Reporte de programa de cumplimiento
Reporte final — PdC F-027-2021 · LOURDES S.A. - ISLA DE MAIPO
Expediente: F-027-2021 →
Fecha resolución: 09-05-2023
Fecha término: 10-04-2024
Estado PdC: Finalizado
Frecuencia reporte: Trimestral
Tipo PdC: Guía PdC 2018
Unidad fiscalizable: LOURDES S.A. - ISLA DE MAIPO
Comuna / Región: Isla de Maipo — Región Metropolitana
Acciones 25
N° Hecho
N° Acción
Implementación comprometida
Cumplimiento
8
Reemplazo de toda la pandereta actual, por un cerco de ladrillos, recubierto por vegetación.
Ver detalle →Se complementa el Reporte Inicial presentado respecto de la Acción N°8, con verificadores que se encontraban pendientes respecto a los costos incurridos en la ejecución de la acción. De esta manera, se acompañan al presente reporte las facturas que dan cuenta de los gastos incurridos a propósito de la vegetación utilizada para recubrir el muro (Hedera Helix) y aquella plantada en bins (especies de Quillay). Los costos asociados a la plantación de estas especies vegetales ascienden a $2.398.088, como se acredita en las facturas acompañadas al presente reporte. Si a estos se suman los costos asociados a la construcción del muro perimetral, ascendentes a $87.801.587, se tiene que los costos totales asociados a la ejecución de la presente acción ascienden a $90.199.675.
Ver detalle →9
Mejorar la Planta de Tratamiento de Riles, mediante la implementación y operación de un sistema de vermifiltros (biofiltros) como un pretratamiento de los RILes generados por las instalaciones de Empresas Lourdes S.A.
Ver detalle →Acción reportada oportunamente con todos sus medios de verificación en Reporte Final, remitido con fecha 10 de abril de 2024. El presente se reporte se genera únicamente con el objeto de complementar los verificadores relativos a las acciones N°16, 17, 20, 21, 23, 24, 27, 29, 30, 32 y 33, con documentos que se encontraban pendientes a la fecha del Reporte Final.
Ver detalle →10
Elaborar e implementar un instructivo de limpieza y desinfección de cubas de fermentación en las instalaciones de Empresas Lourdes S.A.
Ver detalle →Acción reportada oportunamente con todos sus medios de verificación en Reporte Final, remitido con fecha 10 de abril de 2024. El presente se reporte se genera únicamente con el objeto de complementar los verificadores relativos a las acciones N°16, 17, 20, 21, 23, 24, 27, 29, 30, 32 y 33, con antecedentes que se encontraban pendientes a la fecha del Reporte Final.
Ver detalle →11
Elaborar e implementar un procedimiento de control de las variables operacionales de la Planta de Tratamiento de RILes.
Ver detalle →Acción reportada oportunamente con todos sus medios de verificación en Reporte Final, remitido con fecha 10 de abril de 2024. El presente se reporte se genera únicamente con el objeto de complementar los verificadores relativos a las acciones N°16, 17, 20, 21, 23, 24, 27, 29, 30, 32 y 33, con antecedentes que se encontraban pendientes a la fecha del Reporte Final.
Ver detalle →12
Implementar un seguimiento diario del parámetro caudal en la cámara de registro de RILes tratados, y un monitoreo continuo de los parámetros pH, CE y Temperatura en la cámara de registro de RILes tratados y la cámara receptora de flujos naturales.
Ver detalle →Acción reportada oportunamente con todos sus medios de verificación en Reporte Final, remitido con fecha 10 de abril de 2024. El presente se reporte se genera únicamente con el objeto de complementar los verificadores relativos a las acciones N°16, 17, 20, 21, 23, 24, 27, 29, 30, 32 y 33, con antecedentes que se encontraban pendientes a la fecha del Reporte Final.
Ver detalle →13
Revisar, actualizar e implementar mejoras del Plan de Gestión de Olores de las instalaciones de Empresas Lourdes S.A.
Ver detalle →Acción reportada oportunamente con todos sus medios de verificación en Reporte Final, remitido con fecha 10 de abril de 2024. El presente se reporte se genera únicamente con el objeto de complementar los verificadores relativos a las acciones N°16, 17, 20, 21, 23, 24, 27, 29, 30, 32 y 33, con antecedentes que se encontraban pendientes a la fecha del Reporte Final.
Ver detalle →14
Elaborar e implementar un procedimiento de control del nivel de llenado de las cubas fermentadoras de variedades vinos tinto, para el período de vendimia.
Ver detalle →Acción reportada oportunamente con todos sus medios de verificación en Reporte Final, remitido con fecha 10 de abril de 2024. El presente se reporte se genera únicamente con el objeto de complementar los verificadores relativos a las acciones N°16, 17, 20, 21, 23, 24, 27, 29, 30, 32 y 33, con antecedentes que se encontraban pendientes a la fecha del Reporte Final.
Ver detalle →16
Elaborar e implementar un Protocolo de muestreo y reporte de calidad del efluente de la Planta de Tratamiento de RILes.
