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Reporte de programa de cumplimiento

Reporte avance — PdC D-127-2019 · COMPLEJO TERMOELECTRICO VENTANAS

Expediente: D-127-2019 →
Fecha resolución: 24-12-2021
Fecha término: 12-04-2023
Estado PdC: En Curso
Frecuencia reporte: Trimestral
Tipo PdC: Guía PdC 2018
Comuna / Región: Puchuncaví — Región de Valparaíso

Acciones 9

N° Hecho
N° Acción
Implementación comprometida
Cumplimiento
1
Implementación de restricción operacional en el Sistema de Control Distribuido (DCS) de las Unidades 3 y 4 del CTV, que asegure que no se superarán los límites diarios de potencia bruta de generación autorizados, correspondientes respectivamente a 267 MW y 270 MW.
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Para efectos de dar cuenta de la implementación de la restricción operacional en el DCS de las Unidades 3 y 4 del CTV, se acompaña planilla que contiene el consolidado de los registros de potencia bruta diario y potencia bruta promedio diario de las unidades, del periodo comprendido entre el 20 de mayo de 2021 al 25 de septiembre de 20221, informados al Coordinador Eléctrico Nacional. De igual modo, se acompaña un informe del estado de implementación de la acción que presenta la actual interfaz de los respectivos DCS en donde se aprecia la vigencia del algoritmo en cuestión. Por tanto, en base al análisis de los antecedentes señalados, es posible verificar el cumplimiento de la actividad comprometida para el período evaluado, dentro del plazo y forma establecido en el PdC.
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3
Realización de capacitaciones al personal a cargo de la Sala de Control del CTV, con el objetivo principal de entregar el mensaje que las Unidades 3 y 4 no pueden exceder el límite diario de potencia bruta de generación autorizado de 267 MW y 270 MW, respectivamente, y adicionalmente sobre el contenido del procedimiento a que se refiere la acción 2 del PdC.
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La capacitación semestral al personal a cargo de la Sala de Control del CTV, se llevó a cabo durante el mes de junio de 2022, según se dio cuenta en el segundo reporte de avance del PdC. En tanto, dada su periodicidad semestral, no corresponde acompañar medio verificador alguno respecto del presente periodo. Por tanto, es posible verificar el cumplimiento de la actividad comprometida para el período evaluado, dentro del plazo y forma establecido en el PdC.
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6
Implementación de la actualización del PO, aprobada por la SEREMI del Medio Ambiente de la Región de Valparaíso mediante Resolución N° 13 de 23 de julio de 2020.
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Durante el periodo comprendido entre el 30 de junio y el 10 de agosto de 2022 se implementó la actualización del Plan Operacional (PO), aprobada por la SEREMI del Medio Ambiente de la Región de Valparaíso mediante Resolución Exenta N° 13, de 23 de julio de 20201, toda vez que se realizaron las reducciones de emisiones en conformidad a lo dispuesto en dicho instrumento. En tanto, a partir del 11 de agosto de 2022, se han implementado las acciones de la reciente actualización del PO, que fue aprobado por la SEREMI del Medio Ambiente de la Región de Valparaíso, mediante Resolución Exenta N° 20, de 11 de agosto de 2022, el que, entre otras acciones, considera íntegramente aquellas que contenía el PO aprobado mediante Resolución Exenta N° 13, de 23 de julio de 2020. Adicionalmente, se hace presente que, en relación a esta última actualización del PO, con fecha 19 de agosto de 2022, se dedujo un recurso de reposición para enmendar acciones incorporadas de oficio por la SEREMI del Medio Ambiente de la Región de Valparaíso, en la Resolución Exenta N° 20, de 11 de agosto de 2022, recurso que se encuentra actualmente en tramitación y pendiente de resolución. Ahora bien, considerando que el medio verificador que da cuenta de la implementación de la presente acción del PdC ya se encuentra en poder de esta Superintendencia2, al corresponder a la copia de los reportes efectuados en conformidad a lo dispuesto en la Resolución Exenta N° 589 de 30 de abril de 2019 de la SMA, a través del Servidor de Archivos SeaFile, y que el SPDC presenta limitaciones con la carga de archivos que superan el peso máximo de 20 MB, en esta oportunidad, se presentan los respectivos antecedentes mediante el siguiente link de acceso a una plataforma de Aes Andes S.A. Se hace presente, que para el acceso de esta Superintendencia se ha habilitado el link en comento a los siguientes correos electrónicos: [email protected], [email protected] y [email protected] De igual modo, en el link a dicha plataforma se han incorporado los antecedentes complementarios requeridos por esta Superintendencia como medios de verificación, de acuerdo a la corrección de oficio efectuada mediante la Resolución Exenta N° 10, de 24 de diciembre de 