº 256/ 2009 y ajustar el protocolo de horarios de transporte del Proyecto Hidroeléctrico Alto Maipo conforme al resultado de la interpretación administrativa.
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Tal como se informó y acreditó en el reporte de avance 1, el día 4 de mayo de 2018 se presentó ante la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental (SEA), una solicitud de interpretación administrativa de la RCA Nº256/2009 respecto de las reglas horarias aplicables a los buses y camiones del PHAM, la que a la fecha no ha sido resuelta. El plazo inicial de ejecución de la acción ha sido ampliado por la SMA mediante RES. EX. Nº 30 de 2018 y RES. EX. Nº32 del 2019, producto de la verificación del impedimento previsto en el PdC y sus respectivas solicitudes de ampliación de plazo. Ahora bien, con fecha 29 de julio de 2019, PHAM, mediante carta AM 2019/116, solicitó a la SMA una nueva ampliación de plazo para obtener la interpretación de la RCA 256/2009 por parte de la Dirección Ejecutiva del SEA, dado que aún no se contaba con el pronunciamiento por parte de dicha autoridad. Con fecha 27 de julio de 2020 mediante RES. EX. Nº 37 de 2020, la SMA otorgó una nueva ampliación de plazo de 4 meses contados desde su notificación, que se verificó el 3 de agosto de 2020. Los cambios asociados fueron incorporados en SPDC, validando la SMA una nueva versión el 21 de septiembre de 2020. Por otra parte, mediante Carta AM 2020/166 del 17 de agosto de 2020 se ingresó ante el SEA un téngase presente asociado al proceso de Solicitud de interpretación administrativa RCA Nº256/2009 respecto de las reglas horarias aplicables a los buses y camiones del PHAM.
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31
Capacitar al personal que controla y realiza las actividades de transporte de buses y camiones del PHAM sobre el “Protocolo de horario de transporte del Proyecto Alto Maipo”, comprometido en la acción ID N° 29 o su actualización basada en la acción ID 30.
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Respecto del programa de capacitación general del Protocolo de Horario de Transporte, durante el presente periodo a reportar se realizaron capacitaciones durante los meses de junio, julio y agosto de 2020.
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32
Elaborar y actualizar un registro de buses y camiones del PHAM sujetos a control horario en conformidad al Protocolo establecido en la acción N° 29 o su actualización basada en la acción ID 30 y un registro de vehículos livianos asociados al Proyecto.
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Durante el presente periodo a reportar, se actualizó mensualmente (junio, julio y agosto de 2020) el registro de buses y camiones asociados al PHAM, así como también el registro de vehículos livianos. Ambos registros contienen la información descrita en el PdC, señalando: el tipo de vehículo, marca, patente, nombre de la empresa a la cual pertenece el vehículo, tipo de servicio que presta al proyecto y la restricción horaria aplicable al vehículo según el Protocolo de Horario de Transporte definido en la acción Nº29 del presente PdC.
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33
Implementar un sistema de registro automatizado de los accesos a las áreas de trabajo del PHAM, que permita mantener un control de los horarios de acceso de buses y camiones a las instalaciones de faena, área de trabajo, campamentos del PHAM.
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En el presente periodo a reportar, es decir durante los meses de junio, julio y agosto de 2020, continuó en operación el sistema automatizado de accesos a las áreas de trabajo del PHAM, registrando el ingreso de buses y camiones, de conformidad con lo establecido en el PdC.
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34
Instalar y operar un sistema de monitoreo remoto que permita controlar el cumplimiento de los horarios de transporte de buses y camiones del PHAM en zonas con centros poblados.
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Durante el presente periodo a reportar, es decir, junio, julio y agosto de 2020, se mantuvo la operación del sistema de monitoreo de control remoto de horario de transporte de buses y camiones del PHAM (GPS), generándose los registros comprometidos, sin inconvenientes asociados a fallas del sistema. Es importante mencionar que, debido a la crisis sanitaria generada por el COVID-19, el punto de control de GPS que mantiene la empresa Strabag para monitorear a proveedores y subcontratos se encuentra fuera de operación. De esta manera, para controlar dichos movimientos, se encuentra en ejecución un procedimiento de “Control de protocolo horario PHAM para proveedores esporádicos en periodo de cuarentena por COVID-19”, el cual fue presentado en el anterior reporte de avance.