Ver detalle →En el Reporte Final, cargado oportunamente en el SPDC, se acompañaron los comprobantes de carga mensuales del reporte de los informes de monitoreo, realizados en la Planta de Tratamiento de Riles de Empresa Lourdes S.A. durante el período de febrero a marzo de 2024, haciendo presente que, de conformidad a lo indicado en la RPM N°3456/2009, en período de vendimia corresponde la realización de dos monitoreos en lugar de uno, los cuales fueron efectuados tanto en febrero como en marzo. Asimismo, se acompañaron los respectivos Informes de Análisis emitidos por los laboratorios ETFA del período entre febrero y marzo 2024, junto con el informe adicional efectuado en el mes de febrero, en conformidad con lo indicado en la Acción 27. Según fue señalado en el relato del Reporte Final, a dicha fecha, el laboratorio ETFA tenía pendiente el envío del informe de análisis correspondiente al monitoreo adicional del mes de marzo (que da cumplimiento a lo indicado en la acción N°27 del PDC), de tal manera que éste se acompaña en la presente ocasión. Adicionalmente, a partir de los resultados obtenidos en el mes de febrero, se efectuó un remuestreo del parámetro “Sólidos Suspendidos Totales”. El informe de laboratorio de dicho remuestreo también se encontraba pendiente de entrega a la fecha del reporte final, por lo que se acompaña en esta oportunidad, junto con el comprobante de carga del mismo en sistema RETC. De su revisión, puede apreciarse que el parámetro volvió a estar dentro del límite establecido, con lo cual se da también cumplimiento a la acción N°23 Respecto del reporte de los monitoreos adicionales que se ejecutan, en los sucesivos reportes de avance y final del PDC, se aclaró que luego de gestionar la habilitación del sistema RETC para el reporte de este monitoreo adicional, se indicó por parte de los encargados del sistema que el reporte de compromisos no indicados en el Programa de Monitoreo del Efluente debía efectuarse en la plataforma del Sistema de Seguimiento Ambiental. Por lo tanto, al igual que en reportes anteriores, se procedió de esa manera con el monitoreo adicional de marzo que se encontraba pendiente, cargándolo en el SSA. Para acreditar lo anterior, se acompaña el correspondiente comprobante de carga a esta presentación. Por último, con el objeto de consolidar toda la información, se acompaña a esta presentación el informe ejecutivo que da cuenta de la forma y oportunidad en que han sido monitoreados y reportados los autocontroles del Programa de Monitoreo, incorporando los datos de estos informes de laboratorio que se encontraban pendientes y que, por tanto, no habían sido incorporados en la versión presentada en el Reporte Final. Como se indicó en el Reporte Final, el retraso en la entrega de los informes de análisis es imputable al laboratorio contratado, lo cual se acreditó acompañando a dicho reporte copia del reclamo presentado por mi representada y copia de la respuesta emitida por el laboratorio, en la que asumen la responsabilidad por el retraso. Señalamos además que, apenas se recibieron correctamente los informes de análisis, estos fueron reportados en los sistemas antes indicados. Por último, se indica que, estos antecedentes fueron remitidos a la SMA el día 02 de mayo de 2024, mediante presentación ingresada por Oficina de Partes, al haberse ya presentado el Reporte Final. En dicha ocasión, se indicó por parte de la autoridad que igualmente se hiciera el ingreso de los antecedentes a través del SPDC, para garantizar la historia documental del Programa de Cumplimiento.
Ver detalle →17
Reportar los resultados de los autocontroles de calidad del efluente del Programa de Monitoreo en la forma y oportunidad establecida en la RPM Nº3456/2009.
Ver detalle →En el Reporte Final, cargado oportunamente en el SPDC, se acompañaron los comprobantes de carga mensuales del reporte de los informes de autocontrol, realizados en la Planta de Tratamiento de Riles de Empresa Lourdes S.A. durante el período de febrero a marzo de 2024, haciendo presente que, de conformidad a lo indicado en la RPM N°3456/2009, en período de vendimia corresponde la realización de dos monitoreos en lugar de uno, los cuales fueron efectuados tanto en febrero como en marzo. Asimismo, se acompañaron los respectivos Informes de Análisis emitidos por los laboratorios ETFA del período entre febrero y marzo 2024, junto con el informe adicional efectuado en el mes de febrero, en conformidad con lo indicado en la Acción 27. Según fue señalado en el relato del Reporte Final, a dicha fecha, el laboratorio ETFA tenía pendiente el envío del informe de análisis correspondiente al monitoreo adicional del mes de marzo (que da cumplimiento a lo indicado en la acción N°27 del PDC), de tal manera que éste se acompaña en la presente ocasión. Adicionalmente, a partir de los resultados obtenidos en el mes de febrero, se efectuó un remuestreo del parámetro “Sólidos Suspendidos Totales”. El informe de laboratorio de dicho remuestreo también se encontraba pendiente de entrega a la fecha del reporte final, por lo que se acompaña en esta oportunidad, junto con el comprobante de carga del mismo en sistema RETC. De su revisión, puede apreciarse que el parámetro volvió a estar dentro del límite establecido, con lo cual se da también cumplimiento a la acción N°23 Respecto del reporte de los monitoreos adicionales que se ejecutan, en los sucesivos reportes de avance y final del PDC, se aclaró que luego de gestionar la habilitación del sistema RETC para el reporte de este monitoreo adicional, se indicó por parte de los encargados del sistema que el reporte de compromisos no indicados en el Programa de Monitoreo del Efluente debía efectuarse en la plataforma del Sistema de Seguimiento Ambiental. Por lo tanto, al igual que en reportes anteriores, se procedió de esa manera con el monitoreo adicional de marzo que se encontraba pendiente, cargándolo en el SSA. Para acreditar lo anterior, se acompaña el correspondiente comprobante de carga a esta presentación. Por último, con el objeto de consolidar toda la información, se acompaña a esta presentación el informe ejecutivo que da cuenta de la forma y oportunidad en que han sido monitoreados y reportados los autocontroles del Programa de Monitoreo, incorporando los datos de estos informes de laboratorio que se encontraban pendientes y que, por tanto, no habían sido incorporados en la versión presentada en el Reporte Final. Como se indicó en el Reporte Final, el retraso en la entrega de los informes de análisis es imputable al laboratorio contratado, lo cual se acreditó acompañando a dicho reporte copia del reclamo presentado por mi representada y copia de la respuesta emitida por el laboratorio, en la que asumen la responsabilidad por el retraso. Señalamos además que, apenas se recibieron correctamente los informes de análisis, estos fueron reportados en los sistemas antes indicados. Por último, se indica que, estos antecedentes fueron remitidos a la SMA el día 02 de mayo de 2024, mediante presentación ingresada por Oficina de Partes, al haberse ya presentado el Reporte Final. En dicha ocasión, se indicó por parte de la autoridad que igualmente se hiciera el ingreso de los antecedentes a través del SPDC, para garantizar la historia documental del Programa de Cumplimiento.