2021, correspondientes a: i) Registro de las bitácoras operacionales, incluyendo el encendido y apagado de caldera; ii) Registro, en formato Excel, de emisiones obtenidas de los CEMS de las unidades generadoras durante el periodo de determinación de condición base y también durante el periodo específico de implementación del PO, según consta en el estado UGE del informe trimestral entregado a la autoridad en cumplimiento del D.S. N° 13. iii) Informes de reducción de emisiones de SO2 y MP, con referencia a los archivos de respaldo que permitan verificar el cumplimiento de las acciones comprometidas en el Plan Operacional y las respectivas notas asociadas a eventuales excepciones. Se hace presente que cada vez que se aplica el PO, ello se reporta en el SeaFile, en particular en el archivo VENT-MA-P-09-F1 se referencian los datos de i) concentración, ii) generación, iii) posición damper bypass, iv) cal entrada al hidratador y v) flujo de lechada de cal, y se acompañan los documentos que sirven de respaldo. Por tanto, en base al análisis de los antecedentes señalados, es posible verificar el cumplimiento de la actividad comprometida para el período evaluado, dentro del plazo y forma establecido en el PdC.
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7
Realización de capacitaciones semestrales a los Jefes de Turno y Operadores de Sala de Control del CTV sobre el contenido del PO aprobado por la SEREMI del Medio Ambiente de la Región de Valparaíso mediante Resolución N° 13 de 23 de julio de 2020.
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En consideración a la periodicidad de la acción, su ejecución semestral será informada en el próximo reporte de avance, toda vez que en el segundo reporte de avance del PdC se dio cuenta de su ejecución durante el periodo comprendido entre enero y junio de 2022. Por tanto, es posible verificar el cumplimiento de la actividad comprometida para el período evaluado, dentro del plazo y forma establecido en el PdC.
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9
Incremento en la frecuencia de retiro de lodos desde la planta de tratamiento de Riles de las Unidades 1 y 2 del CTV.
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Dentro del periodo a informar, comprendido entre los meses de julio y septiembre de 2022, se incrementó la frecuencia de retiro de lodos desde la planta de tratamiento de Riles de las Unidades 1 y 2 del CTV, trasladando estos mensualmente al Depósito de Cenizas del Complejo Termoeléctrico Ventanas (El Pangue), autorizado por la Comisión de Evaluación de la Región de Valparaíso mediante Resolución Exenta N° 57, de 12 de abril de 2011. Para evidenciar el retiro mensual, se acompaña Informe Trimestral de Ejecución de la actividad, elaborado por el Departamento de Medio Ambiente del CTV, que incluye los registros generados en cumplimiento del procedimiento presentado en el Anexo 10 del PdC y los comprobantes de la Declaración Mensual de Residuos No Peligrosos del SINADER disponibles a la fecha. En tanto, las autorizaciones del transportista contratado y del Depósito El Pangue fueron acompañadas en los informes trimestrales de ejecución anteriormente reportados. Finalmente se acompañan también los estados de pago del periodo como comprobantes de los costos incurridos en las actividades de retiro de lodos. Por tanto, en base al análisis de los antecedentes señalados, es posible verificar el cumplimiento de la actividad comprometida para el período evaluado, dentro del plazo y forma establecido en el PdC.
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10
Incremento en la frecuencia de retiro de lodos desde la planta de tratamiento de Riles de la Unidad 3 del CTV.
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Dentro del periodo a informar, comprendido entre los meses de julio y septiembre de 2022, se incrementó la frecuencia de retiro de lodos desde la planta de tratamiento de Riles de la Unidad 3 del CTV, trasladando estos durante el mes de agosto de 2022 a la planta de tratamiento de Hidronor Chile S.A. ubicada en la comuna de Pudahuel, Región Metropolitana. Para evidenciar el retiro trimestral, se acompaña Informe Trimestral de Ejecución de la actividad, elaborado por el Departamento de Medio Ambiente del CTV, que incluye el registro generado en cumplimiento del procedimiento presentado en el Anexo 11 del PdC, las respectivas declaraciones SIDREP y guías de control y pesaje. Las autorizaciones de la planta de tratamiento de Hidronor y del transportista contratado fueron acompañadas en los anteriores reportes de avance del PdC. Finalmente se acompañan también los comprobantes de los costos incurridos en la actividad de retiro de lodos, correspondientes al Estado de Pago de Resitrans Ltda., por los servicios del periodo comprendido entre abril a diciembre de 2022, así como la respectiva solicitud de compra (SOLPED). Por tanto, en base al análisis de los antecedentes señalados, es posible verificar el cumplimiento de la actividad comprometida para el período evaluado, dentro del plazo y forma establecido en el PdC.