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35
Implementar la estandarización horaria de las actividades de transporte de buses y camiones del PHAM de acuerdo al Protocolo establecido en la acción N° 29 o su actualización según resultado de la acción N° 30.
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Tras la puesta en marcha de los sistemas de control establecidos en las acciones 33 y 34, se inició la estandarización horaria de las actividades de transporte de buses y camiones del PHAM. Así, durante el presente periodo de reporte (junio, julio y agosto de 2020) se verificó el cumplimiento de los horarios de transporte definidos en el Protocolo establecido en la acción N° 29 del PdC, y, en casos particulares donde se detectaron desviaciones a las reglas horarias, se procedió a investigar su causa y adoptar, por consiguiente, las respectivas medidas correctivas, todo ello acorde a lo comprometido en el PdC.
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36
Actualizar e implementar el plan de manejo con la comunidad indicado en el considerando 7.1.2.10 de la RCA 256/2009.
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De acuerdo con el Plan de Manejo con la Comunidad, durante el presente periodo a reportar (junio, julio y agosto de 2020), la comunidad ha sido informada de la ejecución de obras y actividades del PHAM por medio de la difusión de cartillas informativas que incluyen dicha información. De todas formas, durante el periodo se han implementado medidas preventivas ante la emergencia sanitaria por el COVID-19 respecto de la entrega de cartillas para el aviso de ejecución de obras del PHAM, cambiándose la entrega presencial por el método de correo electrónico, lo cual fue informado a la SMA el 10 de julio de 2020 en cumplimiento de lo dispuesto en la Resolución Exenta N°497 del 19 de marzo de 2020. Por otro lado, por medio del sistema de comunicación implementado por el PHAM, la comunidad ha entregado consultas y reclamos, respecto de las cuales se han realizado las acciones correctivas correspondientes, una vez que éstas han sido declaradas admisibles.
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37
Implementar Protocolo de ejecución de medidas de mitigación adicionales para el control de impacto por tronaduras, con el objeto de dar cumplimiento a la norma de referencia.
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Durante el presente periodo a reportar (junio, julio y agosto 2020) no se ejecutaron tronaduras por excavación en los primeros 100 m de avance de túneles del proyecto hidroeléctrico Alto Maipo, ni en superficie con receptores de acuerdo al considerando 8.3.1 de la RCA N° 256/2009.
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42
Monitoreo de incidentes de electrocución de aves voladoras de gran tamaño en las líneas de faena del Proyecto.
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Durante los meses de abril, mayo y junio de 2020, es decir, en el periodo asociado a la campaña de otoño del año 2020, se efectuó el monitoreo de aves voladoras de gran tamaño con el objeto de identificar incidentes de electrocución en las líneas de transmisión del PHAM ubicadas en las cuencas de los valles del río Volcán, río Yeso y río Colorado-Estero Aucayes. El monitoreo en comento evidenció que no se registraron eventos de electrocución dentro del periodo reportado.
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47
Paralizar tronaduras ante superación de norma de referencia con el objeto de dar cumplimiento a la condición Nº 2 establecida en el Ordinario DGA Nº 602 de 2017.
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Se hace presente, tal como se informó en la minuta de verificación de la implementación de la acción N°46 (acompañada al segundo reporte de avance), los resultados de la campaña de monitoreo de vibraciones efectuada en abril de 2018, en el marco de la Etapa II del Programa de Monitoreo de Vibraciones del Túnel El Volcán, dan cuenta del cumplimiento de la norma de referencia americana, asegurando, por tanto, su íntegro cumplimiento. Durante el presente periodo a reportar, correspondiente a los meses de junio, julio y agosto de 2020, no se han registrado superaciones de la norma de referencia de vibraciones, así como tampoco se han verificado los presupuestos necesarios que generan la realización del monitoreo respectivo, de conformidad con lo dispuesto en el “Programa de Monitoreo por Tronaduras en Túnel El Volcán, etapa II”, toda vez que la excavación del túnel El Volcán se realiza mediante método TBM (“Tunnel Boring Machine”). De todas formas, en reporte de avance anterior se presentaron las conclusiones generales del monitoreo de vibraciones de la Etapa II efectuados para avance con TBM, dando cuenta del nulo potencial de daño de la excavación. Por lo tanto, se ha dado normal continuidad a las actividades de construcción del túnel El Volcán.