Ver detalle →18
Capacitar al personal de Empresas Lourdes encargado del manejo del sistema de Tratamiento de Riles y del reporte del Programa de Monitoreo, respecto del Protocolo de muestreo y reporte de calidad del efluente de la Planta de Tratamiento de RILes.
Ver detalle →Acción reportada oportunamente con todos sus medios de verificación en Reporte Final, remitido con fecha 10 de abril de 2024. El presente se reporte se genera únicamente con el objeto de complementar los verificadores relativos a las acciones N°16, 17, 20, 21, 23, 24, 27, 29, 30, 32 y 33, con antecedentes que se encontraban pendientes a la fecha del Reporte Final.
Ver detalle →20
Elaborar e implementar un Protocolo de muestreo y reporte de calidad del efluente de la Planta de Tratamiento de RILes.
Ver detalle →En el Reporte Final, cargado oportunamente en el SPDC, se acompañaron los comprobantes de carga mensuales del reporte de los informes de monitoreo, realizados en la Planta de Tratamiento de Riles de Empresa Lourdes S.A. durante el período de febrero a marzo de 2024, haciendo presente que, de conformidad a lo indicado en la RPM N°3456/2009, en período de vendimia corresponde la realización de dos monitoreos en lugar de uno, los cuales fueron efectuados tanto en febrero como en marzo. Asimismo, se acompañaron los respectivos Informes de Análisis emitidos por los laboratorios ETFA del período entre febrero y marzo 2024, junto con el informe adicional efectuado en el mes de febrero, en conformidad con lo indicado en la Acción 27. Según fue señalado en el relato del Reporte Final, a dicha fecha, el laboratorio ETFA tenía pendiente el envío del informe de análisis correspondiente al monitoreo adicional del mes de marzo (que da cumplimiento a lo indicado en la acción N°27 del PDC), de tal manera que éste se acompaña en la presente ocasión. Adicionalmente, a partir de los resultados obtenidos en el mes de febrero, se efectuó un remuestreo del parámetro “Sólidos Suspendidos Totales”. El informe de laboratorio de dicho remuestreo también se encontraba pendiente de entrega a la fecha del reporte final, por lo que se acompaña en esta oportunidad, junto con el comprobante de carga del mismo en sistema RETC. De su revisión, puede apreciarse que el parámetro volvió a estar dentro del límite establecido, con lo cual se da también cumplimiento a la acción N°23 Respecto del reporte de los monitoreos adicionales que se ejecutan, en los sucesivos reportes de avance y final del PDC, se aclaró que luego de gestionar la habilitación del sistema RETC para el reporte de este monitoreo adicional, se indicó por parte de los encargados del sistema que el reporte de compromisos no indicados en el Programa de Monitoreo del Efluente debía efectuarse en la plataforma del Sistema de Seguimiento Ambiental. Por lo tanto, al igual que en reportes anteriores, se procedió de esa manera con el monitoreo adicional de marzo que se encontraba pendiente, cargándolo en el SSA. Para acreditar lo anterior, se acompaña el correspondiente comprobante de carga a esta presentación. Por último, con el objeto de consolidar toda la información, se acompaña a esta presentación el informe ejecutivo que da cuenta de la forma y oportunidad en que han sido monitoreados y reportados los autocontroles del Programa de Monitoreo, incorporando los datos de estos informes de laboratorio que se encontraban pendientes y que, por tanto, no habían sido incorporados en la versión presentada en el Reporte Final. Como se indicó en el Reporte Final, el retraso en la entrega de los informes de análisis es imputable al laboratorio contratado, lo cual se acreditó acompañando a dicho reporte copia del reclamo presentado por mi representada y copia de la respuesta emitida por el laboratorio, en la que asumen la responsabilidad por el retraso. Señalamos además que, apenas se recibieron correctamente los informes de análisis, estos fueron reportados en los sistemas antes indicados. Por último, se indica que, estos antecedentes fueron remitidos a la SMA el día 02 de mayo de 2024, mediante presentación ingresada por Oficina de Partes, al haberse ya presentado el Reporte Final. En dicha ocasión, se indicó por parte de la autoridad que igualmente se hiciera el ingreso de los antecedentes a través del SPDC, para garantizar la historia documental del Programa de Cumplimiento. .
Ver detalle →21
Reportar los resultados de los autocontroles de calidad del efluente del Programa de Monitoreo en la forma y oportunidad establecida en la RPM Nº3456/2009.