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11
Monitoreo sincrónico del agua de mar de la captación de las Unidades 1, 2, 3 y 4 del CTV, con el monitoreo de la descarga.
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Dentro del periodo a informar, comprendido entre los meses de julio y septiembre de 2022, AGQ Laboratorios ejecutó el monitoreo sincrónico del agua de mar en las aducciones y descargas del CTV, comprobando el cumplimiento de los límites máximos de Selenio y Molibdeno establecidos en el D.S. N° 90/2000. Para acreditar lo indicado, se acompañan los informes de análisis emitidos por la ETFA para dichos parámetros. De igual modo, se adjunta planilla resumen del periodo comprendido entre enero y septiembre de 2022, que incluye la mención a las fechas de los monitoreos y la ETFA que los realizó. Finalmente, se acompañan como comprobantes de los costos asociados a las actividades de monitoreo los respectivos estados de pago del periodo informado. Por tanto, en base al análisis de los antecedentes señalados, es posible verificar la ejecución de la actividad comprometida, para el período evaluado, en el PdC.
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15
Ejecución de medidas en el CTV para dar cumplimiento a los niveles máximos permisibles de presión sonora corregidos (Npc) establecidos en el D.S. N° 38/2011.
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Conforme al cronograma de ejecución de medidas presentado en el Anexo 15 del PdC, en esta oportunidad se acompañan los medios de verificación que dan cuenta, al 30 de septiembre de 2022, de la finalización de las Fases 1, 2, 3 y 4. Para dichos efectos, se acompaña un Informe de Avance de Ejecución de la acción, que incorpora información sobre las acciones ejecutadas, el suministro de materiales, el desarrollo de la ingeniería y fotografías fechadas y georreferenciadas. En tanto, el estado de pago N° 9 asociado a la Orden de Compra 4500599547 permite dar cuenta de los costos incurridos, en el marco del contrato suscrito con la empresa Innova Global SpA, que fue acompañado en el primer reporte de avance del PdC. De igual modo, se acompaña el Reporte de Medición, de septiembre de 2022, que muestra los resultados obtenidos de la medición de ruido realizada el día 29 de agosto de 2022 por la Entidad Técnica de Fiscalización Ambiental (ETFA) “FISAM Fiscalizaciones Ambientales SpA”. Cabe hacer presente que dicha medición comprueba la atenuación de ruido respecto de las fases 1 y 2 conforme lo dispone el Informe de “Mitigación por fases en Termoeléctrica Ventanas” acompañado en Anexo 15 del PdC. En tanto, en atención a que las Unidades 3 y 4 se encuentran fuera de servicio con motivo del requerimiento del Coordinador Eléctrico Nacional, las mediciones, para efectos de comprobar la atenuación de ruido de las Fases 3 y 4 se coordinarán cuando las unidades en cuestión estén disponibles. Por tanto, en base al análisis de los antecedentes señalados, es posible verificar el cumplimiento de la actividad comprometida para el período evaluado, dentro del plazo y forma establecido en el PdC.
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16
Informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, los reportes y medios de verificación que acrediten la ejecución de las acciones comprendidas en el Programa de Cumplimiento a través de los sistemas digitales que la SMA disponga al efecto para implementar el SPDC y de conformidad a lo establecido en la Resolución Exenta N°166/2018 de la Superintendencia.
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Con fecha 30 de junio de 2022 se procedió a cargar en el Sistema de Seguimiento de Programas de Cumplimiento (SPDC), que administra esta Superintendencia, el segundo reporte de avance del PdC. Lo anterior, según consta del comprobante del SPDC que se acompaña a esta presentación. Por tanto, en base al análisis del antecedente señalado, es posible verificar el cumplimiento de la actividad comprometida para el período evaluado, dentro del plazo y forma establecido en el PdC.
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Reportes del PdC 16

Tipo de reporte: Avance
Fecha de envío: 30-09-2022
Comprobante de envío: Descargar
Medios de verificación: Descargar
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Estado
Fecha envío
Detalle
1
Enviado
19-01-2022
2
Enviado
30-03-2022
3
Enviado
30-06-2022
4
Enviado
30-09-2022
— actual
5
Enviado
30-12-2022
6
Enviado
30-03-2023
7
Enviado
30-06-2023
8
Enviado
29-09-2023
9
Enviado
23-12-2023
10
Enviado
30-03-2024
11
Enviado
28-06-2024
12
Enviado
30-09-2024
13
Enviado
22-12-2024
14
Enviado
28-03-2025
15
Enviado
30-06-2025
16
Enviado
09-09-2025

Sancionatorios asociados 1

Rol
Fecha formulación de cargo
Estado
Detalle
D-127-2019
01-10-2019
Programa de Cumplimiento en ejecución
1 elementos seleccionados