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48
Excavar mediante método constructivo del tipo TBM en la sección del túnel El Volcán bajo el Monumento Natural el Morado, con el objeto de dar cumplimiento a la condición Nº 3 establecida en el Ordinario DGA Nº 602 de 2017.
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Durante el presente periodo a reportar (junio, julio y agosto 2020), se ha avanzado en la construcción del Túnel El Volcán, desarrollándose la excavación en la sección bajo el Monumento Natural El Morado. Se reporta que el método de construcción de túnel se realiza mediante tipo TBM (Tunnel Boring Machine).
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50
Descarga de Riles y aguas servidas a los cauces en la temporada invernal en los términos definidos en la RCA N° 256/2009.
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Durante el presente periodo a reportar (junio, julio y agosto de 2020), se llevaron a cabo descargas desde las plantas de tratamiento de RILes y Aguas Servidas del Proyecto a cauces superficiales, toda vez que durante el trimestre se inició el periodo autorizado (temporada invernal) según RCA N°256/2009. De acuerdo a lo indicado en la forma de implementación de la acción N°50, por medio del sistema de monitoreo continuo implementado en las plantas de tratamiento operativas de RILes y Aguas Servidas del PHAM, se calculó el caudal medio semanal (L/s) descargado durante el periodo. Adicionalmente se acompañan al presente reporte los informes de actividades de construcción e impermeabilización de los túneles del PHAM realizadas durante el periodo.
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51
Implementar, mantener y reportar la información generada por un sistema de monitoreo continuo de pH, T°, CE y caudal en el afluente y efluente de los sistemas de tratamiento de RILes y Aguas Servidas con el objeto de verificar el correcto funcionamiento y volúmenes de agua tratados en dichos sistemas.
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En el presente periodo a reportar (junio, julio y agosto de 2020), se informan los datos consolidados de monitoreo continuo de la totalidad de las plantas de tratamiento de RILes operativas, esto es, aquellas plantas relacionadas a los portales L1, VL4, VL5, VL8, VA1, VA2, VA4, V1 y V5; y los datos de monitoreo continuo de las plantas de Aguas Servidas de los Campamentos Nº1 Volcán, Nº2 Yeso, N°3 Aucayes Alto y Nº 4 Aucayes Bajo. Además. se informa la implementación del monitoreo continuo en la nueva Planta de Tratamiento de RILes de L1, que reemplaza a la anterior, así como cambió de ubicación. Respecto de los monitoreos semanales para el periodo a partir del 7 de septiembre de 2020: Con fecha 5 de octubre de 2020 se carga en SPDC el Reporte correspondiente al Sistema de Monitoreo Continuo de los sectores L1, VL4, VL5, VL8, VA1, VA2, VA4, V1, V5, y los Campamentos N°1, N°2, N°3 y N°4, para la semana del 21 al 27 de septiembre de 2020. Con fecha 28 de septiembre de 2020 se carga en SPDC el Reporte correspondiente al Sistema de Monitoreo Continuo de los sectores L1, VL4, VL5, VL8, VA1, VA2, VA4, V1, V5, y los Campamentos N°1, N°2, N°3 y N°4, para la semana del 14 al 20 de septiembre de 2020. Con fecha 22 de septiembre de 2020 se carga en SPDC el Reporte correspondiente al Sistema de Monitoreo Continuo de los sectores L1, VL4, VL5, VL8, VA1, VA2, VA4, V1, V5, y los Campamentos N°1, N°2, N°3 y N°4, para la semana del 7 al 13 de septiembre de 2020. Respecto de los monitoreos semanales para el periodo entre el 3 de agosto y el 6 de septiembre de 2020: Con fecha 22 de septiembre de 2020 se cargan en SPDC reportes semanales en sección de Reporte de Avance N°10 para periodo indicado . Estos reportes no pudieron ser cargados previamente, declarándose los impedimentos asociados a la imposibilidad de carga en SPDC y dando los avisos correspondientes.