Ver detalle →En el Reporte Final, cargado oportunamente en el SPDC, se acompañaron los comprobantes de carga mensuales del reporte de los informes de autocontrol, realizados en la Planta de Tratamiento de Riles de Empresa Lourdes S.A. durante el período de febrero a marzo de 2024, haciendo presente que, de conformidad a lo indicado en la RPM N°3456/2009, en período de vendimia corresponde la realización de dos monitoreos en lugar de uno, los cuales fueron efectuados tanto en febrero como en marzo. Asimismo, se acompañaron los respectivos Informes de Análisis emitidos por los laboratorios ETFA del período entre febrero y marzo 2024, junto con el informe adicional efectuado en el mes de febrero, en conformidad con lo indicado en la Acción 27. Según fue señalado en el relato del Reporte Final, a dicha fecha, el laboratorio ETFA tenía pendiente el envío del informe de análisis correspondiente al monitoreo adicional del mes de marzo (que da cumplimiento a lo indicado en la acción N°27 del PDC), de tal manera que éste se acompaña en la presente ocasión. Adicionalmente, a partir de los resultados obtenidos en el mes de febrero, se efectuó un remuestreo del parámetro “Sólidos Suspendidos Totales”. El informe de laboratorio de dicho remuestreo también se encontraba pendiente de entrega a la fecha del reporte final, por lo que se acompaña en esta oportunidad, junto con el comprobante de carga del mismo en sistema RETC. De su revisión, puede apreciarse que el parámetro volvió a estar dentro del límite establecido, con lo cual se da también cumplimiento a la acción N°23 Respecto del reporte de los monitoreos adicionales que se ejecutan, en los sucesivos reportes de avance y final del PDC, se aclaró que luego de gestionar la habilitación del sistema RETC para el reporte de este monitoreo adicional, se indicó por parte de los encargados del sistema que el reporte de compromisos no indicados en el Programa de Monitoreo del Efluente debía efectuarse en la plataforma del Sistema de Seguimiento Ambiental. Por lo tanto, al igual que en reportes anteriores, se procedió de esa manera con el monitoreo adicional de marzo que se encontraba pendiente, cargándolo en el SSA. Para acreditar lo anterior, se acompaña el correspondiente comprobante de carga a esta presentación. Por último, con el objeto de consolidar toda la información, se acompaña a esta presentación el informe ejecutivo que da cuenta de la forma y oportunidad en que han sido monitoreados y reportados los autocontroles del Programa de Monitoreo, incorporando los datos de estos informes de laboratorio que se encontraban pendientes y que, por tanto, no habían sido incorporados en la versión presentada en el Reporte Final. Como se indicó en el Reporte Final, el retraso en la entrega de los informes de análisis es imputable al laboratorio contratado, lo cual se acreditó acompañando a dicho reporte copia del reclamo presentado por mi representada y copia de la respuesta emitida por el laboratorio, en la que asumen la responsabilidad por el retraso. Señalamos además que, apenas se recibieron correctamente los informes de análisis, estos fueron reportados en los sistemas antes indicados. Por último, se indica que, estos antecedentes fueron remitidos a la SMA el día 02 de mayo de 2024, mediante presentación ingresada por Oficina de Partes, al haberse ya presentado el Reporte Final. En dicha ocasión, se indicó por parte de la autoridad que igualmente se hiciera el ingreso de los antecedentes a través del SPDC, para garantizar la historia documental del Programa de Cumplimiento.
Ver detalle →22
Capacitar al personal de Empresas Lourdes encargado del manejo del sistema de Tratamiento de Riles y del reporte del Programa de Monitoreo, respecto del Protocolo de muestreo y reporte de calidad del efluente de la Planta de Tratamiento de RILes.
Ver detalle →Acción reportada oportunamente con todos sus medios de verificación en Reporte Final, remitido con fecha 10 de abril de 2024. El presente se reporte se genera únicamente con el objeto de complementar los verificadores relativos a las acciones N°16, 17, 20, 21, 23, 24, 27, 29, 30, 32 y 33, con antecedentes que se encontraban pendientes a la fecha del Reporte Final.
Ver detalle →23
No superar los límites máximos establecidos en el D.S. Nº90/2000 MINSEGPRES y el Programa de Monitoreo del Efluente establecido por la Res. Ex. N° 3456/2009.
Ver detalle →En el Reporte Final, cargado oportunamente en el SPDC, se acompañaron los comprobantes de carga mensuales del reporte de los informes de autocontrol, realizados en la Planta de Tratamiento de Riles de Empresa Lourdes S.A. durante el período de febrero a marzo de 2024, haciendo presente que, de conformidad a lo indicado en la RPM N°3456/2009, en período de vendimia corresponde la realización de dos monitoreos en lugar de uno, los cuales fueron efectuados tanto en febrero como en marzo. Asimismo, se acompañaron los respectivos Informes de Análisis emitidos por los laboratorios ETFA del período entre febrero y marzo 2024, junto con el informe adicional efectuado en el mes de febrero, en conformidad con lo indicado en la Acción 27. Según fue señalado en el relato del Reporte Final, a dicha fecha, el laboratorio ETFA tenía pendiente el envío del informe de análisis correspondiente al monitoreo adicional del mes de marzo (que da cumplimiento a lo indicado en la acción N°27 del PDC), de tal manera que éste se acompaña en la presente ocasión. Adicionalmente, a partir de los resultados obtenidos en el mes de febrero, se efectuó un remuestreo del parámetro “Sólidos Suspendidos Totales”. El informe de laboratorio de dicho remuestreo también se encontraba pendiente de entrega a la fecha del reporte final, por lo que se acompaña en esta oportunidad, junto con el comprobante de carga del mismo en sistema RETC. De su revisión, puede apreciarse que el parámetro volvió a estar dentro del límite establecido, con lo cual se da también cumplimiento a la acción N°23 Respecto del reporte de los monitoreos adicionales que se ejecutan, en los sucesivos reportes de avance y final del PDC, se aclaró que luego de gestionar la habilitación del sistema RETC para el reporte de este monitoreo adicional, se indicó por parte de los encargados del sistema que el reporte de compromisos no indicados en el Programa de Monitoreo del Efluente debía efectuarse en la plataforma del Sistema de Seguimiento Ambiental. Por lo tanto, al igual que en reportes anteriores, se procedió de esa manera con el monitoreo adicional de marzo que se encontraba pendiente, cargándolo en el SSA. Para acreditar lo anterior, se acompaña el correspondiente comprobante de carga a esta presentación. Por último, con el objeto de consolidar toda la información, se acompaña a esta presentación el informe ejecutivo que da cuenta de la forma y oportunidad en que han sido monitoreados y reportados los autocontroles del Programa de Monitoreo, incorporando los datos de estos informes de laboratorio que se encontraban pendientes y que, por tanto, no habían sido incorporados en la versión presentada en el Reporte Final. Como se indicó en el Reporte Final, el retraso en la entrega de los informes de análisis es imputable al laboratorio contratado, lo cual se acreditó acompañando a dicho reporte copia del reclamo presentado por mi representada y copia de la respuesta emitida por el laboratorio, en la que asumen la responsabilidad por el retraso. Señalamos además que, apenas se recibieron correctamente los informes de análisis, estos fueron reportados en los sistemas antes indicados. Por último, se indica que, estos antecedentes fueron remitidos a la SMA el día 02 de mayo de 2024, mediante presentación ingresada por Oficina de Partes, al haberse ya presentado el Reporte Final. En dicha ocasión, se indicó por parte de la autoridad que igualmente se hiciera el ingreso de los antecedentes a través del SPDC, para garantizar la historia documental del Programa de Cumplimiento.
Ver detalle →24
Elaborar e implementar un Protocolo de muestreo y reporte de calidad del efluente de la Planta de Tratamiento de RILes.
Ver detalle →En el Reporte Final, cargado oportunamente en el SPDC, se acompañaron los comprobantes de carga mensuales del reporte de los informes de monitoreo, realizados en la Planta de Tratamiento de Riles de Empresa Lourdes S.A. durante el período de febrero a marzo de 2024, haciendo presente que, de conformidad a lo indicado en la RPM N°3456/2009, en período de vendimia corresponde la realización de dos monitoreos en lugar de uno, los cuales fueron efectuados tanto en febrero como en marzo. Asimismo, se acompañaron los respectivos Informes de Análisis emitidos por los laboratorios ETFA del período entre febrero y marzo 2024, junto con el informe adicional efectuado en el mes de febrero, en conformidad con lo indicado en la Acción 27. Según fue señalado en el relato del Reporte Final, a dicha fecha, el laboratorio ETFA tenía pendiente el envío del informe de análisis correspondiente al monitoreo adicional del mes de marzo (que da cumplimiento a lo indicado en la acción N°27 del PDC), de tal manera que éste se acompaña en la presente ocasión. Adicionalmente, a partir de los resultados obtenidos en el mes de febrero, se efectuó un remuestreo del parámetro “Sólidos Suspendidos Totales”. El informe de laboratorio de dicho remuestreo también se encontraba pendiente de entrega a la fecha del reporte final, por lo que se acompaña en esta oportunidad, junto con el comprobante de carga del mismo en sistema RETC. De su revisión, puede apreciarse que el parámetro volvió a estar dentro del límite establecido, con lo cual se da también cumplimiento a la acción N°23 Respecto del reporte de los monitoreos adicionales que se ejecutan, en los sucesivos reportes de avance y final del PDC, se aclaró que luego de gestionar la habilitación del sistema RETC para el reporte de este monitoreo adicional, se indicó por parte de los encargados del sistema que el reporte de compromisos no indicados en el Programa de Monitoreo del Efluente debía efectuarse en la plataforma del Sistema de Seguimiento Ambiental. Por lo tanto, al igual que en reportes anteriores, se procedió de esa manera con el monitoreo adicional de marzo que se encontraba pendiente, cargándolo en el SSA. Para acreditar lo anterior, se acompaña el correspondiente comprobante de carga a esta presentación. Por último, con el objeto de consolidar toda la información, se acompaña a esta presentación el informe ejecutivo que da cuenta de la forma y oportunidad en que han sido monitoreados y reportados los autocontroles del Programa de Monitoreo, incorporando los datos de estos informes de laboratorio que se encontraban pendientes y que, por tanto, no habían sido incorporados en la versión presentada en el Reporte Final. Como se indicó en el Reporte Final, el retraso en la entrega de los informes de análisis es imputable al laboratorio contratado, lo cual se acreditó acompañando a dicho reporte copia del reclamo presentado por mi representada y copia de la respuesta emitida por el laboratorio, en la que asumen la responsabilidad por el retraso. Señalamos además que, apenas se recibieron correctamente los informes de análisis, estos fueron reportados en los sistemas antes indicados. Por último, se indica que, estos antecedentes fueron remitidos a la SMA el día 02 de mayo de 2024, mediante presentación ingresada por Oficina de Partes, al haberse ya presentado el Reporte Final. En dicha ocasión, se indicó por parte de la autoridad que igualmente se hiciera el ingreso de los antecedentes a través del SPDC, para garantizar la historia documental del Programa de Cumplimiento.
Ver detalle →25
Capacitar al personal de Empresas Lourdes encargado del manejo del sistema de Tratamiento de Riles y del reporte del Programa de Monitoreo, respecto del Protocolo de muestreo y reporte de calidad del efluente de la Planta de Tratamiento de RILes.
Ver detalle →Acción reportada oportunamente con todos sus medios de verificación en Reporte Final, remitido con fecha 10 de abril de 2024. El presente se reporte se genera únicamente con el objeto de complementar los verificadores relativos a las acciones N°16, 17, 20, 21, 23, 24, 27, 29, 30, 32 y 33, con antecedentes que se encontraban pendientes a la fecha del Reporte Final.
Ver detalle →26
Implementar un Programa de Mantención Preventiva de la Planta de Tratamiento RILes.
Ver detalle →Acción reportada oportunamente con todos sus medios de verificación en Reporte Final, remitido con fecha 10 de abril de 2024. El presente se reporte se genera únicamente con el objeto de complementar los verificadores relativos a las acciones N°16, 17, 20, 21, 23, 24, 27, 29, 30, 32 y 33, con antecedentes que se encontraban pendientes a la fecha del Reporte Final.
Ver detalle →27
Realizar un monitoreo mensual adicional de los parámetros superados indicados en Cargo N° 4.