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52
Actualizar y ejecutar procedimiento preventivo y correctivo de control de afloramiento “Procedimiento SAM-PR-21.”, conforme a los criterios definidos en el anexo 45 del Estudio de Impacto Ambiental.
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Durante el presente periodo a reportar, correspondiente a los meses de junio, julio y agosto de 2020, la ejecución de la presente acción se realizó en base al “Procedimiento de Cementación de pre y post excavación PMG-PCD-002”, el que se aplica actualmente en el PHAM. En consecuencia, a través de los registros de ejecución de las acciones de control de afloramientos, se da cuenta de la implementación de las medidas de grouting y, junto a lo anterior, también se reportan las actividades relacionadas a perforaciones exploratorias.
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53
Adaptación de las capacidades de las plantas de tratamiento de aguas que se generan al interior de los túneles, en base a las proyecciones geológicas que se han realizado a la fecha y al progreso de la construcción.
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Durante el presente periodo a reportar (junio, julio y agosto de 2020), se da cuenta de la continuación de los trabajos de construcción en las nuevas plantas de tratamiento de aguas de afloramiento, asociadas a los frentes de trabajo V1 y V5. Se hace presente que durante el mes de agosto de 2020, se dio inicio a los trabajos asociados a la construcción de las obras de descarga del túnel Las Lajas, motivo por el cual se debió cambiar de la ubicación de la planta de tratamiento de Riles del frente de trabajo de L1 puesto que se ubicaba en el sector donde se debe realizar dicha obra. Por lo anterior, se procedió al desmantelamiento de la planta existente de 25 l/s e instalación en otro sector del mismo frente de trabajo de una nueva planta de tratamiento de 5 l/s, la cual mantiene el mismo punto de descarga y está operando en circuito cerrado.
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54
Implementación del procedimiento “Manejo de contingencia por superación de capacidad del sistema de tratamiento de aguas de afloramiento”.
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Durante el presente periodo a reportar (junio, julio y agosto de 2020), no se produjeron eventos de contingencia en conformidad a lo establecido en el procedimiento ENV-PCD-013, no siendo necesaria la implementación de las medidas de manejo contempladas para dicho efecto.
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55
Realizar programa de monitoreo mensual del efluente de las Plantas de Tratamiento de Aguas de afloramiento para verificar cumplimiento del DS 90/2000 MINSEGPRES.
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Durante el presente periodo a reportar, correspondientes a los meses de junio, julio y agosto de 2020, se llevaron a cabo monitoreos mensuales al efluente de la totalidad de las Plantas de Tratamiento de aguas de Afloramiento (PTDA) operativas del proyecto, conforme a lo indicado en el DS 90/2000 MINSEGPRES. Durante los monitoreos del presente reporte se detectaron excedencias puntuales, realizándose los remuestreos correspondientes, con resultados que se ajustan a los límites máximos establecidos en la norma de emisión.
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56
Realizar monitoreo del afluente de las Plantas de Tratamiento de aguas de afloramiento del Proyecto para caracterizar la calidad del mismo.
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Durante el presente periodo a reportar, correspondiente a los meses de junio, julio y agosto de 2020, se realizaron los monitoreos mensuales al afluente de todas las Plantas de Tratamiento de Aguas de Afloramiento (PTDA) operativas del proyecto. Dichas actividades fueron realizadas por el laboratorio autorizado AGQ Labs, quienes generan los certificados de monitoreo y análisis para cada planta de tratamiento de forma mensual.
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58
Monitoreo y reporte de los niveles freáticos en la sección 9 del acuífero del sector Las Lajas y de los piezómetros que el PHAM tiene instalado hasta la fecha.
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De acuerdo con lo comprometido, durante el presente periodo a reportar (junio a agosto de 2020), se efectuó una nueva campaña de medición trimestral de los niveles freáticos, asociados a los 7 piezómetros disponibles en el PHAM.