Ver detalle →En el Reporte Final, cargado oportunamente en el SPDC, se acompañaron los comprobantes de carga mensuales del reporte de los informes de monitoreo, realizados en la Planta de Tratamiento de Riles de Empresa Lourdes S.A. durante el período de febrero a marzo de 2024, haciendo presente que, de conformidad a lo indicado en la RPM N°3456/2009, en período de vendimia corresponde la realización de dos monitoreos en lugar de uno, los cuales fueron efectuados tanto en febrero como en marzo. Asimismo, se acompañaron los respectivos Informes de Análisis emitidos por los laboratorios ETFA del período entre febrero y marzo 2024, junto con el informe adicional efectuado en el mes de febrero, en conformidad con lo indicado en la acción 27. Según fue señalado en el relato del Reporte Final, a dicha fecha, el laboratorio ETFA tenía pendiente el envío del informe de análisis correspondiente al monitoreo adicional del mes de marzo (que da cumplimiento a lo indicado en la acción N°27 del PDC), de tal manera que éste se acompaña en la presente ocasión. Respecto del reporte de los monitoreos adicionales que se ejecutan, en los sucesivos reportes de avance y final del PDC, se aclaró que luego de gestionar la habilitación del sistema RETC para el reporte de este monitoreo adicional, se indicó por parte de los encargados del sistema que el reporte de compromisos no indicados en el Programa de Monitoreo del Efluente debía efectuarse en la plataforma del Sistema de Seguimiento Ambiental. Por lo tanto, al igual que en reportes anteriores, se procedió de esa manera con el monitoreo adicional de marzo que se encontraba pendiente, cargándolo en el SSA. Para acreditar lo anterior, se acompaña el correspondiente comprobante de carga a esta presentación. Por último, con el objeto de consolidar toda la información, se acompaña a esta presentación el informe ejecutivo que da cuenta de la forma y oportunidad en que han sido monitoreados y reportados los autocontroles del Programa de Monitoreo, incorporando los datos de estos informes de laboratorio que se encontraban pendientes y que, por tanto, no habían sido incorporados en la versión presentada en el Reporte Final. Como se indicó en el Reporte Final, el retraso en la entrega de los informes de análisis es imputable al laboratorio contratado, lo cual se acreditó acompañando a dicho reporte copia del reclamo presentado por mi representada y copia de la respuesta emitida por el laboratorio, en la que asumen la responsabilidad por el retraso. Señalamos además que, apenas se recibieron correctamente los informes de análisis, estos fueron reportados en los sistemas antes indicados. Por último, se indica que, estos antecedentes fueron remitidos a la SMA el día 02 de mayo de 2024, mediante presentación ingresada por Oficina de Partes, al haberse ya presentado el Reporte Final. En dicha ocasión, se indicó por parte de la autoridad que igualmente se hiciera el ingreso de los antecedentes a través del SPDC, para garantizar la historia documental del Programa de Cumplimiento.
Ver detalle →29
Elaborar e implementar un Protocolo de muestreo y reporte de calidad del efluente de la Planta de Tratamiento de RILes.
Ver detalle →En el Reporte Final, cargado oportunamente en el SPDC, se acompañaron los comprobantes de carga mensuales del reporte de los informes de monitoreo, realizados en la Planta de Tratamiento de Riles de Empresa Lourdes S.A. durante el período de febrero a marzo de 2024, haciendo presente que, de conformidad a lo indicado en la RPM N°3456/2009, en período de vendimia corresponde la realización de dos monitoreos en lugar de uno, los cuales fueron efectuados tanto en febrero como en marzo. Asimismo, se acompañaron los respectivos Informes de Análisis emitidos por los laboratorios ETFA del período entre febrero y marzo 2024, junto con el informe adicional efectuado en el mes de febrero, en conformidad con lo indicado en la Acción 27. Según fue señalado en el relato del Reporte Final, a dicha fecha, el laboratorio ETFA tenía pendiente el envío del informe de análisis correspondiente al monitoreo adicional del mes de marzo (que da cumplimiento a lo indicado en la acción N°27 del PDC), de tal manera que éste se acompaña en la presente ocasión. Adicionalmente, a partir de los resultados obtenidos en el mes de febrero, se efectuó un remuestreo del parámetro “Sólidos Suspendidos Totales”. El informe de laboratorio de dicho remuestreo también se encontraba pendiente de entrega a la fecha del reporte final, por lo que se acompaña en esta oportunidad, junto con el comprobante de carga del mismo en sistema RETC. De su revisión, puede apreciarse que el parámetro volvió a estar dentro del límite establecido, con lo cual se da también cumplimiento a la acción N°23 Respecto del reporte de los monitoreos adicionales que se ejecutan, en los sucesivos reportes de avance y final del PDC, se aclaró que luego de gestionar la habilitación del sistema RETC para el reporte de este monitoreo adicional, se indicó por parte de los encargados del sistema que el reporte de compromisos no indicados en el Programa de Monitoreo del Efluente debía efectuarse en la plataforma del Sistema de Seguimiento Ambiental. Por lo tanto, al igual que en reportes anteriores, se procedió de esa manera con el monitoreo adicional de marzo que se encontraba pendiente, cargándolo en el SSA. Para acreditar lo anterior, se acompaña el correspondiente comprobante de carga a esta presentación. Por último, con el objeto de consolidar toda la información, se acompaña a esta presentación el informe ejecutivo que da cuenta de la forma y oportunidad en que han sido monitoreados y reportados los autocontroles del Programa de Monitoreo, incorporando los datos de estos informes de laboratorio que se encontraban pendientes y que, por tanto, no habían sido incorporados en la versión presentada en el Reporte Final. Como se indicó en el Reporte Final, el retraso en la entrega de los informes de análisis es imputable al laboratorio contratado, lo cual se acreditó acompañando a dicho reporte copia del reclamo presentado por mi representada y copia de la respuesta emitida por el laboratorio, en la que asumen la responsabilidad por el retraso. Señalamos además que, apenas se recibieron correctamente los informes de análisis, estos fueron reportados en los sistemas antes indicados. Por último, se indica que, estos antecedentes fueron remitidos a la SMA el día 02 de mayo de 2024, mediante presentación ingresada por Oficina de Partes, al haberse ya presentado el Reporte Final. En dicha ocasión, se indicó por parte de la autoridad que igualmente se hiciera el ingreso de los antecedentes a través del SPDC, para garantizar la historia documental del Programa de Cumplimiento.
Ver detalle →30
Reportar los resultados de los autocontroles de calidad del efluente del Programa de Monitoreo en la forma y oportunidad establecida en la RPM Nº3456/2009
Ver detalle →En el Reporte Final, cargado oportunamente en el SPDC, se acompañaron los comprobantes de carga mensuales del reporte de los informes de autocontrol, realizados en la Planta de Tratamiento de Riles de Empresa Lourdes S.A. durante el período de febrero a marzo de 2024, haciendo presente que, de conformidad a lo indicado en la RPM N°3456/2009, en período de vendimia corresponde la realización de dos monitoreos en lugar de uno, los cuales fueron efectuados tanto en febrero como en marzo. Asimismo, se acompañaron los respectivos Informes de Análisis emitidos por los laboratorios ETFA del período entre febrero y marzo 2024, junto con el informe adicional efectuado en el mes de febrero, en conformidad con lo indicado en la Acción 27. Según fue señalado en el relato del Reporte Final, a dicha fecha, el laboratorio ETFA tenía pendiente el envío del informe de análisis correspondiente al monitoreo adicional del mes de marzo (que da cumplimiento a lo indicado en la acción N°27 del PDC), de tal manera que éste se acompaña en la presente ocasión. Adicionalmente, a partir de los resultados obtenidos en el mes de febrero, se efectuó un remuestreo del parámetro “Sólidos Suspendidos Totales”. El informe de laboratorio de dicho remuestreo también se encontraba pendiente de entrega a la fecha del reporte final, por lo que se acompaña en esta oportunidad, junto con el comprobante de carga del mismo en sistema RETC. De su revisión, puede apreciarse que el parámetro volvió a estar dentro del límite establecido, con lo cual se da también cumplimiento a la acción N°23 Respecto del reporte de los monitoreos adicionales que se ejecutan, en los sucesivos reportes de avance y final del PDC, se aclaró que luego de gestionar la habilitación del sistema RETC para el reporte de este monitoreo adicional, se indicó por parte de los encargados del sistema que el reporte de compromisos no indicados en el Programa de Monitoreo del Efluente debía efectuarse en la plataforma del Sistema de Seguimiento Ambiental. Por lo tanto, al igual que en reportes anteriores, se procedió de esa manera con el monitoreo adicional de marzo que se encontraba pendiente, cargándolo en el SSA. Para acreditar lo anterior, se acompaña el correspondiente comprobante de carga a esta presentación. Por último, con el objeto de consolidar toda la información, se acompaña a esta presentación el informe ejecutivo que da cuenta de la forma y oportunidad en que han sido monitoreados y reportados los autocontroles del Programa de Monitoreo, incorporando los datos de estos informes de laboratorio que se encontraban pendientes y que, por tanto, no habían sido incorporados en la versión presentada en el Reporte Final. Como se indicó en el Reporte Final, el retraso en la entrega de los informes de análisis es imputable al laboratorio contratado, lo cual se acreditó acompañando a dicho reporte copia del reclamo presentado por mi representada y copia de la respuesta emitida por el laboratorio, en la que asumen la responsabilidad por el retraso. Señalamos además que, apenas se recibieron correctamente los informes de análisis, estos fueron reportados en los sistemas antes indicados. Por último, se indica que, estos antecedentes fueron remitidos a la SMA el día 02 de mayo de 2024, mediante presentación ingresada por Oficina de Partes, al haberse ya presentado el Reporte Final. En dicha ocasión, se indicó por parte de la autoridad que igualmente se hiciera el ingreso de los antecedentes a través del SPDC, para garantizar la historia documental del Programa de Cumplimiento.
Ver detalle →31
Capacitar al personal de Empresas Lourdes encargado del manejo del sistema de Tratamiento de Riles y del reporte del Programa de Monitoreo, respecto del Protocolo de muestreo y reporte de calidad del efluente de la Planta de Tratamiento de RILes.
Ver detalle →Acción reportada oportunamente con todos sus medios de verificación en Reporte Final, remitido con fecha 10 de abril de 2024. El presente se reporte se genera únicamente con el objeto de complementar los verificadores relativos a las acciones N°16, 17, 20, 21, 23, 24, 27, 29, 30, 32 y 33, con antecedentes que se encontraban pendientes a la fecha del Reporte Final.
Ver detalle →32
Elaborar e implementar un Protocolo de muestreo y reporte de calidad del efluente de la Planta de Tratamiento de RILes.
Ver detalle →En el Reporte Final, cargado oportunamente en el SPDC, se acompañaron los comprobantes de carga mensuales del reporte de los informes de monitoreo, realizados en la Planta de Tratamiento de Riles de Empresa Lourdes S.A. durante el período de febrero a marzo de 2024, haciendo presente que, de conformidad a lo indicado en la RPM N°3456/2009, en período de vendimia corresponde la realización de dos monitoreos en lugar de uno, los cuales fueron efectuados tanto en febrero como en marzo. Asimismo, se acompañaron los respectivos Informes de Análisis emitidos por los laboratorios ETFA del período entre febrero y marzo 2024, junto con el informe adicional efectuado en el mes de febrero, en conformidad con lo indicado en la Acción 27. Según fue señalado en el relato del Reporte Final, a dicha fecha, el laboratorio ETFA tenía pendiente el envío del informe de análisis correspondiente al monitoreo adicional del mes de marzo (que da cumplimiento a lo indicado en la acción N°27 del PDC), de tal manera que éste se acompaña en la presente ocasión. Adicionalmente, a partir de los resultados obtenidos en el mes de febrero, se efectuó un remuestreo del parámetro “Sólidos Suspendidos Totales”. El informe de laboratorio de dicho remuestreo también se encontraba pendiente de entrega a la fecha del reporte final, por lo que se acompaña en esta oportunidad, junto con el comprobante de carga del mismo en sistema RETC. De su revisión, puede apreciarse que el parámetro volvió a estar dentro del límite establecido, con lo cual se da también cumplimiento a la acción N°23 Respecto del reporte de los monitoreos adicionales que se ejecutan, en los sucesivos reportes de avance y final del PDC, se aclaró que luego de gestionar la habilitación del sistema RETC para el reporte de este monitoreo adicional, se indicó por parte de los encargados del sistema que el reporte de compromisos no indicados en el Programa de Monitoreo del Efluente debía efectuarse en la plataforma del Sistema de Seguimiento Ambiental. Por lo tanto, al igual que en reportes anteriores, se procedió de esa manera con el monitoreo adicional de marzo que se encontraba pendiente, cargándolo en el SSA. Para acreditar lo anterior, se acompaña el correspondiente comprobante de carga a esta presentación. Por último, con el objeto de consolidar toda la información, se acompaña a esta presentación el informe ejecutivo que da cuenta de la forma y oportunidad en que han sido monitoreados y reportados los autocontroles del Programa de Monitoreo, incorporando los datos de estos informes de laboratorio que se encontraban pendientes y que, por tanto, no habían sido incorporados en la versión presentada en el Reporte Final. Como se indicó en el Reporte Final, el retraso en la entrega de los informes de análisis es imputable al laboratorio contratado, lo cual se acreditó acompañando a dicho reporte copia del reclamo presentado por mi representada y copia de la respuesta emitida por el laboratorio, en la que asumen la responsabilidad por el retraso. Señalamos además que, apenas se recibieron correctamente los informes de análisis, estos fueron reportados en los sistemas antes indicados. Por último, se indica que, estos antecedentes fueron remitidos a la SMA el día 02 de mayo de 2024, mediante presentación ingresada por Oficina de Partes, al haberse ya presentado el Reporte Final. En dicha ocasión, se indicó por parte de la autoridad que igualmente se hiciera el ingreso de los antecedentes a través del SPDC, para garantizar la historia documental del Programa de Cumplimiento.