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60
Obtención de una Resolución de Calificación Ambiental Favorable en el Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental del instrumento de evaluación descrito en la acción N° 59, o dictación de la resolución final del proceso de revisión de la RCA N°256/2009.
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La presente Acción N° 60 considera como uno de sus indicadores de cumplimiento la dictación de la resolución final del procedimiento de revisión de la RCA Nº 256/2009, de conformidad con lo dispuesto en la Resolución Exenta N° 33/ROL D-001-2017, de fecha 26 de marzo de 2019, emitida por la SMA y que incorpora complementos al PdC. Dado que, al 9 de octubre del 2019, aún no se contaba con la resolución final del proceso de revisión de la RCA N°256/2009, mediante Carta AM 147/2019, se activó el impedimento de la acción N°60 y se solicitó la ampliación del plazo de ejecución de esta acción. Con fecha 27 de julio de 2020 mediante RES. EX. Nº 37 de 2020, la SMA otorgó una nueva ampliación de plazo de 4 meses, contado desde su notificación, que se verificó el 3 de agosto de 2020. Los cambios asociados fueron incorporados en SPDC, a lo cual la SMA validó una nueva versión el 21 de septiembre de 2020. Actualmente el procedimiento de revisión de la RCA N°256/2009 ante el SEA RM sigue en curso, sin emitir dicho organismo, a la fecha, una resolución final sobre el procedimiento de revisión. En este contexto, la última actualización del procedimiento muestra el Ord. Nº1226 del 25 de septiembre de 2020 por parte del SEA RM, que solicita antecedentes al proyecto en base a anterior entrega por parte del PHAM, el día 04 de agosto mediante carta AM 2020/056.
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61
Mantener registro de los flujómetros instalados a la salida de los túneles para verificar que caudales no superen las capacidades de tratamiento de los sistemas de Riles y Aguas de Afloramiento.
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Durante el presente periodo de reporte, correspondiente a los meses de junio, julio y agosto de 2020, se han monitoreado los caudales que ingresan hacia los sistemas de tratamiento de Riles y aguas de afloramiento del PHAM. Los caudales medios semanales que ingresan a los sistemas, en comparación con las capacidades de tratamiento de las plantas de Riles y aguas de afloramiento, permite concluir que dichas capacidades no han sido superadas en el periodo a reportar.
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64
Cargar el Programa de Cumplimiento al sistema digital de la Superintendencia e informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, los reportes y medios de verificación que acrediten la ejecución de las acciones comprometidas en el presente PdC a través de los sistemas digitales que la SMA disponga al efecto para implementar el SPDC.
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Con fecha 06 de julio de 2020 y dentro del plazo establecido, se cargó el Reporte de Avance N° 9 del PHAM al sistema SPDC de la SMA. Es debido indicar que dado que para ese entonces existían resoluciones pendientes por parte de autoridad asociadas a las solicitudes de extensión de plazo por la verificación de los impedimentos de las acciones N°30 y N°60, por lo que no se había actualizado el plazo en el SPDC. En base a directrices por parte de ayudapdc se indicó que la carga se hiciera en el Reporte Final de SPDC, sin enviar. Cabe señalar que en dicho proceso de carga hubo limitantes técnicas asociadas al tamaño de los archivos que impidieron realizar la carga de los medios de verificación de las acciones Nº 50, 51, 52 y 61. La situación descrita anteriormente, fue oportunamente informada a la autoridad como impedimento de la acción Nº 64, activándose, por tanto, la ejecución de la acción alternativa Nº 66. Adicionalmente, los días 17, 24 y 31 de agosto de 2020, y 7 de septiembre de 2020 correspondía cargar en el SPDC el Reporte de Monitoreo continuo para las semanas dentro del periodo del 3 al 30 de agosto de 2020, asociados a la ejecución de la Acción 51 del PdC. Mediante correo electrónico de ayudapdc del 25 de mayo de 2020 se indicó que la carga del Reporte se hiciera en la sección del Reporte Final. Los días 17, 24 y 31 de agosto de 2020, y 7 de septiembre de 2020 al ingresar a SPDC, no se encontró disponible la opción para poder cargar. En consecuencia, al no haber otra opción para cargar el Reporte de Monitoreo Continuo en el SPDC, se activó el presente impedimento. Esta situación fue solucionada posteriormente con el otorgamiento de la ampliación de plazo de las acciones N°30 y 60, el 27 de julio de 2020 mediante la RES. EX. Nº 37 de 2020 de SMA, y validación de posteriores modificaciones en SPDC el 21 de septiembre de 2020 que generaron nuevos Reportes de Avance para continuar con la reportabilidad del PdC.