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Reportar los resultados de los autocontroles de calidad del efluente del Programa de Monitoreo en la forma y oportunidad establecida en la RPM Nº3456/2009.
Ver detalle →En el Reporte Final, cargado oportunamente en el SPDC, se acompañaron los comprobantes de carga mensuales del reporte de los informes de autocontrol, realizados en la Planta de Tratamiento de Riles de Empresa Lourdes S.A. durante el período de febrero a marzo de 2024, haciendo presente que, de conformidad a lo indicado en la RPM N°3456/2009, en período de vendimia corresponde la realización de dos monitoreos en lugar de uno, los cuales fueron efectuados tanto en febrero como en marzo. Asimismo, se acompañaron los respectivos Informes de Análisis emitidos por los laboratorios ETFA del período entre febrero y marzo 2024, junto con el informe adicional efectuado en el mes de febrero, en conformidad con lo indicado en la Acción 27. Según fue señalado en el relato del Reporte Final, a dicha fecha, el laboratorio ETFA tenía pendiente el envío del informe de análisis correspondiente al monitoreo adicional del mes de marzo (que da cumplimiento a lo indicado en la acción N°27 del PDC), de tal manera que éste se acompaña en la presente ocasión. Adicionalmente, a partir de los resultados obtenidos en el mes de febrero, se efectuó un remuestreo del parámetro “Sólidos Suspendidos Totales”. El informe de laboratorio de dicho remuestreo también se encontraba pendiente de entrega a la fecha del reporte final, por lo que se acompaña en esta oportunidad, junto con el comprobante de carga del mismo en sistema RETC. De su revisión, puede apreciarse que el parámetro volvió a estar dentro del límite establecido, con lo cual se da también cumplimiento a la acción N°23 Respecto del reporte de los monitoreos adicionales que se ejecutan, en los sucesivos reportes de avance y final del PDC, se aclaró que luego de gestionar la habilitación del sistema RETC para el reporte de este monitoreo adicional, se indicó por parte de los encargados del sistema que el reporte de compromisos no indicados en el Programa de Monitoreo del Efluente debía efectuarse en la plataforma del Sistema de Seguimiento Ambiental. Por lo tanto, al igual que en reportes anteriores, se procedió de esa manera con el monitoreo adicional de marzo que se encontraba pendiente, cargándolo en el SSA. Para acreditar lo anterior, se acompaña el correspondiente comprobante de carga a esta presentación. Por último, con el objeto de consolidar toda la información, se acompaña a esta presentación el informe ejecutivo que da cuenta de la forma y oportunidad en que han sido monitoreados y reportados los autocontroles del Programa de Monitoreo, incorporando los datos de estos informes de laboratorio que se encontraban pendientes y que, por tanto, no habían sido incorporados en la versión presentada en el Reporte Final. Como se indicó en el Reporte Final, el retraso en la entrega de los informes de análisis es imputable al laboratorio contratado, lo cual se acreditó acompañando a dicho reporte copia del reclamo presentado por mi representada y copia de la respuesta emitida por el laboratorio, en la que asumen la responsabilidad por el retraso. Señalamos además que, apenas se recibieron correctamente los informes de análisis, estos fueron reportados en los sistemas antes indicados. Por último, se indica que, estos antecedentes fueron remitidos a la SMA el día 02 de mayo de 2024, mediante presentación ingresada por Oficina de Partes, al haberse ya presentado el Reporte Final. En dicha ocasión, se indicó por parte de la autoridad que igualmente se hiciera el ingreso de los antecedentes a través del SPDC, para garantizar la historia documental del Programa de Cumplimiento.
Ver detalle →34
Capacitar al personal de Empresas Lourdes encargado del manejo del sistema de Tratamiento de Riles y del reporte del Programa de Monitoreo, respecto del Protocolo de muestreo y reporte de calidad del efluente de la Planta de Tratamiento de RILes.
Ver detalle →Acción reportada oportunamente con todos sus medios de verificación en Reporte Final, remitido con fecha 10 de abril de 2024. El presente se reporte se genera únicamente con el objeto de complementar los verificadores relativos a las acciones N°16, 17, 20, 21, 23, 24, 27, 29, 30, 32 y 33, con antecedentes que se encontraban pendientes a la fecha del Reporte Final.
Ver detalle →36
Informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, los reportes y medios de verificación que acrediten la ejecución de las acciones comprendidas en el Programa de Cumplimiento a través de los sistemas digitales que la SMA disponga al efecto para implementar el SPDC, y de conformidad a lo establecido en la Resolución Exenta N°116/2018 de esta Superintendencia.
Ver detalle →Acción reportada oportunamente con todos sus medios de verificación en Reporte Final, remitido con fecha 10 de abril de 2024. El presente se reporte se genera únicamente con el objeto de complementar los verificadores relativos a las acciones N°16, 17, 20, 21, 23, 24, 27, 29, 30, 32 y 33, con antecedentes que se encontraban pendientes a la fecha del Reporte Final.
Ver detalle →Reportes del PdC 5
Sancionatorios asociados 1
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Fecha formulación de cargo
Estado
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