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66
Entrega de los reportes y medios de verificación a través de la oficina de partes de la Superintendencia del Medio Ambiente.
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Con fecha 06 de julio de 2020, se realizó la carga al sistema digital del SPDC del reporte de avance N° 9 del PdC, de acuerdo con lo comprometido en la Acción N° 64. Cabe señalar que en dicho proceso de carga hubo limitantes técnicas, asociadas al tamaño de los archivos, que impidieron realizar la carga de los medios de verificación correspondientes a las acciones Nº 50, 51, 52 y 61. La situación descrita anteriormente, fue oportunamente informada a la autoridad como impedimento de la Acción Nº 64 activándose, por tanto, la ejecución de la presente acción alternativa Nº 66. En consecuencia, el día 13 de julio de 2020, se entregó por medio de correo electrónico de la Oficina de Partes de la SMA los medios de verificación que no se pudieron cargar en el SPDC, tal como consta en la carta AM 2020/138. Por otro lado, los días 17, 24 y 31 de agosto de 2020, y 7 de septiembre de 2020 correspondía cargar en el SPDC el Reporte de Monitoreo continuo para las semanas dentro del periodo del 3 al 30 de agosto de 2020, asociados a la ejecución de la Acción 51 del PdC. Mediante correo electrónico de ayudapdc del 25 de mayo de 2020 se indicó que la carga del Reporte se hiciera en la sección del Reporte Final. Los días 17, 24 y 31 de agosto de 2020, y 7 de septiembre de 2020 al ingresar a SPDC, no se encontró disponible la opción para poder cargar. En consecuencia, al no haber otra opción para cargar el Reporte de Monitoreo Continuo en el SPDC, se activó el presente impedimento. Esta situación fue solucionada posteriormente con el otorgamiento de la ampliación del plazo de ejecución de las acciones N°30 y 60, el 27 de julio de 2020 mediante la RES. EX. Nº 37 de 2020 de la SMA, y validación de posteriores modificaciones en SPDC el 21 de septiembre de 2020 que generaron nuevos Reportes de Avance para continuar con la reportabilidad del PdC. Con lo anterior, y en conformidad a la Acción N°66 del PdC, se enviaron documentos con Enlace para descarga de Reportes de Monitoreo Continuo correspondientes, cumpliendo con el plazo establecido de 5 días hábiles contados a partir de la verificación de los problemas técnicos descritos.
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67
Reingreso al sistema de evaluación de impacto ambiental de las modificaciones al manejo, control, tratamiento y descarga de las aguas afloradas que surgen durante la construcción de los túneles del PHAM, para obtención de RCA favorable.
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No corresponde reportar en este Reporte de Avance.
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Reportes del PdC 13

Tipo de reporte: Avance
Fecha de envío: 06-10-2020
Comprobante de envío: Descargar
Medios de verificación: Descargar
#
Estado
Fecha envío
Detalle
1
Enviado
06-07-2018
2
Enviado
06-07-2018
3
Enviado Fuera de Plazo
07-11-2018
4
Enviado
04-01-2019
5
Enviado
04-02-2019
6
Enviado
05-04-2019
7
Enviado
05-07-2019
8
Enviado
04-10-2019
9
Enviado
03-01-2020
10
Enviado
06-04-2020
11
Enviado
06-10-2020
— actual
12
Enviado Fuera de Plazo
07-10-2020
13
Enviado
06-01-2021

Sancionatorios asociados 1

Rol
Fecha formulación de cargo
Estado
Detalle
D-001-2017
20-01-2017
Terminado - PDC Satisfactorio
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